El presidente Daniel Noboa adelantó ayer que promoverá reformas legales para “evitar que criminales puedan ser candidatos” en elecciones. El Código de la Democracia, en su artículo 14, establece en la actualidad que está suspendida la participación de quienes tienen sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad.
Con esa inhabilidad se regirán los comicios del 2027, una vez que el pasado 14 de febrero el organismo rector de la democracia aprobó el inicio del periodo electoral para la designación de autoridades seccionales y de consejeras y consejeros para el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
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Daniel Noboa: ‘Lo que vamos a evitar es que criminales sean candidatos’
En entrevista radial el jefe de Estado precisó que las reformas al Código de la Democracia que impulsará no limitarán la participación política de ciudadanos sin antecedentes.
Aunque haya buena voluntad en una reforma de este tipo, esta no podrá regir para los comicios previstos para el 14 de febrero próximo, pues el Ecuador ya está en periodo electoral y está corriendo el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Así lo determinan las normas vigentes.
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Sin embargo, en democracia siempre es oportuno el debate de normativos que contribuyan al ejercicio legítimo y probo de las autoridades y aporten a la calidad de vida de los ecuatorianos.
La reforma, que tendrá que conocerse en detalle cuando se presente oficialmente el proyecto, debe tener claridad y proteger los derechos de todos los ecuatorianos en goce de derechos políticos.
Precisamente esos derechos se pierden también –en la actualidad– cuando una persona ha sido sentenciada y por ello sancionada con pena privativa de libertad. Para que rija la norma, la sentencia debe ser de última instancia.
El ejercicio democrático del Ecuador debe estar blindado a los grupos de delincuencia organizada o delincuencia común. Esto está directamente vinculado al desarrollo del país, a la seguridad y fin de la impunidad. (O)