Guillermo Lasso podría ser destituido en un viciado juicio político, con más perjuicio a la institucionalidad. Pero hay opciones transparentes para frustrar el siniestro plan.

El presidente debe continuar su defensa en el juicio iniciado –por no haber impedido un inverosímil peculado–, y pedir medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para evitar daños irreparables a sus derechos humanos, amparados en un Estado democrático. Otra opción: que un colectivo ciudadano haga igual pedido, pero alegando además que la destitución afectaría la decisión popular de haber elegido a Lasso.

Las iniciativas frenarían el desafuero de ciertos parlamentarios que olvidan que existe la repetición de indemnizaciones que pagare el Estado a las víctimas del eventual abuso.

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Bastaría reafirmar lo dicho por la CIDH en su pedido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2017), para que se pronuncie respecto de la duda sobre la legitimidad del juicio político contra un presidente democráticamente electo, destituido en medio de la vulneración del debido proceso.

La CIDH ha denunciado procesos políticos y destituciones de expresidentes, entre estos los de Manuel Zelaya (Honduras), Fernando Lugo (Paraguay) y Dilma Rousseff (Brasil), echados de sus cargos por el poder legislativo. Así estableció que esos procesos rompieron el orden constitucional, quebrantando al Estado de derecho y la Carta Democrática Interamericana. Respecto del juicio de Rousseff, por arbitrario, aseveró que repercutió en los derechos de la expresidenta y de la sociedad brasileña.

Es decir, en el pedido de la CIDH a la CorteIDH, están los elementos para amparar las medidas cautelares a favor del presidente Lasso.

La CIDH también ha sentado que los juicios políticos desprovistos del debido proceso afectan los derechos humanos...

De tal manera que si la Comisión consideró que las irregularidades del procesamiento de Rousseff (y de Zelaya y Lugo también), desnaturalizaron el juicio político y envuelven el riesgo de que sea utilizado arbitrariamente para encubrir un golpe parlamentario, no podría apreciar una situación distinta en el caso de Lasso.

La CIDH también ha sentado que los juicios políticos desprovistos del debido proceso afectan los derechos humanos en su dimensión colectiva e individual. Tal precariedad afecta la separación de poderes, por su uso arbitrario en detrimento del Poder Ejecutivo.

El presidente Lasso puede argüir asimismo que los instrumentos del Sistema Interamericano, leídos en contexto con la Carta Democrática Interamericana, protegen en un juicio político, tanto al presidente como a la sociedad en general, para un balance necesario del principio de separación de poderes. Un concepto arraigado en la CIDH.

La CIDH también le dijo a la CorteIDH que un juicio político con arbitrariedades condiciona la continuidad en el cargo de un presidente elegido democráticamente, a que mantenga una mayoría parlamentaria favorable o de que la oposición no logre aglutinar una mayoría calificada. Ello modifica las reglas del sistema democrático presidencial, “pues se habilitaría una suerte de golpe de Estado parlamentario”. (O)