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Defensa del presidente Guillermo Lasso tiene listo el pedido a la Corte Constitucional de control y seguimiento al procedimiento que aplica la Asamblea Nacional en el juicio político

El domingo 16 de abril concluye el plazo de diez días para que el acusado y los solicitantes del juicio presenten los pedidos de prueba y contesten la acusación

QUITO (11-04-2023).- Los asambleístas, Pedro Zapata y Viviana Veloz, proponente del juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso, durante la sesión del pleno de la Asamblea Nacional. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: El Universo

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La defensa del presidente de la República, Guillermo Lasso, en el juicio político que se ventila en la Asamblea Nacional tiene listo el escrito para solicitar a la Corte Constitucional (CC) que realice el seguimiento y control del proceso aplicado por la Asamblea Nacional en la sustanciación del juicio por supuesto peculado.

La presentación de esta solicitud ante la CC dependerá de una revisión de la asesoría jurídica de la Presidencia de la República y de que se ejecuten algunos eventos dentro de la Asamblea Nacional para determinar si procede o no la entrega del pedido ante la Corte, afirmó Edgar Neira Orellana, abogado del presidente Guillermo Lasso.

El pasado 7 de abril, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, solicitó a la CC que efectúe el seguimiento y control al dictamen de admisibilidad parcial por el presunto delito de peculado n.º 1-23-DJ/23, de 29 de marzo de 2023, y que se sirva establecer con claridad a la Asamblea Nacional que este juicio político únicamente corresponde al delito de peculado. Hasta el momento no existe una respuesta de parte del órgano de control constitucional.

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En la sesión de la mesa de Fiscalización, realizada el 10 de abril, los legisladores no se pronunciaron sobre el pedido formulado por el primer mandatario, el pasado 5 de abril a través de una carta suscrita, donde pide que se certifique “si los señores asambleístas, solicitantes del juicio político, determinaron los hechos correspondientes al tercer cargo de la acusación que la Corte Constitucional fijó como materia de este juicio”.

A esto se suma la carta suscrita por los legisladores Viviana Veloz (UNES), Pedro Zapata (PSC) y Mireya Pazmiño (separada del bloque Pachakutik), con fecha 5 de abril, en la que anuncian que no darán respuesta al pedido del presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, respecto a la singularización de la prueba en un plazo de 72 horas, porque es improcedente y no es resultado de una decisión tomada por el pleno de la Comisión de Fiscalización, sino que la emite el asambleísta Fernando Villavicencio, a título personal, como presidente de la referida comisión.

Pruebas y comparecencias

El abogado del presidente de la República, Édgar Neira, cuestionó la decisión tomada por seis asambleístas integrantes de la Comisión de Fiscalización de rechazar las observaciones y solicitudes formuladas por el Ejecutivo dentro de los pedidos de prueba presentados por los legisladores Roberto Cuero, Gabriela Molina, Comps Córdova del bloque UNES y Pablo Muentes del PSC.

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Estos son los 19 pedidos de pruebas del juicio político contra Guillermo Lasso que fueron bloqueados en la Comisión de Fiscalización

El Ejecutivo intentó que en las pruebas solicitadas por el sector de oposición se adjunte mayor documentación debido a que estaba incompleta, pero no se aprobó la resolución. Esa medida, afirmó Neira Orellana, es totalmente injustificada, inmotivada e inexplicable.

Respecto a las 19 pruebas documentales y las tres comparecencias que no pasaron en la Comisión de Fiscalización como parte del requerimiento de prueba que plantearon los legisladores Fernando Villavicencio (IND) y Ana Belén Cordero (BAN), la defensa del primer mandatario, Édgar Neira, no descartó que esos pedidos que no pasaron sean incorporados en la petición que formule el primer mandatario.

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“Estamos expectantes del comportamiento que está adoptando la Comisión de Fiscalización y Control Político, y nuestro interés es demostrar ante el país y a los asambleístas todos los aspectos relacionados con este cargo de supuesto peculado que no existe”, afirmó Neira.

A nivel de la mesa de Fiscalización de la Asamblea se continúan recibiendo los pedidos de prueba y solicitudes de comparecencias.

La legisladora Viviana Veloz (UNES), una de las proponentes del juicio, dijo que hará el anuncio de la prueba y afirmó que la singularización de la prueba está dentro de la solicitud del juicio. Además, anticipó que la Corte Constitucional al único que debe observar es el comportamiento del presidente de la mesa, Fernando Villavicencio, que a su criterio “se ha inventado procedimientos”.

Veloz indicó que es falso y leguleyada el afirmar que el juicio político al primer mandatario podría caerse porque no se singulariza la prueba, pues la ley de la Función Legislativa habla de una notificación inmediata al acusado una vez que se conoce la solicitud que contenga el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional.

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Insistió en que este 11 de abril tiene previsto presentar el anuncio de la prueba y sostuvo que la singularización de la prueba consta en la solicitud de juicio político en que se anunció la prueba y se relataron los hechos. “Nosotros vamos a presentar las pruebas de cargo y cuando se inicie el proceso de sustanciación y evacuación de la prueba evidenciaremos el porqué de la pertinencia de las pruebas”, subrayó.

El presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, anunció que así se llame o no a juicio político al presidente, Guillermo Lasso, es el pleno el que tiene que intervenir al final y resolver luego de que el Presidente haga su exposición como parte del debido proceso y su derecho a la defensa. Posterior a ello, habrá un debate donde cada legislador definirá su posición.

Dijo que el informe sobre el juicio político pueda de coincida con la elección de autoridades de la Asamblea Nacional, pues una vez que el informe de la Comisión de Fiscalización llegue a la presidencia del Parlamento se tiene que socializar por el lapso de 48 horas, y posterior a ello, no menos de 48 horas se tendrá que convocar al pleno para el juicio que no será de un solo día. Posterior a ello, se tendrá que clausurar la sesión y volver a convocar a una nueva sesión para la votación; es decir, hay términos y disposiciones legales que se tienen que cumplir. (I)


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