Una demanda de inconstitucionalidad y una denuncia penal en contra de la autoridad del Registro Oficial impulsaría la Asamblea Nacional tras la publicación por decreto ley de la Ley Económica Urgente para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, de iniciativa presidencial, que fue negada y archivada el 27 de noviembre.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz Ramírez, mediante un comunicado oficial anunció que presentarán una demanda a la Corte Constitucional (CC) para que se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de la Ley Económica Urgente para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos o “ley antipillos”, que está vigente por ministerio de la ley desde este martes, 10 de diciembre de 2024.

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El 27 de noviembre, en un primer debate, el seno del Legislativo con 84 votos negó y archivó esta normativa enviada por el jefe de Estado, Daniel Noboa, y en respuesta él dispuso su publicación como decreto ley.

El régimen alega que no se cumplió el procedimiento legislativo en el trámite de la norma, es decir, en dos debates; sino que se archivó en un solo debate, por lo que consideró que el Parlamento no se pronunció en los 30 días que le da la ley para tratar un proyecto económico urgente.

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El Registro Oficial la publicó este martes y aclaró que su función no es dirimir sobre posibles ilegalidades.

En esa línea, la asambleísta Viviana Veloz condenó que la Corte Constitucional y el Registro Oficial hayan permitido que se publique un decreto ley sin cumplir con las formalidades establecidas en el ordenamiento jurídico.

“El organismo encargado de garantizar el respeto a la Constitución le da la espalda al país y se convierte en un instrumento del Gobierno para asfixiar la economía del pueblo ecuatoriano al imponer más impuestos a la gente”, dice Veloz en su declaración.

Anunció que presentará “acciones penales en contra del máximo representante del Registro Oficial por esta acción ilegal”.

Recordó que el proyecto fue tratado, negado y archivado por la Asamblea, por lo que es inconstitucional pretender enviarla por ministerio de la ley. (I)