Pese a que la semana pasada un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) declaró improcedente un habeas corpus solicitado a favor del expresidente del Consejo de Judicatura (CJ) Wilman Terán, alegando una vulneración del derecho a la salud, él ahora pide dentro del caso Independencia Judicial que se posesione a un perito “psiconeurólogo independiente” para que le realice una evaluación neuropsicológica completa y se le haga una resonancia magnética cerebral que revise una atrofia hipocampal y un adelgazamiento cortical.
Alias Diablo, como se conoce a Terán en el expediente del caso Metástasis, se mantiene recluido cumpliendo tres sentencias de primera instancia por actos de corrupción en el sistema de justicia. El 9 de enero pasado, el extitular del CJ fue trasladado desde la Cárcel del Encuentro, en la provincia de Santa Elena, hasta la Cárcel 4, en Quito, para que ejerza directamente su defensa en el caso Independencia Judicial, en el que fue condenado por delito de obstrucción de la justicia a nueve años y cuatro meses de cárcel.
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Al no configurarse los presupuestos de procedencia de la acción de habeas corpus correctivo solicitado por el padre de Terán, los jueces Hipatia Ortiz, Milton Velásquez y Cristina Terán, de la CNJ, decidieron declarar improcedente el recurso que buscaba, entre otras cosas, el inmediato traslado a una casa de salud en Quito, que se dispongan medidas alternativas a la prisión preventiva y se establezca una reparación económica por los daños a él causados.
La decisión fue adoptada por los jueces nacionales una vez el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y el Ministerio de Salud Pública (MSP) justificaron que Terán “recibe las atenciones médicas y psicológicas necesarias acordes a su condición de salud”.
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Paralelamente en el caso Independencia Judicial también solicitó exámenes médicos y psicológicos, asegurando que el trato que se le ha dado en diferentes cárceles del país (Cárcel 4, cárcel de máxima seguridad La Roca, Cárcel del Encuentro) le ha generado “un daño progresivo, potencialmente irreversible, causado por acción y omisión del Estado”. Todas esas afectaciones que dice mantener Terán no le permitirían ejercer la autodefensa que mantienen en este y los restantes tres procesos penales que mantiene abiertos: Metástasis, Pantalla y Vidrio Libre.
El pedido hecho por Terán en esta causa para que se le realicen los exámenes individualizados fue trasladado a la Fiscalía para que se pronuncie, pero el solicitante cree que se debe ordenar de manera directa, pronta e independiente la evaluación bajo Protocolo de Estambul.
En su escrito, Wilman Terán habla de que el permanecer por más de quince días aislado e incomunicado ya ha causado afecciones graves permanentes, muchas irreversibles, y se volvería necesaria —señala— la realización de un examen neuropsicológico a fin de que establezcan la capacidad real de Wilman Terán para comparecer a la audiencia de apelación en el caso Independencia Judicial y ejercer una efectiva autodefensa.
Con esos análisis médicos, el expresidente del CJ busca que se determine si su atención es sostenida, selectiva, dividida y si su velocidad de procesamiento está apta para el ejercicio de su defensa; si la memoria inmediata, de trabajo, aprendizaje, evocación y reconocimiento está funcionando dentro de los estándares; o si las funciones ejecutivas de planificación, flexibilidad cognitiva, inhibición, toma de decisiones, control de impulsos están dentro de los estándares.
La Fiscalía asegura que ya existen informes del Ministerio de Salud Pública sobre la situación médica y psiquiátrica del procesado y pidió que sean puestos en conocimiento del tribunal de la causa para que resuelva lo que corresponda.
Debido al sometimiento a una intervención quirúrgica oftalmológica del procesado en el caso Independencia Judicial Carlos Alfredo G., se difirió la audiencia de apelación a la sentencia de primera instancia que recibieron nueve personas acusadas del delito de obstrucción de la justicia. La diligencia estaba definida para el viernes 16 de enero en la Corte Nacional.
Entre los sentenciados que apelarán la condena de primera instancia están Terán y la exvocal del CJ Maribel Barreno. Ambos fueron condenados, el 23 de diciembre de 2024, a una pena agravada de nueve años y cuatro meses como autores del delito investigado, al ser parte de una red que buscó evitar, mediante suspensiones y destituciones, que el entonces juez de la CNJ Walter Macías actuara legalmente dentro del caso penal por tráfico de influencia denominado Vocales.
En cambio, Carlos Alfredo G. y los también exfuncionarios del CJ Milton A., Jessica Ch., Liberton C., Carlos G., Olga V., Milton Herrera y Santiago Cifuentes fueron ubicados como cómplices, recibiendo los primeros seis una condena agravada de cuatro años y seis meses de privación de la libertad, mientras que Cifuentes, exasesor de Terán en el CJ, fue sentenciado a una pena reducida de 18 meses de prisión, debido a que se le tomó en cuenta la atenuante de haber entregado datos relevantes para la causa.
Pese a que en una primera instancia Santiago Cifuentes presentó la apelación a la pena reducida de un año y medio que le fue impuesta, el 12 de enero último, de forma voluntaria él desistió de continuar con la apelación. En el próximo llamado solo serán ocho los procesados convocados a audiencia de apelación ante los conjueces Juan Francisco Martínez —presidente del tribunal de apelación—, Katty Muñoz y Alejandro Sarango. (I)