Una vez que el juez Walter Macías y los conjueces Adrián Rojas y Bayardo Espinosa, integrantes del Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por escrito ratificaron la sentencia emitida el pasado 10 de febrero en el caso conocido como Las Torres, corren los tiempos que tienen los sujetos procesales para interponer los recursos horizontales de aclaración y ampliación y el recurso vertical de apelación a la sentencia de primer nivel notificada.

Más de dos meses le tomó a los integrantes de la Sala de Juzgamiento deliberar y decidir de forma unánime la pena de trece años y cautro meses de cárcel para el excontralor subrogante Pablo Celi y el exgerente de Petroecuador Pablo Flores, y condenas de seis meses, siete y nueve años de cárcel para otras nueve personas; y más de cinco meses debieron esperar la partes procesales para recibir la sentencia por escrito.

Macías, Rojas y Espinosa sostienen en su resolución que los hechos probados han permitido definir que los procesados Pablo Celi y Pablo Flores mientras ostentaban sus funciones como servidores públicos, “estuvieron al mando y el cargo de las actividades de la estructura de la delincuencia organizada, conformada para exigir beneficios económicos mediante amenazas a la empresa Nolimit C. A.”.

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Pablo Celi asegura que en el caso Las Torres es ‘víctima de una confabulación penal fraudulenta’ y de un ‘fraude premeditado, políticamente conducido’

Celi y Flores recibieron la pena máxima más agravantes al ser identificados en la estructura como líderes y autores directos del delito de delincuencia organizada. Los restantes nueve procesados se los señaló como autores directos del delito, pero con la calidad de colaboradores,

La delincuencia organizada perseguida habría ocurrido entre 2017 y 2020 a través de instancias públicas como la Contraloría General de Estado (CGE), la empresa pública Petroecuador y la Secretaría de la Presidencia de la República en el gobierno de Lenín Moreno. Según la Fiscalía, en estas tres instancias habría operado un grupo estructurado que cobraba sobornos a empresas contratistas a cambio de liberar pagos o desvanecer glosas.

En el caso Las Torres, dijo en su momento la fiscal general, Diana Salazar, se buscaba obtener a cambio de desvanecer una glosa y facilitar el pago de facturas el 20 % de una factura de $ 20,3 millones que se debía pagar a la empresa Nolimit.

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Pablo Encalada, abogado de Flores, sostiene que es un sinsentido decir en la acusación de la Fiscalía que su defendido es el líder o está a la cabeza de una organización criminal que tiene una estructura de un grupo criminal como los Chone Killers o la del Chapo Guzmán.

“La acusación de Fiscalía es de una tentativa de soborno, que supuestamente Pablo Flores había solicitado un sobornos a través de terceras personas, pero que finalmente ese sobornos nunca se consumó. Con eso ya es líder de una organización criminal y condenado a una pena de trece años de cárcel”, refirió Encalada, defensa que apelará el fallo de primera instancia.

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Por su parte, el excontralor Pablo Celi insiste en su inocencia y aclara que probará, en derecho, las violaciones al debido proceso, la inconsistencia jurídica y la nulidad absoluta de una sentencia carente de motivación, la cual, adelantó, objetará en fase de apelación. Celi ha criticado las actuaciones del presidente del Tribunal, Walter Macías, dentro de un caso en el que, dice, se ha evidenciado la utilización de la Fiscalía y del sistema penal para la “judicialización política”.

“No se demostró en el proceso, con ninguno de los medios de prueba documentales, periciales y testimoniales, manipulados por la Fiscalía, que Pablo Celi haya incurrido en una conducta culpable ni en acto ilegal alguno en su desempeño como Contralor General del Estado. Sin embargo para sentenciar se aplica, en forma indebida y extensiva, el tipo penal de delincuencia organizada establecido para casos de terrorismo y no de administración pública, más allá d ela norma nacional y los convenios internacionales y sin que concurra ninguno de los elementos que lo configuran, respoendiendo al único fin de este juicio: mi porscripción política y el menoscabo de mis resoluciones como autoridad de control”, señaló en un comunicado el excontralor Celi.

En el escenario de colaboración el Tribunal de Juzgamiento ubicó a Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Martha Barrezueta, Esteban Celi, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez, Andrés Luque y Adolfo Agusto Briones.

Pese a que estos nueve procesados son señalados como autores directos en calidad de colaboradores, el Tribunal de forma unánime dispuso que al existir la agravante de ser servidores públicos, los exfuncionarios de Petroecuador Natalia Cárdenas y Mauricio Orellana deben recibir una sentencia de nueve años y cuatro meses de prisión. Finalmente, la Sala definió para Esteban Celi, De Guzmán, López, Rodríguez, Luque y Briones una pena de siete años de cárcel para cada uno.

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Procesada en el caso Las Torres apuntó a la suspensión condicional de la pena para no ir a la cárcel; defensas están aún a la espera de la notificación por escrito del fallo

El Tribunal luego de analizar la cooperación eficaz dada en este caso a la Fiscalía por la procesada Martha Barrezueta se le impuso una pena de seis meses de prisión.

Establecer montos diferenciados para los once procesados considerando su participación en el delito delincuencia organizada es lo que además determinó la Sala de Juzgamiento. El Tribunal de la Corte Nacional resolvió que entre los diez de los once acusados, de forma diferenciada, debían completar el pago de una indemnización de $ 1,3 millones.

Flores y Celi fueron sentenciados cada uno a pagar una indemnización de $ 250.000, mientras que los restantes ocho procesados deberían cancelar $ 100.000 como indemnización al Estado. Únicamente a Barrezueta no se le definió un monto de indemnización sino solo una multa de $ 788. Al igual que Celi y Flores los nueve procesados también pierden sus derechos políticos por el tiempo que duren sus condenas de prisión.

Desde finales de septiembre pasado, el empresario Pedro Saona está a la espera de que se le defina una fecha para la audiencia de juzgamiento por delincuencia organizada en el caso Las Torres. Saona llegó extraditado a Ecuador desde República Dominicana y actualmente mantiene la medida cautelar de arresto domiciliario. Él no pudo ser enjuiciado con el grupo de once acusados porque llegó cuando ya se estaba dando la audiencia de juicio contra ellos.

Además de la causa por delincuencia organizada, Saona es procesado por el delito de cohecho en el denominado caso China CAMC. Esta causa penal nace de información del caso Las Torres y es compartida con los hermanos Celi, la empresa China CAMC Engineering Co. Ltda. y el exrepresentante en Ecuador de esta última, Liang Yang.

Antes de que se puedan evacuar los pedidos de apelación a la sentencia que se presenten, el Tribunal de Juicio primero deberá dar contestación a los pedidos de ampliación o aclaración que se soliciten. Una vez esto se concrete, en el interior de la CNJ deberá darse un sorteo para definir a los jueces que integrarán el Tribunal de Apelación que conocerá los recursos verticales. (I)