Con seis votos a favor y tres en contra el pleno de la Corte Constitucional (CC) resolvió admitir la solicitud de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso.

El pleno de la Corte sesionó de manera extraordinaria desde las 20:00 de este miércoles, 29 de marzo. Los nueve magistrados analizaron el proyecto de dictamen elaborado por los jueces Richard Ortiz y Alí Lozada.

Votaron a favor los jueces Alí Lozada Prado, presidente; Karla Andrade Quevedo, Alejandra Cárdenas Reyes, Jhoel Escudero Soliz, Ricardo Ortiz Ortiz y Daniela Salazar Marín,

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Dieron sus votos en contra los magistrados Carmen Corral Ponce, vicepresidenta; Enrique Herrería Bonnet y Teresa Nuques Martínez.

¿Cuántos días se tomará la Asamblea Nacional para procesar la solicitud de juicio político al presidente Guillermo Lasso?

Para que la solicitud de juicio pasara el filtro del Corte se requerían los votos positivos de al menos seis de los nueve jueces. Ahora el trámite pasará a manos de la Asamblea Nacional.

El pedido de enjuiciamiento al jefe de Estado es impulsado por los legisladores Viviana Veloz (UNES), Mireya Pazmiño (separada de PK), Pedro Zapata (PSC) y Rodrigo Fajardo (separado de ID). (I)

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El documento fue calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) el viernes 24 de marzo y fue enviado a la Corte.

Tres presidentes y dos vicepresidentes han sido destituidos mediante juicios políticos en el Legislativo desde 1932

Ese mismo día la CC sesionó de manera extraordinaria para designar, mediante sorteo, al juez sustanciador de la causa. Así fue escogida inicialmente la jueza Teresa Nuques, sin embargo, el proyecto de ley que presentó no obtuvo los votos requeridos, así que la causa recayó sobre los magistrados Ortiz y Lozada, como nuevos ponentes.

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Tras la decisión definitiva de los magistrados, la Corte Constitucional publicó un comunicado en el que aclaró que se determinó la admisibilidad parcial para el enjuiciamiento.

“El pleno resolvió inadmitir las dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión y admitir la acusación de juicio político relacionada con el presunto delito de peculado”, se indica en el texto.

Respecto del presunto delito de concusión, el pleno estableció que los cargos formulados por los asambleístas “no cumplen” con las exigencias del artículo 148 numeral 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales.

En tanto que la formulación del delito de peculado sí se enmarca dentro de los presupuestos de admisibilidad de la ley.

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Al analizar el procedimiento del contenido de la solicitud se encontró que en el pedido planteado por la Asamblea Nacional, “se han respetado los principios de legitimidad política y del debito proceso”, anotó la Corte.

No obstante, se hizo un llamado de atención a los solicitantes y a la Asamblea por la falta de prolijidad en la activación de dicha figura constitucional.

“Esta Corte exhorta a las instituciones involucradas en el juicio político a actuar siempre dentro de los cánones previstos en la Constitución y el Estado de Derecho”, destaca el comunicado.

Además se informa que el texto completo del dictamen de mayoría, así como los votos salvados serán publicados en la página web de la Corte Constitucional. (I)