Desde este 18 de noviembre, Tamia y Amanda Villavicencio, hijas del candidato presidencial asesinado en 2023, Fernando Villavicencio, son reconocidas como acusadoras particulares del exministro correísta, José Serrano; de los llamados a juicio en el caso Metástasis Xavier Jordán y el exasambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), Ronny Aleaga; y del condenado por actos de corrupción en el sistema judicial y de salud, Daniel Salcedo.
La mañana de este martes, 18 de noviembre, las hijas del presidenciable de la alianza Gente Buena-Construye reconocieron su firma y rúbrica en la acusación particular contra los cuatro supuestos autores intelectuales de su padre, hecho que ocurrió el 9 de agosto de 2023. El acto se cumplió en el cuarto piso del Complejo Judicial Norte, en Quito, ante la judicatura de la jueza penal de Pichincha que lleva el caso Magnicidio FV, Luz María Ortíz.
Para Tamia y Amanda Villavicencio la intervención directa o indirecta en el crimen de parte de Serrano, Jordán, Aleaga y Salcedo habría sido determinante para la planificación, coordinación y ejecución del asesinato, al estilo sicariato, “dentro de un esquema delictivo que evidencia un alto grado de organización y reparto de funciones, propio de estructuras criminales complejas”.
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En el escrito presentado por la defensa de las hijas de Villavicencio para pedir que sean formalizadas como acusadores particulares se resalta que el poder político de los acusados José Serrano y Ronny Aleaga, ambos vinculados al movimiento político Revolución Ciudadana (RC). José Serrano fue ministro del Interior y de Justicia en el gobierno de Rafael Correa y Ronny Aleaga, exLatin King, fue legislador por UNES, una coalición política de la cual fue partícipe la RC.
Según esta parte acusadora, las diligencias practicadas dentro del proceso, que incluyen interceptaciones telefónicas, informes periciales, versiones, testimonios anticipados y análisis de vínculos financieros y comunicacionales, habrían permitido identificar la existencia de actos de preparación y concertación previa entre los procesados, evidenciando un plan común orientado a la eliminación física de Fernando Villavicencio.
Estos actos, se aclara, incluirían coordinaciones logísticas, provisión de recursos económicos y materiales, y el intercambio de información sensible sobre los desplazamientos y rutinas del candidato presidencial, lo cual demuestra un grado de planificación incompatible con una acción espontánea o aislada.
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De otra parte, ante la alerta hecha por la defensa de Tamia y Amanda Villavicencio del incumplimiento de las medidas de protección que debía cumplir el procesado Xavier Jordán, quien vive en Miami, Estados Unidos, la fiscal del caso Magnicidio FV , Ana Hidalgo, señala que al verificarse un presunto incumplimiento solicita a la jueza Ortíz se remita copias debidamente certificadas de las piezas procesales que corresponda a la Fiscalía de Pichincha para que se inicie la investigación que corresponda por el presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
“Cada que veo a mi hermana es una batalla de la vida contra la muerte, porque estamos amenazadas; cada día que estamos vivas es una victoria. @TamiaVillavice1 por @radiocentroec#EnVivo: https://t.co/F6hq8ltoC3 pic.twitter.com/7tYlv8AbMe
— Del Día a la Noche (@deldiaalanoche_) November 14, 2025
En la denuncia hecha ante el incumplimiento, el pasado 30 de octubre, el abogado de las hijas de Villavicencio pidió a jueza Luz María Ortíz certifique el incumplimiento de las medidas de protección que debía contemplar el procesado Xavier Jordán y remita dicha certificación a la Fiscalía para el inicio de la investigación correspondiente por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
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En la respuesta dada por la fiscal Hidalgo se toma en cuenta que dentro de la presente causa se han emitido medidas de protección a favor de las víctimas Tamia y Amanda Villavicencio y otras, respecto de lo cual los procesados Xavier Jordán y otros fueron notificados en la misma audiencia de formulación de cargos. Recordó que entre las medidas de protección concedidas consta la prohibición a los procesados de realizar actos de persecución o intimidación en contra de las víctimas por cualquier medio, incluidas las redes sociales.
Además, explicó la fiscal del caso Magnicidio FV que el 30 de octubre último, posterior a la fecha de la formulación de cargos, las hoy acusadoras particulares han expresado una vulneración en sus derechos como víctimas al poner en su conocimiento publicaciones intimidatorias en su contra en las redes sociales usadas por el procesado Xavier Jordán.
“Al verificarse un presunto incumplimiento por parte del procesado Xavier Jordán de las medidas de protección dictadas por su autoridad a favor de las víctimas Tamia Villavicencio y Amanda Villavicencio, conforme la norma citada, por encontrarse legalmente facultada, solicito a su autoridad se remita copias debidamente certificadas de las piezas procesales que corresponda al Servicio de Atención Integral de la Fiscalía Provincial de Pichincha a efecto de que se inicie la investigación que corresponda por el presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, tipificado y sancionado en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)”, se refiere en el escrito de respuesta de la Fiscalía.
Patricio Rosero, abogado de las víctimas, indicó que la jueza Ortiz, el 29 de septiembre pasado, ratificó a favor de sus defendias la aplicación de medidas de protección previstas en el artículo 558 numerales 1, 2 y 3 del COIP: prohibición de concurrir a determinados lugares o reuniones, de acercarse a las víctimas, testigos y a determinadas personas a menos de 200 metros y de realizar actos de persecución o intimidación directa o indirecta, incluyendo por medio de redes sociales.
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“Estas medidas constituyen decisiones legítimas de autoridad competente, dictadas para garantizar los derechos a la tutela judicial efectiva (...), el debido proceso y defensa (...), la protección reforzada de víctimas (...). Su inobservancia no es discrecional, sino de cumplimiento mandatorio. El procesado Xavier Jordán ha emitido mensajes intimidatorios mediante la red social “X” (antes Twitter), dirigidos hacia las víctimas, configurando una forma de persecución digital prohibida expresamente en la medida dispuesta en el artículo 558 numeral 3 del COIP”, refiere el escrito presentado a la jueza Ortiz, al cual se incluyó tres links con direcciones de la red social X relacionadas a Jordán. (I)


























