Una empresa en marcha no cae en mora en el corto plazo a menos que factores exógenos como la pandemia reduzcan las ventas y disminuyan significativamente su Flujo de Efectivo antes de Intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones (EBITDA) o fenómenos naturales que causen destrucción de las Instalaciones industriales o comerciales, exceso de lluvias o sequías que no permitan la producción de las materias primas para fabricación del producto final, guerras, etcétera.

La mora que ocurra en el corto plazo puede deberse a pérdidas importantes del flujo de caja motivadas por negligencias o errores estratégicos y tácticos en las áreas de mercadeo que originen importantes pérdidas de ventas y disminución de la participación de mercado; retrasos en la innovación de la calidad de sus productos estrella versus la competencia; pérdida de calidad de los productos por falta de actualización de la maquinaria usada en los procesos de fabricación; ineficiente administración por falta de adopción de apropiadas normas de gobernabilidad y ética empresarial, cultura organizacional y controles internos administrativos y financieros.

2023: ni sobresaltos ni arranque

Por ser importante para la economía la continuidad de los negocios que planean mantener su crecimiento mediante créditos bancarios o venta a inversionistas de acciones u obligaciones a través de las bolsas de valores, los auditores externos que examinan los estados financieros de las empresas deben verificar el cumplimiento de la premisa fundamental de la contabilidad financiera, ”el principio de empresa en marcha”, en inglés “going concern”, indagando y verificando que no existan razones para dudar de la continuidad de la empresa en el tiempo y por lo tanto, concluir que de seguir la misma calidad de dirección y administración, la compañía tendrá la capacidad de cumplir con el pago de sus deudas comerciales, bancarias y papeles negociados a través de la bolsa de valores.

Los participantes en los procesos de emisión de títulos-valores deben cumplir a cabalidad sus responsabilidades...

Empresas que no cumplen con la premisa de empresa en marcha son negocios no perdurables por excesivos pasivos contingentes no registrados en la contabilidad, como juicios comerciales, laborales o tributarios con dictámenes desfavorables, y valores importantes para la capacidad de pago de la empresa; incapacidad para cancelar a tiempo sus deudas por haber incurrido en excesivo financiamiento imposible de pagar con el flujo de efectivo que produce la compañía; o, empresas que han perdido su capital social y que según la Ley de Compañías, los accionistas deben reponer el capital perdido para continuar como negocio en marcha; y, las que por diferentes motivos la Superintendencia de Compañías haya resuelto su disolución o su liquidación.

El mercado de valores en Ecuador sigue en auge, incluso más que en prepandemia, pero aún lejos del top regional

Para el éxito de los mercados financieros, los participantes en los procesos de emisión de títulos valores deben cumplir a cabalidad sus responsabilidades éticas y técnicas. Me refiero a los auditores externos que emiten su opinión sobre la razonabilidad de la Información financiera contenida en los estados financieros auditados y sus correspondientes notas, a los estructuradores de emisiones responsables de preparar el estudio de factibilidad de la emisión de valores negociables verificando la capacidad de pago de la empresa interesada en vender en el mercado sus papeles fiduciarios (obligaciones, acciones comunes y preferidas, etcétera), la Superintendencia de Compañías, responsable de revisar el cumplimiento de las normas contenidas en la Ley de Compañías y Mercado de Valores y emitir la resolución favorable para la emisión; y, la Bolsa de Valores, responsable de la revisión del cumplimiento con todo el proceso de emisión de valores fiduciarios contenidos en la ley previó a la aceptación de la emisión para la venta en el mercado y por último, el DECEVALE (Depósito Centralizado de Valores), responsable únicamente de registrar la emisión aprobada y aceptada y las futuras transacciones de compra y venta que le informe la Bolsa de Valores.

Solo el cumplimiento de las responsabilidades éticas y profesionales de estas entidades participantes en el proceso de emisión de valores fiduciarios garantizará la solvencia del emisor y la liquidez del mercado. (O)