La noche del miércoles 29 de marzo, la Corte Constitucional emitió un dictamen parcial con el que dio paso a la solicitud de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, que fue impulsada por los legisladores Viviana Veloz (UNES), Mireya Pazmiño (separada de PK), Pedro Zapata (PSC) y Rodrigo Fajardo (separado de ID).

Los asambleístas plantearon enjuiciar a Lasso acusándolo de los presuntos delitos de concusión y peculado, asociados a supuestos actos de corrupción en el sector público.

La Corte aprobó la resolución con seis votos a favor y tres en contra. No se admitieron los cargos por concusión, pero sí los de peculado.

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Corte Constitucional da luz verde al juicio político contra el presidente Guillermo Lasso

A diferencia de los juzgamientos penales que se realizan en el sistema judicial, que pueden concluir en sentencias de privación de la libertad para quienes sean hallados culpables, un juicio político lo ejecuta la Asamblea Nacional sobre los funcionarios públicos como una medida de control y no contempla la prisión, sino otro tipo de sanciones.

El enjuiciamiento político a funcionarios públicos está tipificado en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). Se establece que la Asamblea Nacional podrá proceder con el enjuiciamiento, por el incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de los funcionarios detallados en el artículo 131 de la Constitución, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado.

En el artículo 131 están contemplados los ministros o ministras de Estado; las máximas autoridades de la Procuraduría General del Estado (PGE), Contraloría General del Estado (CGE), Fiscalía General del Estado (FGE), Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, superintendencias; los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Consejo de la Judicatura (CJ) y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS); y de las demás autoridades que la Constitución determine.

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La Ley de la Función Legislativa, en el artículo 85, establece que la censura de los funcionarios tendrá como efecto la destitución del cargo. La autoridad no podrá ejercer ningún cargo en el sector público por un plazo de dos años. Pero si la persona ya no ocupa el cargo, su censura consistirá en la prohibición de ejercer algún cargo en el sector público por dos años.

En cambio, para llevar a un juicio político al presidente o vicepresidente de la República, el artículo 129 de la Constitución dispone que la Asamblea podrá proceder al enjuiciamiento, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:

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¿Qué es peculado?, la causal por la que la Corte Constitucional dio paso al juicio político contra Guillermo Lasso

  • Por delitos contra la seguridad del Estado.
  • Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
  • Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones política o de conciencia.

El juicio se iniciará en la Asamblea una vez que se obtenga primero un dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional; no será necesario el enjuiciamiento penal previo, dice la Carta Magna.

Además se dispone que en un plazo de 72 horas la Asamblea Nacional resolverá motivadamente, con base en las pruebas de descargo presentadas por el presidente o vicepresidente.

Para la censura y destitución del presidente o vicepresidente se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional.

Si de la censura al funcionario se desprenden indicios de responsabilidad penal, estos serán puestos en conocimiento del juez competente.

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Gobierno “respeta pero rechaza” dictamen de la Corte Constitucional que dio paso al pedido de juicio político contra Guillermo Lasso

La Constitución, en el artículo 130, también define que la Asamblea podrá destituir al presidente o vicepresidente en dos casos:

  • Por arrogarse funciones que no le competen constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.
  • Por grave crisis política y conmoción interna.

Estos son los días que tomará a la Asamblea Nacional procesar la solicitud y ejecutar el juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, una vez que la CC se pronunció

Asimismo, el Parlamento tendrá 72 horas para resolver, con base en las pruebas de descargo que presente el mandatario.

La destitución se aplicará si se consiguen los votos favorables de las dos terceras partes de los asambleístas. Si el presidente es destituido, asumirá su lugar el vicepresidente de la República.

Una vez que se publique la resolución de la destitución, el Consejo Nacional Electoral (CNE), en un plazo de hasta siete días después, convocará a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas para el resto del periodo, señala el artículo 130. (I)