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Tribunal de la CC niega el pedido de ampliación y aclaración presentado por Rafael Correa ante la inadmisión de su acción extraordinaria de protección

Los jueces Carmen Corral, Enrique Herrería y Alí Lozada negaron el pedido de ampliación y aclaración presentado por la defensa del expresidente Rafael Correa.

El expresidente Rafael Correa es uno de los sentenciados dentro del caso Sobornos 2012-2016 a ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado. (ARCHIVO)

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El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional (CC), integrada por los jueces Carmen Corral, Enrique Herrería y Alí Lozada Prado, negó el pedido de ampliación y aclaración presentado por la defensa del expresidente Rafael Correa ante la resolución de mayoría que inadmitió la acción extraordinaria de protección planteada ante el organismo contra la sentencia por cohecho pasivo agravado, dentro del caso Sobornos 2012-2016, emitida por la Corte Nacional de Justicia (CNJ)

La defensa del exmandatario tenía como pretensión que se le amplíe y aclare el argumento del punto 34 del auto de 08 de febrero de 2021 en el que se le notificó la inadmisión de su acción de protección. Para sustentar su requerimiento, se transcribió el párrafo 34 del auto apelado, así como el párrafo final del punto 4.3 de su demanda, concluyendo que “(...) la demanda sí contiene argumentos que explican la vulneración del derecho a la defensa por la falta de congruencia al cambiar la calificación del tipo respecto del cual versaba la investigación y proceso penal”.

A Rafael Correa aún le queda un recurso para revertir su condena en el caso Sobornos

Rafael Correa mantiene, desde finales de septiembre pasado, una sentencia en firme como autor mediato del delito de cohecho pasivo agravado. El fallo con él incluye una condena a ocho años de cárcel y al pago de $ 778.000 como reparación para el Estado.

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La sentencia del 4 de febrero pasado contó con el voto de mayoría de los jueces constitucionales Ramiro Ávila y Carmen Corral para inadmitir la acción extraordinaria de protección no solo presentada por Correa, sino por quince sentenciados más. En tanto que la jueza constitucional Daniela Salazar emitió un voto salvado en el que admitía los recursos especificando los cargos.

Rafael Correa tiene una condena de ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado en calidad de autor mediato por instigación.

En el punto 34 de la resolución de mayoría respecto a Correa se explicaba: “En cuanto a la presunta vulneración al derecho a la defensa debido a la falta de congruencia (...), el accionante no expone una argumentación suficiente respecto de la garantía analizada ya que sus alegaciones se centran en considerar que la actuación de la Corte Nacional es un “monumental error” que vulneró su derecho a la defensa, es decir, se desprende que la alegación se relaciona con su inconformidad mas no con una actuación que permita evidenciar una vulneración a derechos constitucionales”.

La jueza Salazar en su voto salvado en relación con el expresidente Correa admitió solo el “cargo relacionado con la presunta indefensión provocada por la inobservancia del principio de congruencia entre la acusación fiscal y la sentencia” .

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Tribunal de la CC, con voto de mayoría, inadmite recurso extraordinario de protección de Rafael Correa y otros 15 sentenciados en el caso Sobornos

Dentro del análisis que hace el Tribunal de la CC para negar el pedido de ampliación y aclaración se considera que la solicitud es improcedente, “ya que por un lado no presenta elementos que permitan identificar qué se quiere ampliar o qué se necesita aclarar en el auto impugnado; y por otro, al considerar que la demanda sí cumplía con los requisitos legales determinados para su admisión, su finalidad en el escrito de ampliación y aclaración está orientada a que se revea la decisión de inadmisión, lo que no es procedente bajo ninguna circunstancia”.

La resolución de negar la ampliación y aclaración solicitada por el exmandatario Correa se adoptó el 26 de febrero pasado, pero fue notificada a las partes la mañana de este viernes.

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Dentro de este mismo proceso en la CC se conoció que los jueces constitucionales Corral, Herrería y Lozada Ponce rechazaron los recursos de revocatoria contra la resolución de inadmisión del recurso extraordinario de protección presentados por los empresarios Teodoro Calle y Édgar Román Salas. Ambos son parte de la lista de 20 sentenciados en el caso Sobornos y recibieron una pena de ocho años de cárcel y la cancelación de $ 778.000 como reparación integral como autores directos del delito de cohecho. (I)

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