“En el presente caso, la conducta de los (cinco) procesados se adecúa al tipo penal de asociación ilícita, que afecta de forma directa a la Función Judicial, por encontrarse vinculados exfuncionarios de la Función Judicial, que atenta contra la misión, función, transparencia e imagen institucional, por lo que corresponde al Consejo de la Judicatura (CJ) el defender y salvaguardar los intereses institucionales. Por ello, presentamos acusación particular”.