La Presidencia de la República pide a la Corte Constitucional que suspenda la audiencia pública convocada para este 18 de agosto, antes de resolver decenas de demandas de inconstitucionalidad planteadas en contra de la Ley Orgánica de Integridad Pública.
En el despacho del juez constitucional José Terán se tratan 19 demandas de inconstitucionalidad planteadas por grupos de la sociedad civil en contra de la Ley de Integridad aprobada por la bancada de Gobierno, Acción Democrática Nacional (ADN), y aliados en la Asamblea Nacional.
El juez admitió a trámite la acción planteada por la Unión Nacional de Educadores (UNE), a la que se acumularon las de la Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemje) y la Federación de Asociaciones de Servidores Universitarios y Politécnicos, y otras más.
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Convocó para este 18 de agosto de 2025 a las 10:00 a la audiencia pública virtual para escuchar a las partes procesales explicar sus argumentos que sustentan el pedido de inconstitucionalidad y de quienes la defienden.
El secretario jurídico de la Presidencia, Stalin Andino, ingresó un escrito a la Corte en el que pide el diferimiento de la diligencia para preparar su defensa, ya que se acumularon las demandas de la asociación de jueces y de los servidores universitarios.
Esto, pese a que el magistrado concedió quince días para que presenten sus argumentos por escrito, como lo determina la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
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Uno de los artículos sobre los que se pide la inconstitucionalidad se refiere al artículo 6 de la ley que reforma la ley Orgánica de Servicio Público (Losep) sobre la estabilidad laboral en el Estado y la asignación a un estímulo económico a los 65 años a quienes decidan jubilarse.
A criterio de los demandantes, esto afecta la estabilidad al ocupar una función en el sector público.
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Hasta el cierre de esta publicación, el magistrado no se ha pronunciado a través de sus autos, si acepta o niega el pedido de Andino.
Por su parte, el presidente de la UNE, Andrés Quishpe, indicó este miércoles en declaraciones de prensa que el próximo lunes sus miembros harán una concentración en los exteriores del edificio de la Corte, en el centro norte de Quito, desde las 09:30, para defender las razones por las que consideran que el articulado debe declararse inconstitucional.
Demandas sobre las leyes de Inteligencia y Solidaridad Nacional
Respecto de la Ley Orgánica de Inteligencia, aún no se convoca a audiencia pública. Pero el Tribunal de Admisión negó el pedido de la Presidencia de revocar las medidas cautelares a 21 artículos impugnados y otro del reglamento a la norma que emitió el mandatario mediante decreto ejecutivo.
Se aclaró que la suspensión de estos artículos incluye también las disposiciones derogatorias, “en tanto no sean contradictorias con las disposiciones no suspendidas de la ley y su reglamento”.
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Es decir, todas aquellas disposiciones de la Ley Orgánica de Seguridad Pública y del Estado que fueron derogadas en la de Inteligencia están vigentes.
Esto, debido a que el Gobierno nacional difunde el mensaje de que, aparentemente, con la suspensión de varios artículos de la Ley de Inteligencia, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) se ha visto impedido de realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad del Estado.
El ministro del Interior, John Reimberg, afirmó en una entrevista el jueves anterior que, con esta medida, la CC mandó de “vacaciones” a los grupos criminales y dio facilidades para que manejen los dineros ilegales en el sistema financiero.
Respecto de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, hay seis demandas, de las que cinco fueron admitidas; sobre la Ley de Inteligencia hay dos demandas, y en contra de la ley de Integridad Pública hay 27 demandas y varias unificadas.
Uno de los argumentos de las objeciones interpuestas por actores políticos, como el partido Unidad Popular, de defensa de derechos humanos y abogados en el libre ejercicio, es que la Ley de Solidaridad vulnera el principio de unidad de materia en la construcción de la norma que tenía el carácter de económico urgente, ya que se reformaron varios cuerpos legales.
En respuesta, el abogado del Palacio de Gobierno justificó ante la CC que “si bien la ley contiene disposiciones reformatorias a varios cuerpos normativos, esta condición no puede ser considerada como vulneratoria del principio de unidad de materia, pues lo que debe examinarse es la conexión que mantienen las disposiciones reformatorias entre sí y el objeto de la Ley en la cual fueron debatidas e incorporadas”, se detalla en un escrito ingresado al expediente. (I)