Suspender la audiencia de habeas corpus correctivo solicitada por el exasambleísta Pablo Muentes, condenado en primera instancia en el caso Purga, hasta que el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) amplíe un informe de inteligencia sobre la seguridad del exlegislador en la Cárcel 4, de Quito, fue la decisión que tomaron la mañana de este jueves, 7 de agosto, los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que integran el tribunal que conoce la causa.

Para los magistrados nacionales Adrián Rojas (ponente), Rita Bravo y Pablo Loaiza, era “necesario e indispensable” solicitar al SNAI la ampliación del informe, pues es un insumo que consideran debe constar en el expediente de la garantía jurisdiccional planteada por la defensa de Muentes, el 5 de agosto último, ante el traslado de la denominada Cárcel 4, en Quito, hasta la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil.

QUITO (07-08-2025).- Audiencia para 'habeas corpus' de Pablo Muentes. Captura de Pantalla / EL UNIVERS0 Foto: Cortesía

Diego Chimbo, defensa de Muentes, aseguró haber interpuesto esta acción constitucional de habeas corpus correctivo ante el arbitrario traslado de Centro de Privación de la Libertad (CPL) del que fue objeto el pasado martes, 5 de agosto, su representado. Afirmó ante el tribunal que no conoce a fondo el fundamento para el traslado, pero que en términos generales se trataría de un cambio ante una supuesta alerta de amenaza contra la integridad de Muentes.

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El abogado Chimbo dijo que la medida adoptada por los funcionarios del SNAI violenta la decisión dada por el Tribunal de Juzgamiento del caso Purga, en el que no solo se habría definido una condena de trece años y cuatro meses de cárcel como líder de la organización investigada, sino que se dispuso que Pablo Muentes y otros procesados cumplan su pena en la Cárcel 4.

Además, en la negativa del traslado se incluyó el que el exlegislador no mantiene un perfil de peligrosidad y se lo lleva a una cárcel de máxima seguridad, como La Roca, lugar en el que en noviembre de 2024 ya se dio un atentado directo, del cual existe una denuncia y una investigación previa.

Gustavo Espín, abogado del SNAI, defendió el traslado asegurando que existió una alerta del área de inteligencia penitenciaria ante la posibilidad de que se atente contra la integridad física y psicológica de Muentes y también del aún asambleísta Santiago Díaz Asque, exintegrante del movimiento de la Revolución Ciudadana (RC) procesado por delito de violación.

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Para poder garantizar la seguridad de ambos, dijo, se decidió llevarlos el 5 de agosto pasado a La Roca, lugar que contaría con mayor vigilancia y controles de las Fuerzas Armadas.

La defensa de la instancia accionada cuestionó que los abogados de Pablo Muentes planteen una garantía jurisdiccional como el habeas corpus correctivo para buscar el traslado de cárcel de un privado de libertad. Explicó no solo que la misma norma prohíbe usar una garantía constitucional de este tipo para redireccionar una decisión administrativa, sino que también dijo que la propia ley define que, si se está en desacuerdo con un traslado, el supuesto afectado debe apelar la decisión ante jueces de garantías penitenciarias.

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Asambleísta Santiago Díaz, investigado por presunta violación, y Pablo Muentes, sentenciado en el caso Purga, fueron trasladados a La Roca.

El juez ponente, Adrián Rojas, luego de pedir la ampliación del informe al SNAI y suspender la diligencia hasta que el tribunal cuente con esa información, refirió que la norma le da a la sala hasta ocho días término para reinstalar la diligencia. Ante ello, adelantó a las partes que oportunamente notificará el día y la hora para continuar con la evacuación del habeas corpus correctivo solicitado.

El exlegislador socialcristiano Pablo Muentes hizo parte de la diligencia vía Zoom desde La Roca, en Guayaquil. (I)