El pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) solicitó a la Asamblea Nacional que, en el plazo de diez días, complete la terna para la selección de los vocales —principales y suplentes— del Consejo de la Judicatura, correspondiente al periodo 2025-2031.
La decisión la tomó en la sesión extraordinaria realizada este sábado, 23 de agosto, en la que aceptó la renuncia irrevocable presentada por María Emilia Grijalva Reyes a su postulación por parte de la Función Legislativa.
Según lo dispuesto en la normativa vigente para este proceso, la Asamblea Nacional deberá remitir el reemplazo, en el término máximo de diez días, contados a partir de la notificación de la resolución.
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La moción de aceptación de la renuncia la presentó la consejera Johanna Verdezoto. En el documento se comunicó a la fuente nominadora, esto es la Asamblea Nacional, que deberá tomar en cuenta que el proceso de selección y designación se encuentra en su fase final.
Verdezoto al fundamentar su moción dijo que el mecanismo de selección fue aperturado para las cinco fuentes, así como lo dispone el reglamento con norma previa. Lo que implica obligatoriamente la designación de los cinco vocales principales y suplentes.
Con ello, dijo el CPCCS, se garantiza el respeto al debido proceso y la legitimidad de este procedimiento frente a una situación no prevista. Lo importante, añadió, es establecer el mecanismo para dar continuidad a este proceso de selección.
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El consejero Gonzalo Albán, al motivar su voto, señaló que cuando una persona íntegra renuncia no se aleja simplemente, sino que más bien invita a reflexionar.
Agregó que lo presentado por María Emilia Grijalva no es una mera renuncia, sino una señal clara de que ella decidió apartarse porque, desde su perspectiva, no podía avalar un proceso que presenta irregularidades, falta de claridad y divisiones. Indicó que su carta es un gesto de coraje, una llamada de atención sobre las fallas que deben “abordar en lugar de ignorarlas con palabras superficiales”.
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Apuntó que el concurso para integrar el Consejo de la Judicatura ha tenido cuestionamientos legítimos y esto es responsabilidad plenamente del CPCCS, no de los postulantes.
Los cuestionamientos, manifestó, son por la premura en su ejecución, la incertidumbre que ha generado y decisiones que no siempre se alinean con los principios de competencia del marco legal. Afirmó que cuando una persona expresa esas preocupaciones no habría que etiquetarla como conflictiva, sino que merece ser escuchada y no necesariamente marginada.
¿Cómo podemos generar confianza si las impugnaciones se manejan con criterios inconsistentes?, preguntó Albán.
Puntualizó que la renuncia de Grijalva no es un hecho aislado, es un patrón que se ha repetido, que refleja una dinámica que aleja a quienes buscan actuar con rectitud. “La ciudadanía tiene motivos para cuestionar si este Consejo aún cumple su rol representativo. Porque cuando la integridad se toma con barrera, se fortalece la percepción, válida y creciente, de que esta institución debe desaparecer”, subrayó tras afirmar que el CPCCS necesita una sacudida “bien fuerte”.
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La consejera Nicole Bonifaz, antes de consignar su voto, sostuvo que aplaude la postura de la postulante Grijalva y lamentó que una vez más el CPCCS no pueda dar esa seguridad y confianza a la ciudadanía en estos procesos de designación.
“(Lamento que) no tengamos las garantías y es lo que se evidencia dentro y fuera del CPCCS, y por eso estamos como estamos”, expresó también la consejera Piedad Cuarán.
Luego el consejero David Rosero comentó que ya han existido, en otros momentos, renuncias de algunos de los postulantes a las ternas y lo que hace el CPCCS es actuar en correspondencia de los artículos 13 y 14 del reglamento. Como se actuó en las veces anteriores, se requiere que la Asamblea Nacional complete la terna para así continuar con el proceso.
El presidente del CPCCS, Andrés Fantoni, hizo suyo lo manifestado por el consejero Rosero y afirmó que desde antes que lleguen las ternas al Consejo de Participación Ciudadana había renuncias de los postulantes y esa es una decisión personal de quienes conforman las ternas; por lo tanto, que sea la fuente la responsable de los perfiles y remita la terna. Añadió que el proceso de selección está acompañado de una veeduría. (I)