Tres de los cuatro procesados por el delito de cohecho, al ser parte de una supuesta estructura que pedía dinero a cambio de entregar puestos públicos, buscan que se revise la medida cautelar de prisión preventiva ordenada por el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Luis Rivera. La instrucción fiscal dentro de la causa arrancó el 16 de mayo pasado con la formulación de cargos contra Xavier Vera Grunauer, exministro de Energía de Guillermo Lasso.

Casi 50 días han transcurrido de una instrucción fiscal que inicialmente fue definida para 90 días, pero que luego de la vinculación de Alfonso Zamora, el 29 de mayo último, y de Armando Robalino y Allan Velasco, el 26 de junio pasado, la etapa se alargó, siendo los 120 días la fecha máxima para concluir la fase de instrucción fiscal.

Vera Grunauer, Robalino y Velasco, quienes han pedido que se revise su medida cautelar, recibieron la orden de prisión preventiva. El exministro es el único que cumple su medida en un centro de privación de la libertad en Guayaquil, pero los dos últimos, quienes se habrían presentado como asesores de Vera Grunauer para cobrar dineros y ofrecer cargos, no han podido ser detenidos debido a que habrían salido del país hacia Lima, Perú, en diferentes fechas de octubre de 2022.

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Ciudadano que entregó $ 150.000 por un cargo público fue vinculado a la causa por cohecho en el que se procesa al exministro de Energía, Xavier Vera Grunauer

Según la Fiscalía, el 12 de mayo de 2022, Alfonso Zamora ingresó a trabajar en la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, perteneciente al Ministerio de Energía y Minas, en el cargo de coordinador zonal de Imbabura, debido a que entregó como pago por el puesto $ 150.000. Ese dinero habría sido requerido en un primer momento por Robalino, alias el Chavo, y Velasco. Después, supuestamente, en mayo de 2022, habría sido directamente el propio ministro de Energía quien solicitó la entrega de lo ofrecido en su vivienda ubicada en Samborondón, provincia del Guayas.

Así se habría reafirmado el pago de los $ 150.000 a cambio del cargo de coordinador zonal de la Agencia de Regulación y Control, e incluso, se resaltó en las audiencias, le habrían brindado a Alfonso Zamora la posibilidad de escoger la coordinación de Imbabura o la de Azuay y que la “dádiva” la podría pagar en partes.

Zamora es el único que mantiene la medida cautelar de presentación cada quince días ante una autoridad judicial y la prohibición de salida del país. Tanto el exministro Vera Grunauer como Zamora son investigados como autores directos del cohecho que se analiza; mientras que Robalino y Velasco son ubicados como cómplices, es decir, las actuaciones de estos últimos habrían facilitado el cometimiento del delito de cohecho.

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De Robalino y Velasco, el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, señaló que existen elementos suficientes (testimonios, documentos, audios, entre otros) que revelarían la participación de estos en la entrega y recepción de dineros indebidos a cambio de beneficios personales dentro de la Administración pública.

En la audiencia de finales de junio pasado, el fiscal Toainga presentó contra Robalino y Velasco, a quienes se los vería como los operadores del exministro de Energía, versiones y mensajes de texto que hablan de temas aprobados, del envío de currículums, de la oferta de cargos, de reuniones en Guayaquil, Machala y Quito y de que Velasco “es un buen asesor y recaudador”, o de que una vez en octubre de 2021, un integrante del Comité de Ética del ministerio recibió una llamada en la que se le decía que Allan Velasco y otras personas “son los operadores de Xavier Vera (Grunauer), que se dedica a extorsionar a los mineros ilegales, les piden $ 5.000 por máquina mensual en todo el país”.

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Por el delito de cohecho, juez ordena prisión preventiva para exministro Xavier Vera Grunauer y el procesado permanecerá encarcelado en Guayaquil

Aún no existe una fecha tentativa para que se realice la audiencia en la que se escuchen los argumentos de los tres acusados y de la Fiscalía para pedir o contradecir lo que se solicita.

A la defensa de Robalino y Velasco se les negó determinar otra medida cautelar que no sea la prisión preventiva, porque ellos están fuera del país y existen fundadas razones para afirmar que esta acción puntual de los procesados entorpecería la normal administración de justicia al no poder cumplir la pena ni acudir a la audiencia de juicio. Para Toainga era pertinente la orden de prisión preventiva ante el riesgo procesal de fuga.

Tanto Robalino como Velasco habrían salido hacia Lima, Perú, después de que se cometieron los hechos investigados y se hicieron públicos unos audios que dieron origen al proceso de investigación previa. Armando Robalino salió el 25 de octubre del 2022, un día después de haberse publicado los audios en el medio digital La Posta, mientras que Allan Velasco lo hizo días después, el 28 de octubre del 2022.

El artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) explica sobre el cohecho que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, enumeradas en la Constitución, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, beneficio económico indebido o de otra clase para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilizar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones, serán sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años.

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También se aclara en la norma que si la o el servidor público ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años, o si la conducta descrita es para cometer otro delito, la o el servidor público será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (I)