Gonzalo Albán Molestina, consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), calificó como “adefesio” la solicitud de juicio político presentada por el asambleísta Keevin Gallardo, de la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), por supuesto incumplimiento de funciones.
Gallardo acusó al consejero Albán de haber vulnerado los requisitos de elegibilidad por una supuesta vinculación político-partidista no esclarecida con la que, en consecuencia, “engañó a la ciudadanía”, afectando el normal desenvolvimiento del CPCCS. En la documentación presentada por el legislador se invocan los informes administrativos del Consejo Nacional Electoral (CNE), y toma como referencia para la acusación la argumentación del voto salvado presentada por la exjueza del TCE Patricia Guaicha Rivera de que el consejero no fundamentó suficientemente la no pertenencia a una organización política antes de ser candidato al CPCCS.
“Este adefesio de juicio político se cae con pruebas”, sentenció Albán, quien este 21 de agosto presentó ocho pruebas documentales de descargo y dos pedidos de pruebas testimoniales ante la Comisión de Fiscalización presidida por el oficialista Ferdinan Álvarez. Como testimonios pidió que se reciba a los constitucionalistas André Benavides y Gustavo Silva Cajas.
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“Me quieren enjuiciar por cumplir con la ley, con rigor y a tiempo”, afirmó Albán, quien anunció la presentación de ocho pruebas de descargo que evidencian que el juicio político planteado en su contra carece de fundamento legal y vulnera derechos básicos.
Albán comentó que este intento de juicio no tiene sustento ni ningún tipo de aplicabilidad. Que es una “desfachatez”.
Aseguró que el juicio en su contra tiene tintes eminentemente políticos, pues se han abierto procesos importantes en el CPCCS, como la designación del fiscal general del Estado y la renovación de los vocales del Consejo de la Judicatura. Dice que en política nada es coincidencia. “(Me) preocuparía que esta intención de llevarme a juicio político, en este momento, sea alineada a este tipo de procesos en donde se pretende acallar mi voz, que ha sido crítica e incómoda desde el inicio de mis funciones”, anotó.
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Insistió en que es penoso que se pretenda acallar a voces disidentes, lo que es contrario a la democracia. Que desde un inicio se alineó al deber ser dentro del CPCCS, en una institución que ha arrastrado más fracasos que resultados a lo largo del tiempo en el país, y que su gestión se alinea al deber ser; pero eso, al parecer, ha causado molestias a quienes están dentro del Consejo.
“Pueden tener los votos, pero no la razón. Si me absuelven, me hacen un favor; pero, si me destituyen, me hacen un honor”, afirmó.
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Pruebas
Consejero del @CpccsEc @GonzaloAlbanM presenta ante la @AsambleaEcuador las pruebas de descargo dentro del proceso de juicio político que se sigue en su contra por supuesto incumplimiento de funciones. Vía @vicenteopi pic.twitter.com/ROS1QYgIWi
— El Universo (@eluniversocom) August 21, 2025
Como evidencia, Albán presentó la sentencia en firme que emitió el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), cuyo documento lo habilitó como candidato a una silla en el CPCCS; también agregó documentos de su posesión legal, los resultados electorales de su elección y su informe de gestión.
La acusación parlamentaria, basada en supuestas inhabilidades previas a su posesión, pretende revisar una sentencia judicial ejecutoriada, afirmó Albán, quien recordó al Legislativo que una sentencia en firme es un punto final y no punto y seguido; por lo tanto, volver a juzgar lo ya resuelto es ilegal y peligroso para la democracia, advirtió.
Este juicio político no solo es improcedente, sino que sienta un precedente alarmante, porque se pretende convertir la legalidad en delito y la eficiencia en amenaza para un funcionario público.
En materia electoral, el TCE es la autoridad cuya competencia exclusiva está reconocida en la Constitución y desarrollada en el Código de la Democracia. Sus resoluciones son definitivas, ejecutoriadas a los tres días y de ejecución inmediata, de manera que no admiten revisión ni modificación por ninguna otra función del Estado, argumentó el acusado.
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Además, sostiene que cuando la acusación pretende, por la vía política, desconocer o relativizar la sentencia electoral que habilitó su candidatura y, en consecuencia, su posesión como miembro del CPCCS, se genera una lesión directa al artículo 82 de la Constitución. La cosa juzgada opera como una barrera infranqueable: impide que lo ya resuelto por un juez competente pueda ser sometido a un nuevo proceso, bajo cualquier forma o denominación. Esto asegura que las decisiones judiciales no se conviertan en simples opiniones sujetas al vaivén político, preservando la estabilidad institucional.
Este mecanismo corroería la estabilidad institucional, pues cada pronunciamiento judicial podría ser relativizado por la voluntad de una mayoría parlamentaria. El resultado sería una profunda incertidumbre sobre el valor de las resoluciones jurisdiccionales, debilitando la confianza de la ciudadanía en el sistema democrático y en la efectividad de la justicia electoral, alertó el consejero.
Albán pidió a la mesa de Fiscalización que deseche la solicitud de juicio político por improcedente, al carecer de singularización y adecuación típica del presunto incumplimiento, contrariar la cosa juzgada electoral, y vulnerar los derechos de participación (art. 61.1 de la CRE), el debido proceso (art. 76 de la CRE) y la seguridad jurídica (art. 82 de la CRE).
Que se disponga que cualquier actuación observe estrictamente las garantías mínimas fijadas por la CRE para procedimientos políticos (oportunidad de defensa real, contradicción, igualdad de armas y motivación reforzada), vedando el uso del juicio político como vía indirecta para revisar decisiones jurisdiccionales electorales. (I)