La posibilidad de activar la herramienta de la disolución de la Asamblea Nacional o más conocida como ‘muerte cruzada’ causará efectos colaterales en sus atribuciones constitucionales, entre ellas, la posesión de las principales autoridades del Estado, como es la de los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) que fueron electos en los comicios del 5 de febrero pasado.

En la víspera, la Comisión de Fiscalización recibe las pruebas de cargo y descargo en el juicio político que enfrenta el presidente de la República Guillermo Lasso, quien se mantiene a la expectativa de que sumen 92 votos de los legisladores para ser censurado y destituido, por lo que no ha descartado usar la carta de la muerte cruzada.

La mesa legislativa ha receptado once pruebas y doce pedidos de comparecencias que presentaron los cuatro asambleístas interpelantes Viviana Veloz (UNES), Mireya Pazmiño (separada de Pachakutik), Pedro Zapata (PSC), Rodrigo Fajardo (separado de la ID) en este juicio político en el que acusan a Lasso de haber incurrido en el presunto delito de peculado en contratos suscritos entre Flopec y Amazonas Tankers Pool para el transporte de crudo.

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QUITO (03-04-2023).- La comisión de Fiscalización presidida por el asambleísta, Fernando Villavicencio (c), trata la solicitud de juicio político en contra del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso. El asambleísta de UNES, Roberto Cuero, interviene en una sesión. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: El Universo

El plazo para presentar las pruebas de cargo y descargo venció este domingo 16 de abril y luego se abrirá un nuevo plazo de diez días para la práctica de las pruebas, que incluiría comparecencias de actores convocados por las partes.

De acuerdo con los plazos establecidos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, este enjuiciamiento tomaría unos 45 días, por lo que a mediados de mayo podría resolverse el futuro de este trámite.

En medio de ese proceso, la Asamblea Nacional tranza la renovación de sus autoridades como presidente, los dos vicepresidentes y los integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y debe posesionar a los siete vocales del CPCCS elegidos en los recientes comicios nacionales.

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene previsto entregar las credenciales a las siete autoridades electas en una ceremonia que se realizará el próximo 24 de abril.

De forma paralela, la Ley del Consejo de Participación Ciudadana determina en su artículo 33 que una vez que el CNE proclamó los resultados de las elecciones, la Asamblea Nacional debe posesionar a los consejeros electos el 14 de mayo para que inicie su periodo 2023-2027.

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Ese día, deberían asumir sus cargos: Augusto Verduga, Alembert Vera, Andrés Fantoni, Mishelle Calvache, Nicole Bonifáz, Johanna Verdezoto y Yadira Saltos; y los suplentes: Juan Esteban Guarderas, Eduardo Franco Loor, Gonzalo Albán, Jazmín Enríquez, Vielka Párraga, Piedad Cuarán y Ángel Chela.

Ellos reemplazarán a los actuales consejeros Carlos Figueroa, Aland Molestina, Mónica Moreira, Olindo Nastacuaz, Gina Aguilar, Graciela Mora y Teddy Tama, suplentes de los suplentes, que se principalizaron debido a las continuas destituciones por juicios políticos o por decisión de la Corte Constitucional de quienes fueron los consejeros principales y sus suplentes elegidos para el periodo 2019-2023.

No obstante, este acto protocolario de posesión de las nuevas autoridades podría no efectuarse en el caso de que, el jefe del Gobierno Guillermo Lasso, active el instrumento de la disolución de la Asamblea Nacional, cuyo efecto es la convocatoria a elecciones anticipadas para elegir un nuevo binomio presidencial y asambleístas para lo que resta del periodo (hasta el 2025).

Esto implica que el Ejecutivo disolverá el pleno en funciones de 137 legisladores y el Consejo Nacional Electoral convocará a elecciones anticipadas que se realizarán en un plazo de 90 días, según el Código de la Democracia.

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Es decir, durante tres meses no habrá asambleístas y el jefe de Estado gobernará con decretos-ley de urgencia económica que serán revisados por la Corte Constitucional, hasta que se instale el nuevo Parlamento, según lo contempla el artículo 148 de la Constitución.

El presidente del Gobierno Guillermo Lasso debe exponer ante el pleno de la Asamblea Nacional el informe de rendición de cuentas anual cada 24 de mayo. Foto: Cortesía

La carta política en su artículo 118 otorga trece atribuciones a los miembros de la Legislatura, que en el caso de declararse una muerte cruzada provocará efectos colaterales en tres acciones inmediatas: no conocería el informe anual que debe presentar el presidente de la República el próximo 24 de mayo; no habrá fiscalización de los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social; y tampoco posesionará a las autoridades de los organismos de control del Estado, entre ellos a los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana que deben iniciar su periodo este 14 de mayo.

<b>Atribuciones de la Asamblea Nacional, según el artículo 120 de la Constitución</b>
1Posesionar al presidente y vicepresidente de la República proclamados electos por el Consejo Nacional Electoral. La posesión tendrá lugar el 24 de mayo del año de su elección.
2Declarar la incapacidad física o mental inhabilitante para ejercer el cargo de presidente de la República y resolver el cese de sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Constitución
3Elegir al vicepresidente, en caso de su falta definitiva, de una terna propuesta por el presidente de la República.
4Conocer los informes anuales que debe presentar el presidente de la República y pronunciarse al respecto
5Participar en el proceso de reforma constitucional
6Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio
7Crear, modificar o suprimir tributos mediante ley, sin menoscabo de las atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados
8Aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda
9Fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los otros órganos del poder público, y requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias
10Autorizar con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes, el enjuiciamiento penal del presidente o vicepresidente de la República, cuando la autoridad competente lo solicite fundadamente
11Posesionar a la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Superintendencias, y a los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
12Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución
13Conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia

Frente a una posible ausencia de legisladores ¿es posible que los siete consejeros actuales se prorroguen en sus cargos hasta que se instale la nueva Asamblea y posesione a los recién electos? La Constitución y la Ley del CPCCS no canalizan alternativas ante este escenario.

Para el constitucionalista André Benavides, el acto de la posesión permite que una autoridad electa asuma sus funciones, por lo que advierte que no existe norma alguna que especifique qué hacer ante este tipo de acontecimientos.

Pero también afectaría a otro tipo de atribuciones “como es resolver sobre los tratados internacionales que requieren de la aprobación y si no hay Asamblea, ¿quién aprueba ese tratado? ¿Ante quién el presidente de la República va a rendir su informe de labores? Son vacíos que hay en la Constitución y las leyes y en ese sentido creo que, de darse el caso, debería hacerse una absolución de consulta a la Procuraduría General del Estado o pedir una interpretación a la Corte Constitucional para que defina qué hacer cuando no hay Asamblea y no se pueden ejecutar actos como la posesión de autoridades”, opinó.

No obstante, Benavides considera que los actuales vocales del CPCCS no pueden permanecer prorrogados en sus cargos porque “ellos tienen un periodo fijo que se les acaba el 13 de mayo y deberían irse a su casa. Cuidado que este hecho se vaya a utilizar como una argucia para quedarse más tiempo del debido”, advierte.

El actual pleno del Consejo de Participación Ciudadana está compuesto por consejeros suplentes de los suplentes, que asumió funciones en enero del 2023. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Otro criterio tiene el jurista Daniel González, para quien es claro que hay una “nueva integración del cuerpo colegiado, con resultados de los comicios que fueron proclamados, por lo que el CNE les entregará las credenciales y con eso pueden posesionarse en sus cargos”.

Aunque, de llegarse a concretar su disolución, González consideró que quedará “un administrador temporal a quien le corresponderá realizar un acto administrativo que permita que los nuevos consejeros tomen posesión de sus cargos”.

“La Asamblea administrativamente sigue funcionando y, quien quede como administrador temporal sería quien asuma esa actuación. Los consejeros salientes no podrían quedarse prorrogados porque hay un pleno electo por voluntad popular. Por lo que, en el caso de una disolución, estaría la vía de un administrador para que cumpla esa función o en su defecto, la Corte Constitucional podría intervenir en cualquier circunstancia porque hay que recordar que el artículo 148 de la Constitución le otorga la potestad de revisar los actos que emita el Ejecutivo, lo que podría extenderse ante esta eventualidad”, acotó González.

La Asamblea Nacional está compuesta por 137 asambleístas electos para un periodo de cuatro años. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: El Universo

Además de la posesión de los consejeros del CPCCS, está en definición la designación del titular de la Superintendencia de Bancos.

Por el momento, al interior del Consejo de Participación Ciudadana hay informes jurídicos que recomiendan “ratificar” a Raúl González Carrión en ese cargo, pese a que su designación -realizada en julio del 2022- fue anulada en los tribunales de justicia en el trámite de una acción de protección y se dispuso la organización de un proceso con una nueva terna.

De ello se desprendió que, en diciembre del 2022, cuatro de los siete exconsejeros destituidos del CPCCS (Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira, Francisco Bravo e Ibeth Estupiñán) designaron a Roberto Romero von Buchwald de una terna enviada por Guillermo Lasso, pero la Asamblea Nacional se ha negado a posesionarlo.

Con la actual administración en el CPCCS están listos dos informes jurídicos internos que recomiendan “ratificar” a Raúl González, argumentando que el proceso de selección “precluyó” en julio del 2022 y que fue posesionado por el Parlamento el 11 de agosto del 2022; además, se evoca el principio de “independencia de funciones” para la toma de decisiones.

Una vez que se ponga en debate este criterio jurídico y suman cuatro votos de mayoría o por unanimidad, Raúl González podría volver a ese cargo, en el que se consumó el acto de posesión, aunque desde entonces, no ha asumido funciones.

Mientras tanto, en el CPCCS se ventilan tres concursos públicos que cuentan con tres comisiones ciudadanas que avanzan en ese propósito: para la designación de los titulares de la Defensoría Pública, de la Contraloría General del Estado y la renovación parcial del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Sobre otros procesos no se ha avanza en conformar las comisiones ciudadanas para la renovación parcial del Tribunal Contencioso Electoral (TCE); los nueve miembros de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria (Copisa); los 25 miembros de la sociedad civil de los cinco Consejos Nacionales para la Igualdad (CNI); el Comité Intersectorial Nacional de Desarrollo de Fronteras

Así también, la elección de los representantes de los afiliados y jubilados al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS) que en mayo del 2023 culmina el periodo de Marco Naranjo Chiriboga y Wilmer Cóndor Paucar.

Desde la publicación de la Ley de Protección de Datos en mayo de 2021 tampoco se ha procedido con el nombramiento del superintendente de Protección de Datos, que provendrá de una terna enviada por la Presidencia de la República. (I)