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Al pleno de la Asamblea Nacional pasa la aprobación de los acuerdos comerciales de Ecuador con Estados Unidos y Chile

El acuerdo con EEUU busca facilitar el comercio, las inversiones y las buenas prácticas regulatorias, garantizando procedimientos aduaneros eficientes

Representantes comerciales de Ecuador y de Estados Unidos firmaron un acuerdo de primera fase en febrero de 2021

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Al pleno de la Asamblea Nacional pasaron los informes para la aprobación del Protocolo de Acuerdo del Consejo de Comercio e Inversiones entre Estados Unidos y Ecuador, relacionado con normas comerciales y de transparencia, así como el Acuerdo de Integración Comercial de nuestro país con Chile.

En ambos proyectos de acuerdos comerciales el sector de la Revolución Ciudadana: Esther Cuesta, Paola Cabezas, Lexi Loor y Yofre Poma, se abstuvo de consignar su voto para la aprobación de los documentos.

Los votos de respaldo de los informes de estos dos instrumentos internacionales vinieron de los legisladores Fernando Flores, César Carrión y Pedro Curichumbi (CREO); Dennis Marín (PSC); Fafo Gavilánez (AP); Fabricio Villamar (IND); René Yandún (BIN); y, Encarnación Duchi (PK).

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Acuerdo comercial y de transparencia con EE. UU.

La Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales aprobó el informe a favor de la aprobación del protocolo al Acuerdo del Consejo de Comercio e Inversiones entre el Gobierno de Estados Unidos y el Gobierno del Ecuador relacionada con normas comerciales y de transparencia.

Empieza tratamiento de acuerdo comercial y de inversiones entre Estados Unidos y Ecuador fase I

El objetivo es mejorar la asociación económica bilateral; facilitar el comercio, las inversiones, y las buenas prácticas regulatorias; garantizar procedimientos aduaneros eficientes y transparentes que reduzcan costos y garanticen previsibilidad para los importadores y exportadores; fomentar la cooperación en el ámbito de la facilitación al comercio y la observancia aduanera; minimizar las formalidades innecesarias en frontera.

Además busca mejorar los procesos regulatorios; promover las medidas anticorrupción; brindar transparencia al público y a los comerciantes de todos los tamaños y en todos los sectores; y fomentar la cooperación en la promoción del empleo y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas. El documento contiene cuatro anexos:

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  1. Facilitación al comercio y administración aduanera. Se refiere a procedimientos aduaneros y facilitación al comercio y mantiene sinergia con el Acuerdo de Facilitación al Comercio (AFC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Como objetivos principales cuentan agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito; mejorar la cooperación entre la administración de aduanas y otros organismos; y, potenciar la asistencia técnica y la creación de capacidad para la aplicación de compromisos en materia de facilitación al comercio. Para el Ecuador representaría una reducción de costos del comercio en un promedio del 12,2% al 13,9%.
  2. Buenas prácticas regulatorias. Reconoce que la aplicación de buenas prácticas regulatorias puede apoyar al desarrollo de enfoques regulatorios eficientes y establece obligaciones para las partes en esta materia. El objetivo tiene concordancia con el Decreto Ejecutivo No. 1204 del 4 de diciembre de 2020, toda vez que a través de este se establece la mejora regulatoria como política de Estado.
  3. Anticorrupción. Tiene como objetivo establecer esfuerzos conjuntos para luchar contra las malas prácticas que afectan al comercio y la inversión, desde el ámbito penal, civil y administrativo. Las conductas penales se encuentran debidamente tipificadas en el Código Integral Penal del Ecuador en el Capítulo de los Delitos contra la Administración Pública.
  4. Pequeñas y medianas empresas. Este anexo de pymes que se incorpora al Protocolo es por el interés de ambas partes de tener un apartado dedicado a estos actores del sector productivo que tienen una amplia participación en el comercio internacional y especialmente en las exportaciones no petroleras dirigidas a Estados Unidos. Se han establecido algunas áreas de cooperación, en las que está el apoyo a infraestructura para pequeñas empresas, en donde se incluyan incubadoras y aceleradoras, centros de asistencia a la exportación y otros centros, a fin de crear una red internacional para el intercambio de experiencias. Se mantienen también acciones de promoción de la pyme, destacando la participación de grupos minoritarios como mujeres, pueblos indígenas, jóvenes, entre otros, para elevar su participación en el comercio internacional entre ambos países y a nivel mundial.

Integración comercial con Chile

La Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales recomendó la aprobación del Acuerdo de Integración Comercial entre el Ecuador y Chile, solicitado por el presidente de la República, Lenín Moreno, en marzo pasado, una vez que la Corte Constitucional emitió un dictamen de constitucionalidad favorable.

El acuerdo cuenta con 24 capítulos que abarcan tres temas principales referentes al establecimiento de zona de libre comercio de bienes y servicios, condiciones para el ejercicio del comercio y los relativos a la administración del acuerdo.

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El compromiso de las partes es crear un mercado más abierto, seguro y predecible para el comercio recíproco y la competencia leal, a fin de facilitar la planificación de las actividades de negocios y de las inversiones.

Se comprometen en facilitar los contactos entre las empresas y los sectores privados de las partes. Por otro lado, se reconoce el balance que debe existir entre los elementos comerciales del acuerdo y su real contribución al desarrollo sostenible de las partes, y se crea una comisión conjunta para la implementación y administración del acuerdo.

Se garantiza la incorporación de capítulos específicos, como es el de comercio electrónico, es una materia relativamente nueva en los acuerdos comerciales. Este capítulo permitirá promover el potencial económico y las oportunidades del comercio electrónico, en un entorno transparente y previsible del marco legal, que protege al consumidor y la protección de datos personales, y reconoce la importancia de evitar barreras innecesarias para el comercio realizado por medios electrónicos.

Se resalta el rol de la cooperación en varios ámbitos, entre ellos, facilitar el acceso al comercio electrónico para las mipymes, intercambio de información y experiencias, asistencia técnica, cooperación en asuntos de ciberseguridad, y otros temas relacionados a la materia.

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Uno de los grandes beneficios al que accede el Ecuador es que dentro de un periodo de dos años desde la entrada en vigencia del presente acuerdo, a través de las autoridades de telecomunicaciones, y las autoridades fiscales se permitirá la implementación de roaming internacional a tarifa local, considerando alternativas de implementación y su impacto social y económico, así como la armonización del tratamiento del IVA.

El capítulo de contratación pública permite viabilizar la oportunidad para licitar bienes y servicios en los procesos de contratación pública de la otra parte. Esto conlleva la aceptación de normas de transparencia, no discriminación, previsibilidad, plazos y procedimientos que hagan factible que los proveedores de la otra parte presenten sus ofertas, las mismas que pueden ser seleccionadas o rechazadas en función de los precios y de las condiciones ventajosas que presenten.

Durante el debate del documento, el delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores, César Montaño, indicó que el presente acuerdo es un pilar importante para la adición del Ecuador para la Alianza del Pacífico. (I)

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