Pese a que la jueza de Latacunga Paola Bedón aseguró en la audiencia del lunes último no tener ningún inconveniente en cuanto a su imparcialidad en el caso que se sigue contra el presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas (Conaie), Leonidas Iza, acusado del delito de paralización de un servicio público, la defensa del líder indígena consultará a la Corte Constitucional (CC) para que se pronuncie sobre si ella debe ser quien resuelva el juzgamiento.

Iza y sus abogados creen que la jueza que conoció la etapa de flagrancia (Paola Bedón, el 14 de junio pasado) no debe ser quien analice y resuelva finalmente el proceso penal contra el presidente de la Conaie. Para Carlos Poveda, abogado principal de la defensa del líder indígena, ya existiría una contaminación probatoria en Bedón y eso afectaría su imparcialidad.

En un plazo no mayor a 45 días la Corte Constitucional deberá resolver la consulta hecha dentro del proceso penal contra Leonidas Iza

De momento, la tramitación del juzgamiento de Iza se encuentra en suspenso, debido a que la jueza Bedón resolvió enviar un pedido de consulta a la CC para que absuelva si es procedente extender el tiempo dispuesto dentro del procedimiento abreviado. Según las partes procesales, las diligencias probatorias que se han solicitado requieren un mayor tiempo que el definido en la norma.

Publicidad

El pedido respecto a la imparcialidad de la jueza será una acción que impulsará directamente la defensa de Iza, mientras que la consulta principal la deberá enviar a la CC la jueza Bedón.

Raúl Ilaquiche, quien también es parte de la defensa de Leonidas Iza, refiere que ellos en audiencia han cuestionado la imparcialidad con que debe actuar la jueza. Apunta que, aunque Bedón ha dicho que no tiene ningún tipo de inconveniente y que continuará en el proceso, para ellos es una cuestión de fondo lo que está en juego y, por eso, van a consultar sobre el tema a la CC.

Leonidas Iza sostiene que lo que sucede contra él es parte de una persecución, pues desde la autoridad —anota— se pretendieron generar condiciones para presionar a una autoridad del movimiento indígena. Ya en el tema judicial, el principal de la Conaie asegura que en su juicio se están buscando legalizar mentiras, ya que a él jamás lo detuvieron cometiendo un delito flagrante.

Publicidad

El titular de la Conaie sostiene que en la primera parte del proceso en su contra ha podido testificar que había un control de la justicia, y sintió “una presión fatal para que la justicia actúe parcializada”.

La mañana de este miércoles, un día antes de que se realice en Quito la primera mesa técnica como parte del acuerdo de diálogo firmado el 30 de junio pasado para que se levante el paro nacional, el ministro del Interior, Patricio Carrillo, resaltó el trabajo realizado durante las manifestaciones por parte de Policía Nacional. Cuestionó las formas violentas usadas por los protestantes y pidió investigaciones transparentes de cada uno de los hechos ocurridos en el contexto de la protesta.

Publicidad

“En democracia nadie debe tener autorización para provocar el caos, y peor pretender reinar con violencia en una justificada protesta por sus causas, pero deslegitimada por sus hechos e intenciones. Hoy, dependiendo de la visión ideológica, se cuestionan actuaciones. ¿Es que acaso no debía haber detenciones entre tanta comisión de delitos? Se reclama integración, pero cuando se viola la ley se exige impunidad y amnistía”, sostuvo Carrillo en su discurso durante la ceremonia policial de cambio de mando.

Audiencia de juicio contra Leonidas Iza es declarada fallida; el caso pasa a manos de la Corte Constitucional para que analice un pedido puntual

El presidente de la Conaie fue detenido por agentes policiales en el sector de Pastocalle (Cotopaxi) la madrugada del 14 de junio pasado, un día después de que se dio inicio al paro nacional. Según la Fiscalía, Iza fue aprehendido debido a que él junto con varias personas habrían “paralizado la normal circulación del transporte público a través de actos violentos, como obstáculos, quema de llantas, obstaculizando el derecho de libertad y movilidad, abastecimiento de alimentos de primera necesidad”.

El artículo 346 del Código Orgánico Integral Penal explica respecto al delito de paralización de un servicio público que la persona que impida, entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente a su restablecimiento, o se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. (I)