Son cuatro las preguntas que constarán en la papeleta que recibirán los 13,9 millones de electores que irán a las urnas el próximo 16 de noviembre para pronunciarse en el referéndum y consulta popular que impulsa el presidente Daniel Noboa.

Este sábado, 1 de noviembre del 2025, se inicia la campaña electoral en la que las agrupaciones sociales y políticas registradas en el Consejo Nacional Electoral (CNE) pedirán el voto a favor o en contra de estos cuatro temas. Y concluirá el 13 de noviembre siguiente.

La primera parte es un referéndum, que consta de tres preguntas (A, B y C) y que se trata de reformas o enmiendas a la Constitución vigente desde el 2008. La segunda tiene solo una pregunta plebiscitaria, es decir, se le consulta a la gente sobre una decisión puntual, que es la instalación de una asamblea constituyente que redacte una nueva constitución.

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Estas son las tres preguntas de reformas a la Constitución que se someterán a la voluntad popular:

A. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

B. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

C. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo con el último censo nacional?

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Esta es la pregunta de consulta popular que se pondrá a consideración de los ciudadanos:

D. ¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?

(I)