La mañana de este viernes, el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Walter Macías resolvió llamar a juicio en calidad de autora directa por el delito de concusión a Nívea Vélez, exasambleísta por la provincia de Loja, y sobreseyó a Adriana C. La decisión se dio a conocer en la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio que se suspendió el 17 de agosto pasado en la Corte Nacional.

El fiscal general subrogante Wilson Toainga aseguró en audiencia que hay suficientes indicios que revelan que, desde noviembre de 2009 hasta marzo de 2013, Nívea Vélez, en su calidad de asambleísta y abusando de su cargo, ordenó, exigió y recibió de manera directa y mandando a percibir a través de funcionarios subordinados a ella, tanto en el despacho de la Asamblea como en el de la Comisión Especializada de los Derechos de los Trabajadores, el pago de contribuciones y sueldos no debidos de sus colaboradores.

Fiscalía pide se llame a juicio a exasambleísta Nívea Vélez en calidad de autora directa del delito de concusión

Macías coincidió con el dictamen acusatorio de Fiscalía, explicando que existen elementos suficientes que hacen presumir la existencia del delito de concusión tipificado y sancionado en el artículo 264 del Código Penal, vigente en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal. Vélez es llamada a juicio en calidad de autora directa.

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Además del auto de llamamiento a juicio, el juez Macías modificó la medida cautelar de tipo real de retención de fondos e inversiones en el sistema financiero y prohibición de enajenar impuesto a la exlegisladora. Ahora la retención de cuentas, fondos de inversión y demás valores en el sistema financiero de Vélez será por un monto de $ 40.879,29; mientras que la prohibición de enajenar los bienes de la exasambleísta en Quito y Loja será por un valor de $ 163.517,16.

Hasta que se defina y luego se realice la audiencia de juzgamiento contra Nívea Vélez, ella deberá seguir cumpliendo la medida cautelar de presentación periódica y prohibición de salida del país.

Respecto a Adriana C., el juez nacional señaló que se dicta el auto de sobreseimiento debido a que no se encontraron elementos suficientes que revelen la participación de la sospechosa. A favor de ella se revocaron todas las medidas cautelares dispuestas.

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Defensa de exasambleísta Nívea Vélez, acusada de concusión, pide se declare maliciosa y temeraria la denuncia de la acusación particular

Respecto al pedido hecho por Gina Gómez de la Torre, abogada de Vélez, durante el segundo día de audiencia preparatoria de juicio por el delito de concusión, para que se declare maliciosa y temeraria la acusación particular hecha por Vicente Ogoño, el juez Macías desechó lo solicitud indicando que no se ha encontrado ningún indicio de comportamiento malicioso o temerario del acusador particular.

“Estas contribuciones, cuotas o sueldos no debidos fueron depositados o transferidos a la cuenta personal de la asambleísta (Nivea Vélez), pero mayoritariamente estaban destinados a cubrir los gastos de la oficina de la entonces asambleísta en la ciudad de Loja, así como arriendos y remuneraciones de las personas que trabajaban en su oficina, entre otros”, explicó Toainga durante la audiencia.

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La investigación realizada por la Fiscalía señala que el monto total que habría llegado a manos de la entonces legisladora Vélez es de $ 40.879,29.

Otros casos por el delito de concusión procesados por la justicia

La causa de Vélez es uno de los varios casos por los denominados “diezmos” que ocurrieron al interior de la Asamblea Nacional en períodos pasados y por los que ya la justicia ecuatoriana ha emitido sentencias o sigue adelante con los procesos penales respectivos.

Uno de ellos y en el que hasta el momento existe una sentencia de segunda instancia de dos años de cárcel es el que se le inició a la exasambleísta y exvicepresidenta de la República de Lenín Moreno, María Alejandra Vicuña. Inicialmente ella fue sentenciada a un año de cárcel, pero en la apelación y ha pedido de la Fiscalía y la Procuraduría, la pena se incrementó a dos años.

En la audiencia de revisión de las medidas cautelares dada en la Corte Nacional de Justicia y solicitada por la exasambleísta Karina Arteaga (c) estuvo presente vía telemática la denunciante del caso Verónica Pinargote (d) Foto: Cortesía

Según Fiscalía, Vicuña en calidad de asambleísta exigió y recibió dineros a cambio de estabilidad laboral. Los cobros a excolaboradores en la Asamblea habrían alcanzado la suma de $ 43.295 por concepto de contribuciones o diezmos para financiar al movimiento político Alianza Bolivariana Alfarista.

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A inicios de julio pasado, el juez Walter Macías durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio contra la exlegisladora por Manabí, Karina Arteaga, su esposo Jhon Arturo Álava y Jenny Muñoz, exfuncionaria de la Asamblea, resolvió que en el caso existe una violación del procedimiento y declaró la nulidad procesal desde el primer día de la vinculación a la instrucción fiscal por el delito de concusión.

En esta casa, la teoría de Fiscalía apunta que Arteaga, a quien se le cambió e arresto domiciliario por la presentación periódica, en calidad de legisladora habría exigido aportaciones indebidas a sus colaboradores en la Asamblea a través de terceros. La Fiscalía mantiene elementos que revelarían que Arteaga, en 2018, dijo a su personal que podían conseguir un empleo, pero con un aporte de su remuneración mensual.

La exasambleísta Norma Vallejo (d) asistió a la sala de la CNJ donde se instaló la audiencia de juicio en su contra por el delito de concusión. (CORTESÍA)

El fiscal Toainga ha dicho que sobre estos hecho existirían depósitos hechos en la cuenta del esposo de la entonces asambleísta por aproximadamente $ 31.000. En mayo de 2019, Verónica Pinargote, excolaboradora de Arteaga, acudió a la Fiscalía a denunciar que su exjefa le exigía $ 2.861 mensuales a cambio de mantenerla en su puesto de trabajo como asesora.

A decir de la denunciante, el dinero exigido habría sido “depositado mensualmente en una cuenta bancaria a nombre del cónyuge de la entonces asambleísta, para cubrir una cuota por la adquisición de un vehículo y otros gastos personales”.

El 7 de enero pasado, un Tribunal de Apelación de la Corte Nacional aceptó en su totalidad el recurso interpuesto por la Fiscalía y la acusación particular a la sentencia de un año de cárcel que recibió por el delito de concusión la exasambleísta Norma Vallejo, modificándola e incrementándola en segunda instancia a dos años de prisión.

En julio del 2020 Vallejo fue encontrada culpable del delito imputado en calidad de autora directa y recibió una pena reducida de una año, debido a que se tomaron en cuenta dos atenuantes.

La Fiscalía acusó a Vallejo de exigir y recibir aportes y depósitos no voluntarios a sus entonces colaboradores en la Asamblea, todo con el fin de que puedan ellos mantener sus cargos. Los dineros manejados en este caso aparentemente habrían sido entregados en efectivo y depositados en su cuenta personal.(I)