La urgencia actual del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de integrar una comisión ciudadana en 30 días para elegir al titular de la Fiscalía General, se da acorde a una disposición del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) que da 30 días para que se convoque al concurso de selección.

En el Consejo de Participación Ciudadana, el personal está bajo presión para hacer un concurso público “expedito”, en 30 días, para integrar la comisión ciudadana de selección que se encargará de llevar a cabo las fases de méritos, oposición e impugnación para designar a un titular de la Fiscalía General del Estado.

Los motivó la renuncia inesperada de Diana Salazar Méndez a su cargo, del que había aceptado mantenerse en funciones prorrogadas, ya que el 8 de abril de 2025 concluyó su periodo de seis años.

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Sin embargo, el Consejo, bajo la presidencia de Andrés Fantoni, no desarrolló el concurso público con anticipación.

Para este viernes, el pleno sesionaría a las 11:00 para conocer la renuncia de Diana Salazar que fue “aprobada” por la Asamblea Nacional este 21 de mayo y tomar una resolución.

Lo que se resolvería es que el proceso de selección de una comisión ciudadana —que es la encargada de hacer el concurso público para la elección del fiscal— se haga en 30 días, pese a que en el reglamento que se aprobó días atrás se contempla un plazo de 60 días con una prórroga de 30 días.

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Según el presidente Andrés Fantoni, se intentaría hacer un procedimiento “expedito” para que tome estos 30 días y no los determinados en la normativa.

En el diccionario, expedito significa “libre de obstáculos”, por lo que el fin sería que las actividades administrativas, por ejemplo, se resuelvan sin demoras y agilidad, sobre todo en las contrataciones.

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La urgencia surgió porque el Código Orgánico de la Función Judicial fija reglas a seguir cuando se produce la ausencia definitiva de una autoridad autónoma de la Función Judicial, como es la Fiscalía.

En el artículo 290 se establece que en caso de ausencia temporal o definitiva de la “máxima autoridad del órgano autónomo, le reemplazará el subrogante”.

Y en caso de ausencia definitiva del titular del órgano autónomo, “la entidad estatal correspondiente iniciará el concurso de oposición y méritos en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha en que se ha producido la falta definitiva”.

Es decir, el Consejo de Participación Ciudadana tendría un mes para iniciar el concurso.

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En ese sentido, la idea de Fantoni es conformar la comisión ciudadana en un mes y convocar a los abogados, especializados en materia penal, a postularse para participar en el proceso público en el que se escogerá a la primera autoridad de la Fiscalía.

El reglamento vigente para integrar comisiones ciudadanas contempla etapas como la admisibilidad, en la que se revisan los documentos de los candidatos y que no estén incursos en prohibiciones; la impugnación ciudadana, para observar que sean personas probas; y, la designación.

Una vez que se integre este cuerpo colegiado, de diez personas —cinco electos por la ciudadanía y organizaciones sociales, y otros cinco delegados de las funciones del Estado—, se convocará al concurso para escoger al fiscal de la nación.

Este puede tomar entre siete y ocho meses si es que no se presentan acciones legales y administrativas en contra del mecanismo.

Diana Salazar renunció a seguir en el cargo el 20 de mayo de 2025, y la sucedió el fiscal subrogante (hoy titular), Wilson Toainga Toainga, quien fue electo para el mismo periodo de la exfiscal y está en funciones prorrogadas.

El artículo 47 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) establece que el fiscal subrogante “sustituirá al fiscal general del Estado en caso de ausencia temporal y justificada, y ejercerá las mismas funciones que el titular” y “(…) en caso de ausencia definitiva del fiscal, se procederá a llenar esta vacante en forma inmediata”.

Es así como la norma obliga a que en los 30 días se inicie el procedimiento para elegir a una autoridad titular.

Por su parte, la Procuraduría General del Estado respondió a una consulta jurídica que hizo Salazar para que aclare si podían mantenerse en funciones prorrogadas, luego de que el CPCCS no hizo el concurso de elección y la institución podía quedar en acefalía.

La respuesta fue que “en su calidad de servidora de la Función Judicial nombrada para un determinado periodo, puede desempeñar funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazada, a fin de garantizar la representación institucional; asimismo, el fiscal subrogante durará en tales funciones el mismo tiempo y hasta que su titular sea legalmente reemplazada”. (I)