Fui secretario municipal de Guayaquil en 1969 y 1970. Conocer peticiones de habeas corpus, por privación ilícita o arbitraria de libertad, era competencia municipal. Las audiencias debían ser públicas, pero no se permitían presiones circenses ni en contra ni a favor de los privados de la libertad que comparecían.

Se interponía la acción y el privado de la libertad era trasladado ante el alcalde, que revisaba los documentos que presentaba el responsable del centro de privación de la libertad, pudiendo decidir, en ese momento, que salga libre del Palacio Municipal. En ocasiones se fijaba un término para decidir.

Se diseñó un procedimiento: se admitía a trámite la petición de libertad y se la consideraba en audiencia pública, para decidir. Decenas de habeas corpus se resolvieron por la libertad del detenido o arrestado.

No nos olvidemos que entre historia y leyenda se relata que se llevaba al circo romano a los que se quería que se los comieran las fieras. “Ave, Caesar, morituri te salutant” es una frase latina citada en Vidas de los doce Césares, de Suetonio, la cual es tradicionalmente atribuida a los que iban a ser ajusticiados. Quien era llevado hasta ahí, ya sabía que estaba condenado.

Recuerdo los episodios citados al conocer de la decisión de audiencias públicas que se ha tomado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para que funcionarios del Estado concurran ante sus miembros y sus cuestionadores, a fin de que den explicaciones de su gestión, de las que ya se han citado dos audiencias, una para el ministro del Interior, Juan Zapata, que se me dice que no fue porque conoció que lo estaban esperando para pedirle la renuncia y otras agresiones, y –el jueves 1 de junio del 2023- para la fiscal Diana Salazar, con el objeto de que escuche, cara a cara, la imputación de un colectivo, con presencia de sus miembros, con carteles y pitos, de que ella plagió en un elevado porcentaje su tesis de grado y que, como su acreditación le sirvió para ser fiscal general del Estado, debería perder el cargo. En el caso de Diana Salazar, se calificó de “grandes héroes” a los autores de la imputación, sin que a la fecha se haya evidenciado la supuesta infracción por la autoridad académica que debe pronunciarse.

Lo de haber copiado una tesis es evidenciable, exhibiendo el texto de la tesis, y los supuestos textos copiados, con precisión de fuentes y fechas. Limitarse al llamado rastreador antiplagio Turnitin, que es solo un instrumento para ese objetivo, susceptible de error mientras no haya depuración, puede inducir a una falsa conclusión. Invocando al uso del rastreador Turnitin, los denunciantes habrían señalado, según lo publicado, 40 % de similitudes entre la tesis y otros textos, pero un equipo de La Posta, citado por Pamela Troya, habría llegado a un porcentaje muy inferior a ese. ¿Qué de verdad?

En espacios del poder público, como son las salas de las Cortes de Justicia, de la Corte Constitucional, del CPCCS, de los organismos electorales, del Consejo de la Judicatura, entre otros, debe haber un esfuerzo para actuar sin apasionarse y no permitir entornos de presión. (O)