Era un carro todoterreno blanco que circulaba por la Alborada, en el norte de Guayaquil, y un supuesto policía lo detiene. Este agente simula una revisión en la parte delantera del vehículo y se dirige a la puerta del conductor.

Luego, un auto rojo se atraviesa y bajan unos sujetos que intentaban sacar al conductor. También bajan al acompañante, pero se resiste. En ese momento, aparece un patrullero y los secuestradores salen huyendo.

Este caso ocurrió el 21 de enero cuando delincuentes fingieron ser policías utilizando la indumentaria similar a la de la institución y ya se está volviendo común. Además, no solo pasa con falsos policías, sino con quienes fingen ser agentes de tránsito, que roban las pertenencias, secuestran y hasta se llevan los vehículos.

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Solo en 2022 hubo 11.372 robos de carros, casi el doble de lo registrado en 2021 que fueron 6.911, de acuerdo a datos del Ministerio del Interior, Fiscalía General del Estado y la Agencia Nacional de Tránsito, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

El robo de motos también creció. De 9.178 en 2021 a 14.567 en el año pasado. Mientras tanto, el robo de bienes, accesorios y autopartes no varió tanto. Hubo 8.000 en 2021 y 8.354 en 2022.

El artículo 54 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional indica que la Dirección Nacional de Servicio Urbano y Rural es la encargada de organizar el patrullaje de control y seguridad en las ciudades y más centros urbanos del país. Y en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en la Disposición General Cuadragésima, menciona que todo operativo de control deberá constar dentro de la programación en sus órdenes de cuerpo o servicio, en donde se hará constar la situación por controlar, número de personal operativo, el sector o ubicación, el tiempo de duración, y quién estará a cargo de este.

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Estos son los datos que constan en esas normativas sobre cómo funcionan los operativos de control, pero no hay más detalles porque de acuerdo al abogado penalista Julio Cueva, la ley no fue pensada para delincuentes que fingen ser policías y agentes de tránsito.

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“Cuando el legislador creó la ley no imaginó que iba a haber gente que se ponga un uniforme de vigilante para asaltar, entonces se crea la norma de buena fe pensando que no va a pasar. La norma está creada para gente de verdad, que da la orden a un conductor de ponerse a la derecha porque le va a llamar la atención o poner una multa. Imagínate que la ley diga si recibe la orden de detenerse, hágalo, salvo que usted piense que no es un agente de tránsito. ¿Sabes cuándo va a parar la gente?, nunca”, explica Cueva.

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Con esto concuerda Gabriela León, docente de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la UISEK, quien aconseja a la ciudadanía primero conocer cuáles son las autoridades que ejercen control para no ser sorprendidos por los delincuentes. “Recuerde que puede haber operativos conjuntos con agentes de tránsito y policía, incluso militares. Si yo sospecho, tengo derecho a pedir que se identifique e incluso es necesario saber qué documentos deben pedirnos porque desde ahí se puede sospechar”, menciona León.

Por el lado de la Policía, el coronel Remigio Albiño, jefe de operaciones de la Zona 8 (Guayaquil, Samborondón y Durán), afirma que hay una serie de características para identificar cuando se trata de un operativo real y así lograr estar a salvo. “Cuando realizamos un operativo lo primero que hacemos es una planificación que consta de una orden de servicio, se designa al jefe del operativo y se establece la emisión y los medios que van a emplearse. El jefe del operativo reporta al ECU911 y este es el primer sistema de verificación, es decir, si la ciudadanía observa un operativo, puede consultar con el ECU911 para comprobar la veracidad”, asegura Albiño.

El número de policías es otro detalle importante. Según Albiño, lo mínimo son seis uniformados. Y cuando es un operativo masivo corresponde entre 15 y 20 policías, sumado a motocicletas y patrulleros. Significa que si el conductor es parado solo por un oficial o menos de cinco, no es un operativo real y es mejor continuar el trayecto.

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Estos controles también son conjuntos y pueden estar con agentes de tránsito, los cuales suelen ser dos o más. Y con militares, solo en estado de excepción, son 20 servidores. “Cuando la ciudadanía ve esto, es un operativo real reportado, pero cuando es un lugar apartado, un solo policía con moto y bajo una carpa, eso no hacemos”, enfatiza Albiño, y agrega que las placas, logotipos y las sirenas encendidas son otros factores para comprobar que es real. Y resalta que no hay horarios específicos.

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Desde la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) explican que para detener a un conductor realizan la señal manual, se ubican a la altura de la ventanilla y se identifican. El servidor solicita al conductor que permanezca en el interior del vehículo y le pide la licencia y matrícula y de ser necesario coloca la citación.

Estos operativos son planificados y se ejecutan en distintas provincias a partir de las 06:00 hasta las 19:00, menciona la CTE. “También en las noches se hacen operativos conjuntos con la Policía y Fuerzas Armadas, de acuerdo a planificación operacional de las Fuerzas. Se ejecutan en máximo dos horas. Los operativos de control de estado de embriaguez son los viernes y sábados de cada semana a partir de las 21:00 hasta las 05:00″, señala la institución.

Estos agentes poseen un parche de identificación institucional en la manga izquierda con la palabra tránsito, un parche de la bandera del Ecuador en la manga derecha, visten de pantalón táctico azul marino o pantalón de tela tipo casimir color azul marino, entre otros detalles.

“Se han dado casos de seudovigilantes (falsos), sin embargo, últimamente no han existido denuncias ciudadanas sobre personas que estén haciendo mal uso de los uniformes que utilizan los servidores de tránsito”, dice la CTE.

En tanto, con la ATM (Agencia de Tránsito y Movilidad) los operativos son masivos, con patrullas, motos y conos. Usan el pito o señales manuales al conductor para que detenga la marcha, señalando el lugar donde estacionarse y hay previo saludo. El agente solicita la licencia del conductor y matrícula del vehículo, explica Luis Lalama, director de Control de Tránsito.

El uniforme es de un chaleco distintivo reflectivo, cuyo nombre está en la parte frontal. Y siempre es un grupo considerable. “La ATM también realiza operativos en la noche, pero estos son en conjunto con personal de la Policía o Fuerzas Armadas. Las vías seleccionadas para la ejecución de operativos son principales de afluencia vehicular y peatonal”, dice Lalama.

Cueva sugiere a todas estas instituciones informar a la ciudadanía cómo identificar un operativo. Y León, en cambio, plantea que los proveedores de los uniformes sean confiables y que tengan código QR. “Habría que regular un poco mejor el uso de uniformes, agravar las penas para las personas que usan fraudulentamente los colores, diseño, porque en nuestro país mandar a hacer un uniforme de la policía es facilísimo. Y hasta restringir el acceso de los materiales con que se fabrican”, sostiene León, y agrega que el descuido también debería ser sancionado, cuando el uniformado o agente no tiene cuidado.

Según el artículo 296 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la persona que públicamente utilice uniformes o insignias de un cargo oficial que no le corresponde será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días. (I)