Una vez que la defensa de Jorge Glas cumplió con los requerimientos de la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha Melissa Muñoz, la magistrada convoca para el próximo 12 de enero, a las 10:30, que se instale la audiencia de pena única solicitada a favor del exvicepresidente que se encuentra en “libertad provisional” desde el 28 de noviembre pasado.

La primera diligencia estuvo dispuesta para el 12 de diciembre pasado, pero debido a un cambio de última hora de abogado defensor del líder correísta, la jueza Muñoz decidió diferir la audiencia en la que se iba a tratar el pedido para que se unifiquen las dos penas en firme que mantiene el líder correísta por hechos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública.

La prioridad para la defensa de Jorge Glas es pedir la unificación de penas para así conseguir la prelibertad

Ese día Muñoz le dio 48 horas a la defensa de Glas para que presente documentos originales o copias debidamente certificadas del tema de salud que argumentó el vicepresidente como una de sus dos razones para pedir que se difiera la diligencia. Luego, y por dos ocasiones, la jueza le dio cinco días al exvicepresidente para que presente debidamente avalado por el Ministerio de Salud Pública el certificado médico emitido por un neurocirujano.

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Las partes procesales convocadas deberán comparecer de manera presencial a una de las salas de audiencias de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias, en el cuarto piso del Complejo Judicial Norte, en Quito.

La jueza Muñoz señaló que a la diligencia deberá comparecer el responsable del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Varones número 2 o Cárcel 4 para que sustente las condiciones subjetivas del privado de la libertad Jorge Glas, conforme lo dispone el artículo 35, inciso tercero, del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social.

Esta autoridad deberá comparecer con su respectivo abogado patrocinador, quien fundamentará en legal y debida forma su posición respecto a la petición de unificación de penas.

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Édison Loaiza, parte de la defensa de Glas, cree que no existe argumento legal alguno para que se niegue la pena única. Según él, el expediente que debía presentar quien hace el pedido de pena única, Diego Flores, director de la Cárcel 4, está completo, pues contaría con las sentencias en firme de los casos Odebrecht y Sobornos, informes de buena conducta, de que estaba en un área de mínima seguridad, certificados de estudios realizados mientras ha estado en la cárcel y demás documentos subjetivos que deben agregarse a la petición.

Justamente esos son los documentos que deberá analizar la jueza en audiencia, luego de escuchar la fundamentación de la petición que hará el director de la Cárcel 4 o su representante legal. Si Muñoz cree que existe la documentación que respalda el pedido accedería a lo solicitado, pero de encontrar algún faltante podría suspender la diligencia hasta que se complete la documentación o si existe alguna incompatibilidad legal la negativa sería la respuesta.

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La jueza de Garantías Penitenciarias también dispuso la comparecencia a la audiencia del 12 de enero próximo de un representante de la Fiscalía General del Estado y de la Defensoría Pública.

La noche del 28 de noviembre pasado Glas obtuvo una boleta de excarcelación que le permitió salir de la cárcel y pasar a cumplir fuera de ella lo que le resta de sus penas por asociación ilícita y cohecho. La decisión de que él cumpla su pena en libertad provisional –la cual estará vigente hasta que un juez de Garantías Penitenciarias la revoque– la adoptó el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas Émerson Curipallo, al aceptar medidas cautelares autónomas solicitadas por quien es ahora su abogado en el tema de la pena única: Christian Estalin Palacios Zambrano.

El hombre fuerte de los sectores estratégicos en el periodo correísta dejó la Cárcel 4, en Quito, hace 37 días para cumplir las medidas cautelares de presentación periódica todas las semanas en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y la prohibición de salida del país. Según Curipallo, su decisión buscó precautelar los derechos del sentenciado, pues, desde su análisis, existía una demora que persiste en el trámite para dar cumplimiento a los beneficios penitenciarios (pena única y prelibertad) que habría solicitado desde hace algún tiempo la defensa del ex segundo mandatario.

Jorge Glas termina el año en ‘libertad provisional’, a la espera de audiencias en las que se le defina su pena única y prelibertad

El análisis de la pena única que pide Glas debe darse respecto a una condena en firme de seis años de cárcel como autor del delito de asociación ilícita (caso Odebrecht), en la que debe pagar una reparación económica al Estado de $ 7,5 millones; y la sanción de ocho años de prisión por ser autor mediato por instigación de un cohecho (caso Sobornos) en el que debe cancelar $ 778.224.

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La audiencia para analizar la pena única fue solicitada por el abogado Loaiza casi de inmediato de que se conoció, el 10 de noviembre pasado, que un Tribunal de la Corte Nacional, por unanimidad, resolvió la nulidad procesal de todo lo actuado dentro del caso Singue, es decir, anuló el fallo de primer nivel de ocho años de cárcel contra Glas, quien fue sentenciado junto con seis personas más por el delito de peculado.

Basados en el principio de concentración, adelantó Loaiza, pedirán que cuando se dé la audiencia de pena única, también se resuelva el pedido de prelibertad. De no darse paso a este segundo pedido, se aseguró que con la resolución de la unificación de penas solicitarán una nueva audiencia para que se defina la prelibertad a la que tiene derecho el excompañero presidencial de Rafael Correa, según Loaiza, al haber sido condenado con el Código Penal derogado y haber cumplido más del 40 % de la pena impuesta. (I)