Permitir la extradición de ecuatorianos con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el anexo 1, es la enmienda constitucional que busca consultar al país el presidente Daniel Noboa, mediante la pregunta 1, del casillero B, de la papeleta que se usará en los comicios del 21 de abril próximo.

En los considerandos de la pregunta aprobada por la Corte Constitucional (CC) se explica que la extradición es un mecanismo por el cual se impide que una persona evada la acción de la justicia por el hecho de abandonar el territorio del Estado donde los hechos delictivos ocurrieron o tienen sus efectos, haciendo efectivo el principio de responsabilidad de quien incurre en ilícitos y el de reparación integral de las víctimas.

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Los delitos políticos quedan fuera de la esfera de la extradición

Se aclara que el juicio de extradición es la garantía de las personas para no ser procesadas en el exterior por hechos que no constituyen infracción en el Ecuador o bien por delitos políticos, salvo por actos de terrorismo y delitos de lesa humanidad, o por consideraciones religiosas, raciales, políticas o de nacionalidad o de orientación sexual.

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El jurista Marcelo Dueñas dice estar plenamente de acuerdo con la pregunta planteada por el presidente de la República para reformar la Constitución en cuanto a la extradición. Cree que no hacerlo, como hasta este momento pasa, significa que el Estado ecuatoriano se convertiría en una especie de cómplice del ecuatoriano que ha incurrido en algún grave delito en el extranjero.

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“De acuerdo a la propuesta del presidente de la República, el pedido de extradición tiene que someterse a un análisis jurídico profundo y fundamentalmente tiene que analizarse que el país requirente primero no tenga la pena de muerte y que las penas no sean más graves que las penas establecidas en el Ecuador para ese tipo de delitos. Creo que se estaría sentando un importante precedente para que los ecuatorianos que cometen delitos en el extranjero o cometiendo delitos en otro país sea de tal trascendencia internacional que quede de ejemplo para que el resto de ecuatorianos por lo menos se midan, se cuiden en la comisión de esos delitos graves”, explica Dueñas.

Entre los considerandos de la pregunta planteada se refiere que el juicio de extradición es la garantía para que a las personas requeridas no se les aplique la pena de muerte y otras inhumanas, crueles o degradantes, y les sean respetados sus derechos del debido proceso. “Con esos fines, los convenios internacionales establecen las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos para solicitar y otorgar una extradición, sin que exista una prohibición general de extraditar nacionales, como lo permiten otros Estados”, se afirma en el documento.

QUITO.- La mañana de este domingo llegó al aeropuerto de Tababela un ciudadano que fue extraditado desde los Estados Unidos. En Ecuador es requerido por el presunto delito de violación. Foto: Cortesía Policía Nacional

La actual Constitución impide la extradición de ecuatorianos

En la actualidad, el artículo 79 de la Constitución impide la extradición de ecuatorianos, obligando a que el juzgamiento se realice en el Ecuador, con arreglo a las leyes ecuatorianas.

Se busca que se enmiende la Constitución aprobada en 2008 para que el artículo 79 diga: “La extradición se solicitará y se concederá de acuerdo con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en esta Constitución, los instrumentos internacionales de los que es parte el Ecuador y en lo no regulado en aquellos, por la Ley.

La extradición se concederá por los jueces establecidos en la Ley, a solicitud de autoridad competente, por delitos tipificados como tales por la legislación ecuatoriana y con la condición de no aplicarse la pena de muerte y otras inhumanas, crueles o degradantes. No se concederá la extradición por delitos políticos y conexos, con la exclusión del terrorismo, los delitos contra la humanidad y otros establecidos en los convenios internacionales”.

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El penalista Carlos Soria califica de innecesaria la pregunta, porque piensa que esta no va a hacer que se cambie la forma en la que se trata al derecho penal en el Ecuador. Según el jurista, lo que se está haciendo con la pregunta es tratar de endilgar la responsabilidad a alguien más y, desde su perspectiva, lamentablemente las cosas no funcionan así.

“No es que con la extradición, si se aprobara esta pregunta, se van a acabar los problemas de delincuencia organizada que tenemos aquí. La extradición puede ser únicamente una herramienta, mas no es la solución, porque la solución la tiene que entregar el mismo Estado ecuatoriano bajo sus propias reglas y leyes. Tampoco es un problema de legalidad, es decir, no es que faltan leyes para que se puedan perseguir los delitos que nos aquejan. Es simplemente la voluntad política de la Función Judicial, el Consejo de la Judicatura y la voluntad jurisdiccional, en este caso de los jueces que tienen que ver con todas estas materias”, asegura Soria.

Independientemente de que con la extradición se puedan bajar los niveles de delincuencia a lo que todos los ecuatorianos aspiran, Dueñas considera que este es uno de los pasos hacia adelante que el país debe dar para formar parte de los Estados que en conjunto luchan contra la delincuencia organizada, el terrorismo, las estructuras criminales.

Quito 21 de Marzo 2024. Rueda de prensa y recorrido en el Instituto Geográfico Militar con autoridades del CNE para dar a conocer el proceso de impresión de papeletas para la consulta popular. API / DANIEL MOLINEROS Foto: API

La pregunta sobre extradición, sin apoyo en el 2023

En 2023 el entonces presidente Guillermo Lasso le planteó al país varias preguntas en un referendo que se decidió en las urnas en febrero de ese año. La extradición fue uno de los temas abordados en esa votación.

Lasso planteó esta pregunta: “La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?”.

Según el Consejo Nacional Electoral (CNE), la consulta sobre la extradición de connacionales no alcanzó la votación necesaria para ser aprobada. El 51,54 % de la población votó por el no en las votaciones del 5 de febrero de 2023. Solo el 48,46 % de los votantes apoyó el sí.

Soria insiste en que hay que ser serios en el análisis y no vender humo a la población con el tema de la extradición, a la que la define como una herramienta que coadyuva al control de la delincuencia, pero no es la solución, ni la panacea que se nos está pintando. Aunque no cree que con la extradición se acabarán todos los problemas que tiene la patria en el sentido delincuencial, reconoce que es una herramienta que ha sido adoptada por algunos otros Estados y Gobiernos, donde sí ha ayudado a la prevención, el control y la erradicación. (I)