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Con la muerte cruzada Guillermo Lasso ‘le devuelve al pueblo el poder de decidir su futuro en próximas elecciones’

El país irá a elecciones anticipadas de asambleístas y presidente de la República. Mientras tanto, “sin bloqueos” Guillermo Lasso gobernará con decretos leyes.

AME9492. QUITO (ECUADOR), 16/05/2023.- El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, decidió disolver la Asamblea Nacional por grave crisis política y económica. EFE/ José Jácome Foto: EFE

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Con la disolución de la Asamblea Nacional, más conocida como muerte cruzada, el presidente de la República, Guillermo Lasso, empezó a gobernar con decretos ejecutivos de urgencia económica, mientras se elige por voto popular a nuevos asambleístas y presidente de la República para lo que resta del periodo, en un proceso que debe organizar el Consejo Nacional Electoral (CNE) en un plazo de 90 días, según lo determina el Código de la Democracia.

Este 17 de mayo de 2023, el Ecuador amaneció con la noticia de que el primer mandatario resolvió disolver la Asamblea Nacional con base en el artículo 148 de la Constitución, amparándose en la causal de grave crisis política o conmoción interna, sobre la que no requería un dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional (CC).

La Carta Política establece tres requisitos sobre los cuales un presidente de la República puede disolver el Parlamento: cuando a su juicio, este se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo; o, por grave crisis política y conmoción interna.

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La medida se tomó horas después de que Guillermo Lasso compareció ante el pleno de la legislatura, en medio del juicio político que impulsaban bloques de oposición que lo acusaban de incurrir en el delito de presunto peculado.

Guillermo Lasso sorprendió este 17 de mayo con la firma del Decreto Ejecutivo 741 y, en paralelo, explicó por qué lo hizo en una cadena nacional de medios de comunicación que se difundió a las 07:00.

Acompañado de varios de los miembros del gabinete, en el que no participó el vicepresidente de la República, Alfredo Borrero, Lasso señaló que el objetivo fue dar una “respuesta a la crisis política que tiene entrampado al Ecuador”.

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“Ante ustedes comparezco para decirles que no es posible avanzar y enfrentar los desafíos del país con una Asamblea que tiene como proyecto la desestabilización del Gobierno, de la democracia y del Estado”, manifestó.

Recordó que desde que asumió su mandato en mayo del 2021 hubo cuatro ocasiones en las que se intentó deponerlo del Gobierno. Como por ejemplo, las protestas violentas de junio del 2022, protagonizadas por colectivos indígenas, y en los que la Asamblea Nacional debatió destituirlo por grave crisis política.

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A ello se sumaron los pedidos de revocatoria de mandato que impulsaron colectivos políticos y el “proyecto desestabilizador subió de nivel con el bloqueo de iniciativas legislativas”.

Aseguró que el juicio político que impulsaron en su contra se tramitó violentando el dictamen de la Corte Constitucional y la Ley Orgánica de la Función Legislativa y en el que cambiaron por varias veces la acusación sus interpelantes, en referencia a los bloques de UNES y el PSC.

“Lo que sea para alcanzar su objetivo. No se trata de la verdad o luchar contra la corrupción, se trata de tomarse la Presidencia en su camino por usurpar todos los poderes del estado. En eso son expertos, el control total, viene acompañado de autoritarismo, persecución y corrupción. Los acusadores se han obsesionado por acabar con mi gobierno, sin embargo, han sido incapaces de encontrar prueba alguna, porque no hay nada que encontrar”, agregó Lasso en su alocución de casi diez minutos.

Debido a la constante obstrucción que ha generado una “grave crisis política que se refleja en la casi nula confianza”, tomó la decisión para “dar una salida constitucional” y aplicó el artículo 148 de la Constitución. “Me otorga la facultad de disolver la Asamblea por grave crisis política y he firmado el Decreto 741″, dijo.

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Aclaró que con ello solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que convoque de inmediato a las elecciones legislativas y presidenciales para lo que resta del periodo de gestión que concluye en mayo del 2025.

“Esta es una decisión democrática no solo porque es constitucional, sino porque le devuelve al pueblo el poder de decidir su futuro en las próximas elecciones. Esta decisión abre el camino a recuperar la esperanza y permitir al Gobierno centrar sus esfuerzos en atender las necesidades. Sin bloqueos el Gobierno expedirá una serie de decretos leyes que cumplirán con el mandato soberano”, expresó Lasso.

En ese sentido, el primer to que había suscrito -aunque aún no es público- está relacionado con la ley de urgencia económica para reducir impuestos.

Este estaría relacionado con la reducción del impuesto a la renta (IR) a las personas naturales, a través del aumento de los gastos deducibles anuales que podrán ser hasta de $ 15.294 dependiendo del número de cargas familiares.

Según Lasso, serán $ 200 millones que regresarán a los “hogares” de más de 400.000 contribuyentes.

Este decreto ley será enviado a la Corte Constitucional para la revisión de su constitucionalidad.

El jefe de Estado admitió errores de su gestión, pero dijo que se esforzó para que haya un diálogo que garantice gobernabilidad y estabilidad que permita al Estado cumplir con sus atribuciones, pero “el ataque a este Gobierno no tiene límites”.

Una vez que el Ejecutivo publicó el decreto de disolución de la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional Electoral debe convocar a elecciones legislativas y presidenciales para completar el periodo.

Hasta que se instale el pleno legislativo, el presidente podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos leyes de urgencia económica que serían aprobados o derogados por el Legislativo.

El artículo 87 del Código de la Democracia señala que en el caso de producirse la disolución de la legislatura, en un término de siete días después de la publicación del decreto presidencial el CNE convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para lo que resta del periodo (hasta mayo del 2025).

“El Consejo Nacional Electoral podrá disponer que las elecciones se realicen en un plazo menor a 90 días, contados a partir de la convocatoria”.

En concordancia con ello, el artículo 88 expone que si el Consejo Nacional Electoral no cumple con la convocatoria a elecciones en el tiempo previsto la Corte Constitucional le requerirá para que lo observe.

“Si no realiza la convocatoria dentro del término de 48 horas después del requerimiento, la Corte Constitucional hará la convocatoria, destituirá a los consejeros del Consejo Nacional Electoral responsables del no cumplimiento y llamará a los suplentes que completarán el periodo para el cual fueron designados los principales”.

En el caso de que los suplentes tampoco cumplan con el mandato de la Corte Constitucional, los jueces designarán vocales interinos y notificará al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para que proceda con la realización del concurso público de méritos para nombrar a los nuevos integrantes en un plazo de 30 días. Esos vocales serán nombrados por el tiempo que la Constitución establece, es decir, seis años.

Concluido el proceso electoral, el cuarto inciso del artículo 91 del Código de la Democracia manda que en el caso de elecciones anticipadas la posesión de los respectivos cargos, de presidente de la República y asambleístas, no podrá ser posterior a quince días contados desde la fecha de proclamación de resultados. (I)

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