Tras consultar a entendidos y leer a analistas generalmente acertados sobre la elección del llamado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) llegué a la certeza de que el voto nulo es la única opción para salvar la república. Ese organismo es una creación viciosa diseñada por los asesores españoles en la constitución de 2008, con el propósito de facilitar al ejecutivo el nombramiento y manipulación de los funcionarios encargados de la supervisión y control. Toda acción encaminada a terminar con este órgano deforme será acertada. Un volumen masivo de votos nulos, aun cuando no llegue a la mitad más uno, invalidará moralmente al nuevo CPCCS. Será un plebiscito virtual, ante el cual el presidente de la República y la Asamblea Nacional no pueden permanecer indiferentes y deben iniciar el proceso de reforma de la constitución que acabe con este tumor en el cuerpo del Estado.

Dicen que el voto nulo no tiene oportunidad, porque hasta hoy, en todas las elecciones, esta opción no excedió del 15 por ciento. Bueno, el argumento se revuelve en su contra, porque si sin ningún impulso ni promoción llega a ese porcentaje, si es promovido adecuadamente no es imposible que se convierta en mayoría. Lo importante en este periodo de transición es desmontar todos los vestigios del autoritarismo correísta, pero los seguidores de esta tendencia han jugado bien sus cartas. Concentrarán su votación, que se estima en un 25 por ciento, en una lista que el caudillo ya anunció. Ninguna de las listitas, pollas o selecciones distribuida entre todos los otros treinta y tantos candidatos alcanzará, ni de lejos, esa cantidad. Si fuese una sola papeleta en la que se disputan los siete puestos, habría posibilidad de que entren uno o dos no afectos al exdictador, pero no regados entre tres papeletas, en las que los candidatos correístas siempre estarán adelante. ¡Y no habrá representación de minorías! ¿A quién se le ocurrió un sistema tan tonto?

¿Y si la mayoría de ciudadanos anula su voto en la elección de CPCCS? He leído que en ese caso estaríamos en la terrible situación de repetir las elecciones en diez días, con los mismos candidatos. La ley establece ese procedimiento, así es... ¡pero solo en el caso de que en una parroquia se hubiese constatado una mayoría de votos nulos y los resultados de esa circunscripción fuesen decisivos para una elección! ¿Y si tal mayoría se produce en un cantón, en una provincia o en todo el territorio nacional? Evidentemente hay un vacío de la ley. En tal evento se deberá consultar a la Corte Constitucional y, probablemente, a la Asamblea Nacional. Estos procedimientos permiten ganar un tiempo precioso para tramitar la abolición del malhadado CPCCS, lo que se facilitaría más si se nulita por completo esa elección, lo que no es imposible, porque hay una serie de vicios legales que podrían llevar a esa medida.

Por tanto, ciudadano, no sea una nulidad y vote nulo. (DRAE: nulidad 2. f. coloq. Persona incapaz, inepta.)(O)