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Mandamiento de ejecución en caso Odebrecht hace que la Procuraduría avance en el cobro de la reparación integral ordenada contra Jorge Glas y otros

En 2017 se ordenó que Jorge Glas y otras siete personas debían pagar $ 33,4 millones al Estado por la corrupción cometida bajo el delito de asociación ilícita.

Jorge Glas (i), sentenciado a seis años de cárcel por el delito de asociación ilícita relacionado a Odebrecht, fue vicepresidente de la República y lideró los sectores estratégicos en el gobierno de Rafael Correa.

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Con el mandato de ejecución emitido por el Tribunal de Juicio del caso por asociación ilícita, parte de la trama de corrupción de Odebrecht en Ecuador, por el que fueron declarados culpables el exvicepresidente Jorge Glas, su tío Ricardo Rivera y otras seis personas, queda en manos de la Procuraduría General del Estado (PGE) determinar los bienes y activos que tengan cada uno de ellos para que paguen los $ 33,4 millones definidos como reparación económica por el acto de corrupción cometido.

El mandamiento de ejecución fue notificado a los sujetos procesales el 7 de enero pasado por los jueces integrantes del Tribunal de Juzgamiento de la Corte Nacional, transformado en Tribunal de Ejecución, Byron Guillén, Felipe Córdova y Javier De la Cadena. Esta asociación ilícita tiene una sentencia en firme desde mediados de octubre de 2019.

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De forma oral, el 13 de diciembre de 2017, Glas, exministro de Sectores Estratégicos de Rafael Correa; Rivera, relacionado con el sector de las telecomunicaciones, el exfuncionario de Senagua Carlos Villamarín, el empresario Édgar Arias y el exfuncionario de Petroecuador Ramiro Carrillo fueron sentenciados a seis años de reclusión en calidad de autores directos del delito de asociación ilícita.

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Además, los empresarios Gustavo Massuh, Rubén Terán y Kepler Verduga recibieron una pena modificada de catorce meses de cárcel por la cooperación eficaz entregada a la Fiscalía.

El pronunciamiento del Tribunal llega luego que el 13 de diciembre pasado, la PGE les recordó a los jueces “que si no se emite el mandamiento de ejecución de forma inmediata no se puede continuar con este proceso, y como resultado de ello el Estado en su calidad de víctima no podrá recuperar los dineros que los sentenciados le adeudan”. Según la PGE, en este caso por 28 ocasiones se pidió se emita el mandamiento.

“Este Tribunal de Ejecución ha dispuesto que se ejecute todo lo ordenado en la sentencia de manera inmediata, correspondiendo la fase de ejecución respecto a la reparación integral a favor de la víctima (el Estado ecuatoriano) a este Tribunal”, explica la providencia del Tribunal, que paralelamente aclara que la ejecución de las penas privativas de libertad y no privativas de libertad es competencia de los jueces de garantías penitenciarias.

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Del total de $ 33,4 millones dispuestos judicialmente como reparación integral en este caso, entre Glas y Rivera deben completar un pago de $ 14,1 millones. Ricardo Rivera fue definido en la sentencia como el enlace con Odebrecht para recibir sobornos a nombre de su sobrino.

De los ocho sentenciados por asociación ilícita Odebrecht, Glas es el único que sigue en la cárcel. Por ejemplo, Rivera dejó, el 10 de diciembre pasado, el Centro de Privación de la Libertad Guayaquil número 4, pues accedió al régimen semiabierto; el empresario Édgar Arias falleció de COVID-19 en abril de 2020 en el CPL de Tungurahua; y el exgerente Carrillo se mantiene con arresto domiciliario. Massuh, Terán y Verduga ya cumplieron su condena de cárcel.

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Respecto del caso de Carrillo, en providencia del lunes 10 de enero último, el Tribunal explicó que al no haber existido pronunciamiento por parte del Tribunal que emitió el fallo en su contra, respecto a la forma en que debe cumplir la pena impuesta, para garantizar los derechos de quien pertenecería al grupo de atención prioritaria y tiene un estado de salud delicado, se dispuso que se mantenga la medida de arresto domiciliario hasta que el juez de garantías penitenciarias respectivo lo ratifique o disponga lo contrario.

Hasta el momento ninguno de los ocho sentenciados ha cumplido con el pago de la reparación económica o ha realizado un planteamiento formal para hacerse cargo de esa parte material de la sanción. (I)

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