En varias ocasiones el presidente Lenín Moreno se refería a la reelección indefinida como una posibilidad para la consulta popular y referéndum. Finalmente, la incorporó en la pregunta 2 de la siguiente manera:

¿Para garantizar el principio de alternabilidad, está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que todas las autoridades de elección popular puedan ser reelectas por una sola vez para el mismo cargo, recuperando el mandato de la Constitución de Montecristi y dejando sin efecto la reelección indefinida aprobada mediante enmienda por la Asamblea Nacional el 3 de diciembre de 2015, según lo establecido en el Anexo 2?

De acuerdo a la interrogante, los artículos 114 y 140 (en el anexo 2) que tuvieron cambios bajo esta figura, ejecutados durante el régimen del expresidente Rafael Correa, quedarían sin efecto y volverían a su estado natural. 

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También quedaría sin efecto por lo detallado en la Disposición General Primera. 

Además, se agrega un cambio. Se pretende incorporar una Disposición General Segunda: Las autoridades de elección popular que ya hubiesen sido reelegidas desde la entrada en vigor de la Constitución de Montecristi no podrán postularse para el mismo cargo. 

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Para el exdirector del Observatorio de Derechos y Justicia, Enrique Herrería, la pregunta anunciada por Moreno adolece de serios defectos. Cree que la interrogante, que fue demanda por ciertos sectores, está mal elaborada.

“Es un redacción en lo legal de muy mala factura, calidad. Obviamente el espíritu que lleva esto es garantizar de que no haya la reelección de quien ha sido ya presidente. El señor (Lenín) Moreno se equivocó con las preguntas”, expresa.

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Herrería considera que se debió evitar las interpretaciones. Como poner expresamente que no es posible que quien ha desempañado cargos de presidente de la República pueda reelegirse de manera indefinida. “Eso les faltó”, agrega.

Sin embargo para el constitucionalista Miguel Macías, esta pregunta si se contesta favorablemente va a tener un margen de acción política para el presidente Moreno.

¿Rafael Correa podrá postularse?

Rafael Correa como vicepresidente y otro candidato para presidente, éste renuncia y asume Correa. Es un panorama que se imagina Enrique Herrería y asegura que sí es posible a pesar de acudir a un referéndum y dejar sin efecto esas enmiendas.

“Hablando del caso del exmandatario Rafael Correa, él puede optar por una candidatura de otra naturaleza que no sea la Presidencia. Puede ser alcalde, prefecto. Nada se lo impide”, indica.

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Herrería señala que cuando entró en vigencia la Constitución de Montecristi, Correa para poder reelegirse, como si fuese su primer periodo, hizo poner en el Régimen de Transición, en el artículo 10 lo siguiente:

Art. 10.- (Cómputo de los períodos de gestión) El período de gestión de los dignatarios electos con las normas del Régimen de Transición, se considerará el primero, para todos los efectos jurídicos.

Para Herrería, el basarse en ese artículo podría incurrir en interpretaciones como por ejemplo “que la prohibición rige solo para los futuros y que no se puede considerar a quienes han sido presidentes de la República anteriormente”.

Explica que “se consideraría para quienes van a ser electos de manera popular como si fuera la primera vez”.

En cambio, Macías cree que la pregunta afecta a otros políticos como el alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot. “Ellos que ya fueron reelectos, no podrán serlo”.

Añade que “mientras se permita la reelección indefinida al presidente Correa, nos guste o no, ejerce un liderazgo y si él está en posibilidad de lanzarse a una nueva candidatura, habrá gente que lo apoye, pero a Correa se le impide reelegirse una vez como presidente de la República, yo creo que esos votos que tiene en Alianza PAIS irán para otro lado”. (I)