En la Asamblea Nacional se prevé discutir un proyecto de ley enfocado en la gestión de las áreas protegidas que preocupa a sectores sociales por la aplicación de la consulta previa, libre e informada para ingresar en sus territorios.
Para este jueves 10 de julio de 2025, desde las 14:00, el presidente de la Legislatura, Niels Olsen Peet, convocó al pleno a tratar el informe para segundo debate respecto del proyecto de ley orgánica para el fortalecimiento de las áreas protegidas de carácter económico urgente propuesto por el presidente de la República, Daniel Noboa.
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El proyecto se trató en la Comisión de Desarrollo Económico de mayoría oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y concentra aspectos como la creación del Servicio Nacional de Áreas Protegidas; de un fideicomiso para la gestión de este Servicio.
Así también, el ingreso de la fuerza pública a territorios indígenas en casos de emergencia y por la presencia de grupos criminales; y, el desarrollo de proyectos para la ‘gestión ambiental’ que inquietan por la aplicación de la consulta previa, libre e informada cuando se trate de territorios ancestrales.
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Entre sus artículos, la norma exceptúa de su aplicación a las islas Galápagos y los “territorios donde habitan pueblos de aislamiento voluntario; aquellos donde se encuentran asentadas poblaciones que poseen usos consuetudinarios tradicionales, ecosistemas frágiles y las zonas de recarga hídrica”.
Pero sectores de la sociedad civil como la Confederación de Nacionalidades Indígenas (Conaie) o la organización no gubernamental Amazon Front Lines (AFL) exponen sus reparos.
Esta última apuntó a que hay una “redacción ambigua”, por ejemplo, sobre el ámbito de aplicación de la norma, porque se excluye a los pueblos indígenas, pero si no tienen un reconocimiento territorial formal, el “Estado puede reclamar propiedad sobre territorios ancestrales”.
Les preocupa que se promueva la privatización por la participación de la empresa privada en proyectos de gestión y conservación.
Además, que la constitución del fideicomiso “carece de mecanismos de participación comunitaria y podría ser manejado discrecionalmente por el Gobierno. No se garantiza acceso directo ni beneficios concretos para pueblos indígenas”, señala un comunicado.
Otro hecho apunta a los convenios de cooperación que se proponen, que según AFL, “no reconocen titularidad territorial y consolidan una relación jerárquica revocable y excluyen el derecho a la autodeterminación”.
Aunque la propuesta incluyó en las disposiciones generales que previo al desarrollo de los proyectos que se encuentren en los territorios de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, se debe garantizar el cumplimiento de los derechos colectivos previstos en el artículo 57 de la carta política, “se conduce a la creación de un sistema altamente centralizado, discrecional y sin controles democráticos efectivos”.
“A pesar del lenguaje técnico y ambientalista, lo que se configura es un marco legal que deja en manos exclusivas del Ejecutivo la posibilidad de definir, mediante reglamento, aspectos fundamentales como la aplicación de la consulta previa, la gestión del fideicomiso y la categorización de usos en territorios ancestrales”, señala un comunicado emitido este 9 de julio de 2025.
Por su parte, la Conaie cuestionó que el proyecto vulnera el principio de la consulta previa, libre e informada para los pueblos y nacionalidades; y que se pretende entregar sus territorios a empresas privadas extranjeras, mediante contratos que los hará directamente el Gobierno nacional.
“El proyecto abre la puerta a la militarización bajo el pretexto de la seguridad. (...) Esta ley representa una forma encubierta de despojo territorial y una violación de los derechos colectivos”, cita la misiva del movimiento indígena.
El informe para segundo debate incluyó una disposición que determina que para desarrollar proyectos que se encuentren en los territorios de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, considerando que los mismos no incluyen actividades de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables, deberá garantizarse lo establecido en los numerales 5, 7, 8 y 9 del artículo 57 de la Constitución.
Es decir, que se les garantizará la posesión de las tierras y territorios ancestrales y su adjudicación gratuita; la consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente.
Conservar sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural; de ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos colectivos; así como conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social.
Sin embargo, AFL —refiere por ejemplo— que el Estado no ha reconocido a los territorios como indígenas, ni los ha limitado por lo que podría desplazarlos para este tipo de proyectos.
Adicionalmente, advierten del riesgo de que los procesos de consulta se regulen vía reglamento y el Ejecutivo “se reserve la posibilidad de continuar con proyectos a pesar de la oposición mayoritaria”.
En su caso, el oficialismo alega que en el Ecuador hay 91 tipos de ecosistemas y 56 áreas protegidas administradas por el Estado y, de los estudios oficiales, se han identificado 796 focos de alerta por minería ilegal, por lo que el objetivo es constituir un nuevo modelo de gestión que incluye no solo la administración estatal, sino también la posibilidad de colaboración con gestores privados.
Para la aprobación de este proyecto, se requieren de 77 votos afirmativos de los asambleístas presentes. (I)