Luego de la respuesta dada al presidente temporal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), José Suing, por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), respecto a aclaraciones sobre la sentencia de la Corte Constitucional (CC) y la terna que debe la CNJ enviar para seleccionar al representante del organismo en el Consejo de la Judicatura (CJ), el proceso para designar al vocal titular del más alto órgano de justicia ordinaria del país y a la vez quien debe presidir la Judicatura sigue vigente.

Desde la Corte Nacional se pedían aclaraciones respecto a temas de la terna por remitir, a lo que desde el CPCCS se aclaró que el pedido y entrega de la terna debe cumplirse de conformidad con la sentencia número 12-19-22-EP/22 emitida por la CC y a lo previsto en la Constitución vigente, que determina el procedimiento y los requisitos respectivos.

Álvaro Román asume temporalmente la presidencia de la Judicatura en reemplazo de Wilman Terán, procesado en caso Metástasis

El lunes 20 de mayo último, el pleno del Consejo de Participación notificó al presidente José Suing para que remita la terna para la designación de su representante ante el CJ, quien por mandato constitucional lo debe presidir, en este caso en reemplazo de Álvaro Román, actual presidente temporal del CJ. Ese día se realizó el mismo trámite con la Asamblea Nacional, instancia que debe también entregar una terna para definir al vocal titular que reemplace al vocal Fausto Murillo, quien fue censurado y destituido por el Legislativo.

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Según la norma vigente, las autoridades tienen el plazo de cuatro días, contados a partir de la notificación, para entregar dichas ternas. Las ternas por enviarse deben cumplir con la alternabilidad entre hombres y mujeres, el principio de interculturalidad y la aplicación de los criterios de especialidad y méritos. Entre los requisitos para ser vocal de la Judicatura están ser ecuatoriano y encontrarse en goce de los derechos políticos, tener título académico de tercer nivel en Derecho o en las ramas afines y acreditar experiencia profesional o docencia universitaria, con probidad e idoneidad notorias.

Una vez que las ternas sean enviadas tanto por la Corte Nacional como por la Asamblea, pasarán por la etapa de verificación de requisitos e impugnación ciudadana y contarán con la vigilancia permanente de una veeduría ciudadana.

La vicepresidenta del CPCCS, Mishelle Calvache, ha recordado que la sentencia de la CC es de cumplimiento obligatorio y especifica que Álvaro Román asumió “temporalmente” la presidencia de la Judicatura hasta que se elija al vocal titular que represente a la CNJ. “El Consejo de Participación Ciudadana no puede referirse sobre lo que debe o no debe hacerse en el seno de la CNJ, sino que únicamente puede referirse a lo que la Constitución y la ley así lo manda”, aclaró.

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Judicatura declaró la nulidad total del concurso de selección de jueces de la Corte Nacional de Justicia

Román ocupó el cargo de presidente del Consejo de la Judicatura a mediados de diciembre de 2023, inmediatamente después de que Wilman Terán, entonces titular de la Judicatura, fue detenido como uno de los sospechosos a ser investigado en el caso Metástasis, proceso penal en el que se analiza el delito de delincuencia organizada.

En estos cinco últimos meses, durante la presidencia de Álvaro Román se declaró la nulidad insanable del concurso para jueces de la Corte Nacional iniciado por Wilman Terán, se arrancó un nuevo concurso público para llenar vacantes de jueces y conjueces de la CNJ, se abrió el concurso para conformar el banco de elegibles para jueces a nivel nacional, entre otros procesos que estaban estancados en el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial. (I)