La juezas constitucionales Mercedes Suárez y Sara Costales resolvieron, la noche de este lunes, declarar no procedente la acción de protección planteada por la defensa del excontralor Pablo Celi, procesado en el caso Las Torres, contra de la fiscal general, Diana Salazar. El voto salvado llegó de parte del presidente del Tribunal, el juez Fausto Lana.

Según el documento presentado por Marcelo Ron, abogado de Celi, la medida cautelar solicitada consiste en que se disponga a la fiscal Diana Salazar la “prohibición de emitir información no veraz y descontextualizada en su cuenta de Twitter, redes sociales y medios de comunicación impresos y digitales” sobre el proceso judicial por el delito de delincuencia organizada, conocido como Las Torres.

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La información aportada en la audiencia, la cual inició a las 16:00 en el segundo piso del Complejo Judicial Norte, en Quito, por el accionante, la Procuraduría y la Fiscalía, le sirvió a las juezas Suárez y Costales para afirmar que el Tribunal no puede meterse para coartar el derecho que tienen los sujetos procesales a la libre expresión dentro de sus redes sociales. Explicaron que con la información publicada no se ha vulnerado el derecho a la inocencia de Celi, pues lo que la Fiscalía publicó es su teoría acusatoria del caso contra los procesados.

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El juzgamiento de la causa por delincuencia organizada o conocida como el caso Las Torres no ha llegado a su fin con la respectiva decisión del Tribunal Pena de la Corte Nacional. “A criterio de estas juzgadoras y en voto de mayoría consideramos no procedente al presente acción de protección”, refirió el voto de mayoría.

Ron aseguró que buscaban con la acción de protección que se declare la vulneración no solo del derecho que tienen todos los ciudadanos a recibir información veraz y contextualizada desde un órgano público como la Fiscalía, sino también del principio de inocencia y las normas del debido proceso. La acción constitucional fue interpuesta a finales de julio pasado.


Con tres días de audiencia se cierra la semana del juicio en el caso Las Torres; el juzgamiento se instaló el 4 de abril pasado y se llevan 17 días de diligencia

Como antecedentes, en su demanda Celi explicó que en la cuenta oficial de Twitter de la Fiscalía General del Estado se estaría difundiendo de forma reiterada información “falsa, descontextualizada, sesgada”, sobre dos pruebas periciales que se han evacuado en la audiencia de juicio dentro del caso Las Torres, el cual lleva 17 días de audiencia. Esta diligencia está suspendida desde el 21 de julio último y se retomará el 16 de agosto próximo.

Entre los elementos planteados estaría que el 30 de mayo pasado, a las 09:21, en la cuenta de Twitter de la Fiscalía se publicó un video en el que se habría dado una “engañosa afirmación acerca de unos audios expuestos en la audiencia de juicio, mediante una pericia, tergiversando la información en su perjuicio, en calidad de persona procesada, puesto que en los referidos audios no se señala lo que afirma la Fiscalía en esa red social”.

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Celi acudió personalmente a la audiencia de acción de protección e indicó que presentó la demanda por las constantes violaciones de sus derechos constitucionales por parte de la Fiscalía y particularmente, resaltó, de su titular: Diana Salazar. “Mi derecho a la honra, mi derecho al principio fundamental de inocencia en un proceso en donde no está probada ninguna culpabilidad de mi parte, desgraciadamente el Twitt de la Fiscalía ha sido convertido en una factoría de engaños”, apuntó el excontralor.

Ese supuesto actuar también habría ocurrido el 6 de junio y el 7 de julio pasados cuando se habrían escrito hilos con información incorrecta sobre peritajes realizados por la Fiscalía. En ambos casos se señala que lo dicho en redes sociales sería “contrario” a lo que se habría escuchado en los audios expuestos en la audiencia de juicio y al propio testimonio del perito.

“En suma, Fiscalía, de una manera desleal, en virtud de que conoce los hechos, las pericias y los testimonios anticipados, emite estos twitters con los cuales no solamente desinforma, sino que pone en evidencia una parcialización y un direccionamiento al pretender involucrar (a Pablo Celi) a través de este tipo de referencias, cuando dentro del proceso no existe prueba alguna de lo que está publicando lesivamente, en su contra, y afectando el derecho de toda la ciudadanía a recibir una información veraz, verificada (...), tanto más que, con esta información falsa y descontextualizada, se ha creado una cadena de información que (...) contamina la percepción de los ciudadanos sobre este proceso judicial y la supuesta participación de las personas procesadas, lo cual causa un perjuicio irreparable e incuantificable”, apunta la defensa de Celi en acción constitucional.

Poco más de tres meses lleva abierta la etapa de juzgamiento del caso Las Torres; la Fiscalía acusa al excontralor Pablo Celi y otras diez personas por delincuencia organizada

En la causa Las Torres se investiga el delito de delincuencia organizada, es decir, la existencia de un “grupo organizado” que operó desde la Contraloría General, la secretaría de la Presidencia y la empresa pública Petroecuador, entre 2017 y 2020, para a través del mecanismo del desvanecimiento de glosas obtener el 20 % de una factura de $ 20′345.609 que Petroecuador debía pagar a la empresa Nolimit C. A.

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Además del excontralor Pablo Celi y su hermano Esteban Celi, también son procesados en el caso Las Torres el exgerente de Petroecuador Pablo Flores, Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Roy Calero, Martha Barrezueta, Pedro Saona, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez, Andrés Luque y Adolfo Agusto Briones.

Los jueces Lanas, Suárez y Costales deberán al final de la diligencia emitir un pronunciamiento aceptando o negando la acción de protección solicitada por el excontralor, quien fue llevado desde el arresto domiciliario en el que permanece hasta la sala de audiencias en donde se evacuará la acción constitucional.

Ya en audiencia, Ron dijo que lo que se busca al poner hechos de un proceso penal en la justicia constitucional es demostrar cómo se violan los derechos constitucionales fuera de un proceso penal.

“Tenemos que clarificar lo que es la independencia interna y externa de la Función Judicial y estamos en esta segunda parte. El acto violatorio al derecho constitucional incluye la publicación por parte de la Fiscalía de información falsa, descontextualizada, sesgada sobre informes periciales presentados en la audiencia de juicio del caso Las Torres”, apuntó el abogado de Celi.

Por su parte, José Luis Arcos, delegado de la fiscal general Diana Salazar, recordó que en la demanda se habla de que la Fiscalía mediante su cuenta de Twitter publica información que no es veráz, que no es verificable, que es descontextualizada, sin embargo, sostuvo Arcos en audiencia, no se demuestra nada de ello y, resaltó que cree que no se lo va a poder hacer.

El delegado de Salazar apuntó que ni en la demanda, ni en la intervención del abogado Marcelo Ron se ha demostrado la concurrencia de los tres requisitos para que proceda una acción de protección. (I)