Casi tres horas le tomó al conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Luis Adrián Rojas, leer la resolución en el caso Sinohydro en el que ordenó que el expresidente Lenín Moreno y su esposa Rocío González deben cumplir la medida cautelar de presentación periódica cada 15 días en la secretaría de la Sala Penal de la Corte Nacional, al norte de Quito.

La decisión fue conocida, entre la tarde y noche de este domingo 5 de marzo, en la reinstalación de la audiencia de formulación de cargos contra 37 personas acusadas del delito de cohecho. El pasado viernes, durante la primera parte de la diligencia, la fiscal general Diana Salazar pidió arresto domiciliario para catorce de los procesados que tenían edades mayores a 65 años; mientras que para los restantes 23 sospechosos solicitó se emitiera la orden de prisión preventiva.

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En la argumentación del juez se explicó que la prisión preventiva es una de las medidas más gravosas que existen en la normativa vigente y debe ser tomada como último medio. La fiscal Salazar dijo que la solicitaba para garantizar que los sospechosos acudan al proceso, para que puedan cumplir una eventual condena y evitar el entorpecimiento probatorio durante la fase de investigación.

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Rojas dividió a los procesados para emitir las medidas cautelares en dos grandes grupos y estos a su vez en dos subgrupos. Solo para el ciudadano chino Wu Yu por haber actuado de forma desleal para entorpecer esta primera fase, el conjuez nacional dispuso la medida de prisión preventiva.

En el primer grupo estaban las catorce personas que inicialmente Salazar pidió arresto domiciliario por su avanzada edad: Lenín Moreno (69), Rocío González (69), Conto Patiño (91), Xavier Macías Carmigniani (71), Juan Carlos Patiño Herdoiza (65), Rocío Guerrero Escobar (66), Luciano Cepeda Vasco (80), María Baquero carvajal (71), Francisco Castello León (72), Carlos Almeida Almeida (77), Rocío Delgado Vásconez (69), Pablo Aviles Arguello (75), Pablo Satizabal (89) y Cai Runguo (72).

QUITO (01-03-2023).- Luis Rojas, conjuez nacional, durante la audiencia de formulación de cargos en el caso Sinohydro, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: El Universo

Finalmente en el primer subgrupo denominado Grupo General con Vulnerabilidad en el Exterior definió para Moreno, González, localizados en Paraguay, y Macías, en Panamá, la medida de presentación cada 15 días en la CNJ, en Quito, y para los restantes ubicados en el subgrupo señalado como Grupo General con Vulnerabilidad en Ecuador, incluido nuevamente Macías, se dispuso las medidas de prohibición de salida del país, la presentación periódica cada ocho días y el uso de grillete electrónico.

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Los restantes 23 sospechosos fueron ubicados dentro de un Grupo General sin Vulnerabilidad, el cual a su vez fue subdividido en dos grupos más: uno de personas sin vulnerabilidad que estaban en el extranjero y otro con procesados sin vulnerabilidad que estaban en Ecuador.

En el primer subgrupo fueron colocados el ciudadano chino Liu Asheng, la hija del expresidente Moreno, Irina Moreno, y María Auxiliadora Patiño. Para todos ellos se dispuso la medida de presentación cada 15 días en la Corte Nacional.

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Mientras tanto, en el segundo subgrupo de personas sin vulnerabilidad se colocó a Henry Galarza, Guillermo y Edwin Moreno Garcés, Jacqueline Viteri, Martha González, Patricia Patiño, Manuel Patiño, Victoria María Patiño, Manuel Durini, Mauricio Pérez de Anda, Francisco Chiriboga Catani, Antonio y Juan Simbaña Solís, Mercedes Cruz, Eduardo Carmigniani, Francisco Espinoza y Mónica Ortega.

A estos últimos procesados se dispuso las medidas de prohibición de salida del país, la presentación periódica cada ocho días en la Sala Penal de la CNJ y el uso del dispositivo electrónico o grillete.

El conjuez Rojas aclaró que los periodos de presentación ante la secretaría de la Sala de los Penal ubicada en el primer piso del edificio de la CNJ, en Quito, comenzarán a partir de mañana lunes 6 de marzo.

“Se advierte que de incumplirse una sola de las medidas cautelares se procederá como establece la ley. Recuerdo el artículo 536, inciso segundo, del Código Orgánico Integral penal, si se incumple la medida sustitutiva la o el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva del procesado. Es responsabilidad de las defensas técnicas asesorar y explicar a sus clientes sobre la consecuencia jurídica que puede acarrear el hecho de no cumplir las medidas dispuestas”, apuntó Rojas.

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Quito. 05/03/2023. El expresidente Lenín Moreno (parte inferior izquierda) participó de la audiencia de formulación de cargos del caso Sinohydro vía telemática desde Asunción (Paraguay), país en el que se encuentra desde 2022. Santiago Molina/El Universo. Foto: El Universo

En su decisión el conjuez nacional aclaró que desde este 5 de marzo arrancan formalmente los 90 días de instrucción fiscal por el delito de cohecho.

Caso Sinohydro

Para la fiscal Diana Salazar es claro que en el caso Sinohydro los 37 procesados ejecutaron “actos de contraprestación desde el ejercicio de un cargo público a cambio de dádivas entregadas de forma directa e indirecta a través de terceras personas entre familiares, amigos, asesores y colaboradores cercanos”.

La formulación de cargos llegó casi cuatro años después de haberse abierto la investigación previa ante una trama de corrupción que se tejió, entre 2009 y 2018, en torno a la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.

A decir de la Fiscalía los hoy procesados habrían colaborado para que se viabilice la contratación de la empresa china Sinohydro, para que se adecuen objetos sociales de empresas para aparentar contrataciones, se creen cuentas offshore y se repartan más de $ 76 millones en coimas o dádivas entregados utilizando el sistema financiero nacional e internacional. (I)