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Cuestiones de salud de Jorge Glas hacen que jueza le permita participar vía telemática de la audiencia en la que se analizará su pedido de pena única

Jorge Glas lleva 43 días fuera de la cárcel debido a que un juez dio paso a un pedido de medidas cautelares autónomas solicitadas a favor del exvicepresidente.

Quito 28 de noviembre del 2022. El exvicepresidente Jorge Glas salió de la Cárcel 4, al norte de Quito, a finales de noviembre pasado, gracias a medidas cautelares que le otorgó un juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas. API / DANIEL MOLINEROS Foto: El Universo

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Aunque inicialmente se dispuso que quienes participen en la audiencia de pena única solicitada a favor del exvicepresidente Jorge Glas comparezcan de manera presencial, la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha, Melissa Muñoz, decide que únicamente el líder del correísmo use la vía telemática para asistir a la diligencia convocada para este 12 de enero en una de las salas del cuarto piso del Complejo Judicial Norte, en Quito.

El 28 de noviembre pasado, Glas salió la Cárcel 4, ubicada al norte de la capital ecuatoriana, y se encuentra en la ciudad de Guayaquil cumpliendo una “libertad provisional” definida por el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas, Émerson Curipallo, al acoger medidas cautelares autónomas planteadas a favor del exbinomio presidencial de Rafael Correa.

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En la decisión de Curipallo se aclara que la “libertad provisional” estará vigente hasta que un juez de Garantías Penitenciarias la revoque. Desde la fecha en que dejó la carcel el exsegudo mandatario se ha presentado seis veces en la Penitenciaria del Litoral, en Guayaquil, como parte de las medidas cautelares dispuestas por el juez constitucional. Glas también tiene la prohibición de salida del país.

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Para decidir que Jorge Glas sea él único sujeto procesal que asista a esta diligencia vía telemática, la jueza Muñoz tomó en cuenta la documentación parte del Informe Técnico de Documentos Médicos correspondientes al exvicepresidente, emitido por la Coordinación Zonal 8 del Ministerio de Salud. En el informe se justifica el aval del certificado médico suscrito por el doctor Paúl Mejía Andrade y se explica que Jorge Glas en semanas anteriores ha sido sometido a una intervención quirúrgica, por lo que requeriría comparecer vía telemática a la audiencia oral convocada para el 12 de enero próximo.

“Esta autoridad a fin de garantizar el derecho a la salud de la parte requirente (Jorge Glas) y considerando que uno de los fines del sistema procesal es velar por la eficacia y celeridad de la administración de justicia (...) se dispone que únicamente Jorge Glas comparezca de manera telemática a través de la plataforma zoom a la audiencia convocada”, explica la juexza en su providencia.

La primera audiencia para definir la pena única estuvo dispuesta para el 12 de diciembre pasado, pero debido a un cambio de última hora de abogado defensor de Glas, la jueza Muñoz decidió diferir la audiencia en la que se iba a tratar el pedido para que se unifiquen las dos penas en firme que mantiene el líder correista por hechos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública: seis años de prisión por el delito de asociación ilícita relacionado a la trama corrupta definida en Ecuador por Odebrecht y ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado dentro del caso Sobornos 2012-2016.

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A la diligencia de pena única deberá comparecer el responsable del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Varones número 2 o Cárcel 4, para que sustente las condiciones subjetivas del privado de la libertad Jorge Glas, conforme lo dispone el artículo 35, inciso tercero, del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social. Además, Glas, su defensa y un representante de la Fiscalía General del Estado y de la Defensoría Pública.

La defensa de Glas piensa que no existe argumento legal alguno para que se niegue la pena única que se solicita. Según los abogados del exvicepresidente, el expediente que debía presentar quien hace el pedido de pena única, Diego Flores, director de la Cárcel 4, está completo, pues contaría con las sentencias en firme de los casos Odebrecht y Sobornos, informes de buena conducta, de que estaba en un área de mínima seguridad, certificados de estudios realizados mientras ha estado en la cárcel y demás documentos subjetivos que deben agregarse a la petición. (I)

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