Sea que una persona haya laborado uno, tres, cinco o hasta 25 años en una empresa privada y fue despedida, tendrá derecho a una liquidación.
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Cuando una persona es despedida recibe una liquidación o cuando renuncia corresponde el desahucio.
Sea que una persona haya laborado uno, tres, cinco o hasta 25 años en una empresa privada y fue despedida, tendrá derecho a una liquidación.
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