La Corte Constitucional (CC) emitió hace pocos minutos un dictamen por el cual acepta las correcciones que hizo el presidente Daniel Noboa a su propuesta de considerandos y estatuto para la consulta popular en la que la ciudadanía decidirá si quiere que se realice una asamblea constituyente.

Es decir que sí habrá consulta popular para ese tema, la cual se juntará con el referéndum de la reforma a la Constitución referido a las bases militares y al financiamiento de los partidos políticos. Las votaciones están convocadas para el 16 de noviembre próximo.

El pasado 22 de septiembre, la CC emitió un primer fallo en el cual aceptó que la constituyente era la vía adecuada para realizar las reformas constitucionales que pedía Noboa; y en otro, al día siguiente, evaluó el contenido de los considerandos, la pregunta y el estatuto, y concluyó que algunos de estos debían corregirse.

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Los jueces sugirieron suprimir algunos considerandos y cambiar los artículos 4 y 5 del estatuto, referidos a la forma de elegir a los constituyentes y adjudicar los escaños.

Noboa envió el texto corregido a las pocas horas. Eliminó los considerandos indicados y modificó la forma de elegir constituyentes.

En su dictamen de este 24 de septiembre, la CC señala que estos cambios sí cumplen los requisitos constitucionales.

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Y pide a Noboa que, en el estatuto, se incluya una tabla con la forma en que se distribuirán los escaños para que la población lo comprenda.

La CC dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) que incluya en la papeleta la pregunta, el estatuto y una tabla sobre la distribución de los constituyentes que consta en su dictamen.

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Finalmente, la Corte indica que “una asamblea constituyente no es una estrategia del poder de turno ni un artificio, sino que debe asumirse con toda la responsabilidad, especialmente en un país en el que las constituciones como marco jurídico han sido reemplazadas constantemente. Por lo que es deber de la Corte Constitucional que la ciudadanía conozca sobre la relevancia e implicaciones de un cambio de esta magnitud. El pueblo debe conocer con claridad las condiciones de todo el proceso para poder pronunciarse”.

“La decisión sobre la aprobación de la consulta para una asamblea constituyente, sea cual fuere, deberá respetarse. En caso de que se apruebe la consulta, el proceso ulterior debe hacerse en el marco de todas las garantías de un proceso electoral libre y en igualdad de condiciones de los participantes. Es el pueblo quien, si bien decide inaugurar un nuevo pacto constitucional, debe hacerlo en el marco del respeto, la vigencia de la dignidad humana, la democracia y la deliberación”, indicó. (I)