Luego de escuchar los alegatos finales de los representantes de los querellantes y del Estado ecuatoriano, la audiencia en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por el caso derivado de la sentencia a favor de Rafael Correa contra EL UNIVERSO, sus directivos y su exeditor de opinión, Emilio Palacio, terminó este martes 15 de junio, con las observaciones finales orales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La resolución final que tomen los jueces de la Corte IDH, una vez que escucharon a los querellantes, a la defensa del Estado y a los peritos, se dará a conocer por escrito en unos dos meses. Hasta el 16 de julio se deben presentar por escrito los alegatos que hoy se expusieron de forma oral.

“El Estado ecuatoriano reconoce su responsabilidad internacional por la violación del derecho a la libertad de expresión y pensamiento, a las garantías judiciales, a la protección judicial y principio de legalidad en perjuicio de Emilio Palacio y los señores Pérez”, dijo María Fernanda Álvarez, en representación de la Procuraduría de Ecuador.

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“A la luz de los estándares del sistema interamericano de Derechos Humanos, el Estado reconoce que en el presente caso, la sanción penal y la indemnización civil resultaron desproporcionadas e innecesarias. De igual forma, reconoce que lo desproporcionado de la pena impuesta tiene la capacidad de producir un efecto intimidatorio para el ejercicio de la libertad de expresión, en perjuicio no solo de las presuntas víctimas de este caso, sino de todos los periodistas, medios de comunicación y la sociedad en su conjunto, con lo cual se configura la violación del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, agregó la funcionaria de la Procuraduría ecuatoriana.

“Al analizar en conjunto las irregularidades del proceso penal, que se han logrado demostrar en este proceso interamericano, el Estado reconoce que se violaron los derechos a las garantías judiciales, protección judicial y principio de legalidad”, afirmó Álvarez.

“Este caso debe terminar en una sentencia ejemplar, para que nunca más en la región un gobernante se atreva a atentar contra la libertad de expresión en medio de una fragilidad institucional y falta de independencia judicial, usando a su favor todo el poder del Estado”, dijo Carlos Ayala, representante de los querellantes en sus alegatos finales.

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La sanción económica no tuvo un fin reparatorio a la honra de Correa, sino que fue violatoria contra el derecho a la propiedad de los directivos de EL UNIVERSO por haber sido desproporcionada, ya que era el doble de su capital social, con lo que se buscaba su quiebra o apropiación, afectado el derecho al trabajo de sus empleados y el derecho del público a informarse libremente por este medio, dijo la representante María Daniela Rivero, quien también se refirió a la vulneración de derechos del periodista Emilio Palacio. “Su salida del país es atribuida al Estado”.

Hernán Pérez Loose, otro representante de los querellantes, pidió dejar sin efecto la condena penal y todas las consecuencias que de ella se derivan, reparar los daños materiales e inmateriales causados a las víctimas, otorgar becas estudiantiles a los hijos de Emilio Palacio, adecuar la legislación nacional sobre libertad de expresión conforme a los estándares internacionales de Derechos Humanos y que el Estado ecuatoriano se obligue a fortalecer la independencia del poder judicial conforme a los estándares interamericanos, mediante la estabilidad de sus funcionarios, eliminando causales abiertas de destitución de jueces.

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El Estado se comprometió a cumplir con obligaciones en materia de libertad de expresión, pero su reconocimiento es parcial. Pidió a la Corte IDH referirse únicamente al período que duró el proceso, 2011-2012, en lo que no concordaron ni la CIDH ni los demandantes, que quieren una revisión más amplia sobre la legislación en materia de derechos y la afectación que tuvo el proceso para los demandados por Correa.

“Hubo un patrón sistemático de ataques a la libertad de expresión, que abarca antes del juicio y con consecuencias que duran hasta hoy”, replicó la defensa de los querellantes.

La CIDH consideró que no existe controversia sobre que el artículo de Palacio constituía un hecho de interés público. Y pidió que Ecuador despenalice la calumnia, actualmente vigente, que puede ser usada hoy en día para efectos intimidatorios contra periodistas.

El segundo día de la audiencia en la Corte con sede en Costa Rica empezó con la intervención del perito canadiense Toby Mendel, abogado de derechos humanos especializado en el desarrollo progresivo de los estándares internacionales relacionados con la libertad de expresión.

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Él fue propuesto por la CIDH, que elevó el caso a la Corte tras considerar que durante el proceso judicial en Ecuador se quebrantaron las garantías del debido proceso, y que el Estado vulneró los derechos a la libertad de pensamiento y de expresión y al principio de legalidad y retroactividad del periodista y de los directores del medio.

A pedido del Relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, Pedro Vaca, Mendel expuso sobre las diferencias entre declaraciones de hecho y de opinión, y sobre cómo se han resuelto este tipo de controversias en cortes internacionales como la europea.

Durante su intervención, el especialista dijo que los llamados delitos contra el honor deberían ser derogados en su totalidad, aunque esto no ha pasado en países europeos como Francia, que él citó como ejemplo, replicó la defensa del Estado ecuatoriano en su momento.

No obstante, Mendel matizó que el estándar europeo de protección de derechos relacionados con la libertad de expresión observa que los funcionarios públicos “deben ser más tolerantes” a las críticas que se hacen sobre sus funciones.

El artículo de Palacio ‘No a las mentiras’ tenía que ver con una propuesta política tras la revuelta policial del 30 de septiembre del 2010, defendió, en el primer día de comparecencias, el autor del texto de opinión que originó la demanda de Correa y su posterior victoria en los tribunales de la justicia ecuatoriana, que ordenó cárcel por tres años para él y los directivos del medio y una indemnización de $ 40 millones para el entonces mandatario, que luego decidió perdonar.

Emilio Palacio: El caso EL UNIVERSO fue una lucha desigual contra todo el poder del Estado. El perdón de Correa no sirvió de nada

César Pérez, en nombre de los directivos, explicó también en el primer día de audiencia en la Corte IDH que a pesar de la remisión de la condena, la sentencia sigue constando en los registros y que el proceso causó perjuicio económico a la empresa que edita el periódico, a sus accionistas, así como también daño psicológico que afectó a todo su personal e incluso a sus familiares.

Existen mecanismos menos lesivos que la determinación de sanciones civiles pecuniarias, explicó este martes el perito canadiense Toby Mendel, interrogado también por los representantes del Estado, de los querellantes y por los propios jueces de la Corte IDH.

En su criterio, los casos que afectan la honra no deben tratarse en tribunales penales, sino civiles y estos deberían distinguir, sin presiones externas, si la acción judicial está encaminada a resarcir un daño o si tiene una vocación de censura y de afectar el debate público.

“Los políticos tienen el foro público para aclarar cualquier asunto relacionado con sus funciones”, dijo Mendel.

También explicó por qué las leyes criminales contra la honra atentan contra la libre expresión cuando lo que se debate son asuntos de interés público, como las repercusiones que tuvo el 30S, abordado por Palacio en su artículo de opinión.

Interrogado por los jueces de la Corte IDH, Mendel dijo que una condena civil desproporcionada puede considerarse lesiva y atentatoria contra quien emite los hechos u opiniones.

Y expuso que una condena penal, aunque no se cumpla por perdón del demandante, como hizo Correa tras ganar en todas las instancias judiciales en Ecuador, afecta de todos modos a la libertad de expresión.

De hecho, el subdirector de EL UNIVERSO le dijo a los jueces que el efecto de la demanda de Correa al medio tuvo un efecto inmediato en toda la prensa ecuatoriana: hubo autocensura. “Y él se encargaba de que fuera así, él fue el mayor censurador y quedó sin castigo”, comentó César Pérez. (I)