En la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio el caso Pantalla, proceso penal en el que son investigados por el delito de asociación ilícita el expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, y la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas, Anabell de Jesús T. C., la fiscal general Diana Salazar aseguró que no existen vicios de nulidad que afecten al proceso y solicitó al conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Edison Cantos, que declare la validez procesal.

La intervención de la Fiscalía llegó luego de que Terán, quien realizó su propia defensa, habló por casi cinco horas el lunes, 28 de abril, para exponer más de una veintena de vicios relacionados a procedimiento y a competencia, y participó, la mañana de este martes,29 de abril, por menos de una hora la defensa de la exjueza que se encuentra prófuga de la justicia.

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Terán y Anabell T. C. son dos de las cinco personas que fueron acusadas por la Fiscalía de ejercer influencias en funcionarios jerárquicamente inferiores en el CJ con la finalidad de obtener información privilegiada para beneficiar a determinados concursantes, en varias fases del concurso público de selección y designación de jueces para la CNJ, iniciado en junio de 2023. La tres restantes procesados ya fueron sentenciados mediante procedimientos abreviados.

Salazar explicó la mañana de este martes,29 de abril, que una vez que se han desvirtuado cada uno de los vicios alegados por los procesados, corresponde al conjuez determinar si los vicios planteados en esta audiencia vulneran los principios del derecho procesal de trascendencia, especificidad o legalidad y la convalidación.Si se cumplen, mencionó, solamente ahí podrán ser motivos de una declaratoria de nulidad.

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“Ya hemos visto que no, que no se vulnera ninguno de los tres principios del derecho procesal. La Fiscalía considera que no se ha vulnerado el principio de trascendencia, por cuanto ninguna de las alegaciones efectuadas por las defensas técnicas de los procesados tienen incidencia en el proceso; que no se ha vulnerado el principio de especificidad o legalidad, en cuanto se ha observado y aplicado el ordenamiento penal al amparo de la Constitución y la Ley; y tampoco se ha vulnerado el principio de convalidación, por cuanto ninguna de las alegaciones ha logrado evidenciar incumplimientos procesados en la tramitación de la causa”, afirmó la fiscal general, quien partició de diligencia vía telemática.

La titular de la Fiscalía resaltó que no hacía falta extenderse por cinco horas en su fundamentación, pues cree que el conjuez tiene la claridad para desechar esta pretensión. Lo que le queda a ella como fiscal, anotó, es solicitar que se declare la validez procesal de todo lo actuado hasta por haber observado principios constitucionales y legales durante el desarrollo del procesamiento.

QUITO (25-02-2025).- David Guzmán (c), procesado, durante la audiencia de testimonios anticipados del caso Pantalla, en la Corte Nacional de Justicia. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

A su turno, los abogados de la Procuraduría General del Estado y el Consejo de la Judicatura, instancias que actúan como acusadores particulares, se sumaron a la posición de la Fiscalía, respecto a que no hay vicios a que afecten la validez procesal y que las alegaciones no tienen ni asidero ni sustento jurídico. Criticaron la abundante y desordenada exposición hecha por el extitular del CJ, quien es conocido con el alias de Diablo en el expediente del caso Metástasis, proceso en el que se le condenó a nueve años y cuatro meses de cárcel como colaborador de una “estructura criminal”.

Wilman Terán y la exjueza provincial son los únicos procesados en el caso Pantalla que llegan a la etapa de evaluación y preparatoria juicio, debido a que, mediante un procedimiento abreviado, ya fueron condenados a penas reducidas los exasesores de Teran en el CJ, Santiago Cifuentes y Milton Herrera, y el exdirector General de la Judicatura, David Guzmán.

Cifuentes, Herrera y Guzmán por el delito de asociación ilícita recibieron sentencias de seis meses de cárcel y al pago cada uno de una multa de $ 4.700 y una reparación económica dividida en dos rubros: $ 4.700 y $ 35.877.60.

En su exposición el procesado Terán sostuvo que no alegará cuestiones de procedibilidad, de prejudicialidad o de competencia, aunque respecto a este último punto resaltó que no ha existido imparcialidad del juzgador en las tres sentencias por procedimiento abreviado ya emitidas. Dijo que ha presentado también una demanda de recusación contra el conjuez Cantos que no ha sido tramitada y aún así se ha llegado a esta etapa del procesamiento.

Terán sostuvo que alegaría cuestiones de procedimiento, es decir, cuestiones que afectan a la validez del procedimiento. “Mi alegación es central a la violación plena del procedimiento desde el nacimiento del expediente. (...) Voy a entregar aportes para el conocimiento de la resolución sobre cuestiones que afectan a la validez del proceso. Por su incidencia en la decisión de la causa y por provocar indefensión”, refirió.

Luego de escuchar a las partes el conjuez dijo que necesitaba tiempo para analizar los argumentos y preparar una respuesta para cada uno de ellos. No adelantó la fecha en que se reinstalará la diligencia para dar su decisión oral de esta primera parte de la audiencia, anotando que lo hace no solo por eltiempoque le llevará analizar las extensas intervenciones y la abundante información expuesta, sino también porque se ha hablado de una recusación de la que, dijo, aún no conoce formalmente. (I)