El proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales que envió el Ejecutivo el pasado martes, 29 de julio del 2025, a la Asamblea Nacional, con el carácter de urgente en materia económica, plantea que las fundaciones y ONG se registren obligatoriamente en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (Suios).
El artículo 14 de la propuesta dice: “Las organizaciones de la sociedad civil, fundaciones, corporaciones, organizaciones no gubernamentales y comunitarias, o entidades sin fin de lucro, sean nacionales o extranjeras, que operen en el territorio nacional, deben registrarse en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales, que se encuentra bajo la administración del Ministerio de Gobierno para iniciar sus operaciones”.
“Sin el registro no podrán realizar sus actividades en el territorio ecuatoriano”, agrega.
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Y en la segunda disposición transitoria les da un plazo de 90 días contados desde la vigencia de la ley para que las que no estén registradas lo hagan. “El incumplimiento de esta obligación acarreará la suspensión temporal de actividades y en caso de reincidencia, la revocatoria de la personería jurídica, conforme el procedimiento que se establezca en el reglamento a esta ley”.
El artículo 36 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece que las organizaciones sociales que desearen tener personalidad jurídica deberán tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito de acción. O sea, si es una entidad relacionada con educación, debe hacerlo en el Ministerio de Educación; si es sobre niños, en el de Inclusión Económica y Social, y así.
Pero en el Suios consta toda la base de datos de estos grupos; antes lo manejaba la extinta Secretaría de Derechos Humanos, pero desde junio del 2023 fue transferido al Ministerio de Gobierno, conforme el artículo 2 del Decreto Ejecutivo n.º 608 de esa fecha, emitido en el régimen de Guillermo Lasso.
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Dicho apartado dice: “Transfiérase la competencia de movimientos, organizaciones, actores sociales, cultos, libertad de religión, creencia y conciencia de la Secretaría de Derechos Humanos al Ministerio de Gobierno”.
Según datos del Suios, las organizaciones sociales suman actualmente 75.331; de ellas, 65.527 están vigentes, 1.308 disueltas y 227 liquidadas. No hay información de la situación del resto.
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La mayoría de estas instituciones está en:
- Pichincha, con 13.659
- Guayas, con 11.659
- Manabí, con 6.291
- Chimborazo, con 5.300
- Azuay, con 3.394
En el proyecto de ley del Ejecutivo se cita un estudio del Grupo Faro elaborado en el 2024 también con base en información del Suios, según el cual existían 71.786 organizaciones sociales, de las cuales 61.025 se consideran vigentes (85 %), concentrándose la mayor cantidad en las provincias de Pichincha, Guayas y Manabí.
La norma señala, asimismo, que las ONG y fundaciones pasarán al control de la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, y que no podrán ser utilizadas como “mecanismos para encubrir o facilitar la comisión de actividades ilícitas, tales como lavado de activos, tráfico de armas, tráfico de drogas, trata de personas, delitos ambientales, delitos de violencia contra las personas, la minería ilegal, ni ninguna otra actividad prohibida por la Constitución y la ley”. (I)