De forma paralela a la resolución de la Asamblea Nacional que concluyó que el presidente de la República, Guillermo Lasso, incumplió el Plan Nacional de Desarrollo y el plan de gobierno que presentó al Consejo Nacional Electoral (CNE), en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) se agilizó el trámite de un recurso subjetivo contencioso, con el que se busca recoger firmas para promover la revocatoria de mandato del jefe de Estado, cuyo fallo de primera instancia podría conocerse en unos 20 días.

Al cumplirse el primer año en funciones de Guillermo Lasso, un grupo denominado Coordinadora Popular por la Revocatoria, presidido por Kerly Carvajal, presentó ante el Consejo Nacional Electoral su iniciativa de revocatoria de mandato del primer mandatario y del vicepresidente de la República, Alfredo Borrero, acusándolos de incumplir el plan de gobierno que propusieron en el marco de las elecciones generales del 2021.

El 4 de junio, el pleno del CNE negó la solicitud al concluir que se incumplieron requisitos legales y que no se presentaron pruebas que sustenten el supuesto incumplimiento.

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Carvajal recurrió al Tribunal Contencioso Electoral con un recurso subjetivo contencioso, que fue tramitado por el juez Guillermo Ortega, quien archivó la causa porque incumplía requisitos de admisibilidad.

La recurrente apeló y el 7 de septiembre el pleno del TCE con el voto afirmativo de los jueces: Fernando Muñoz, Joaquín Viteri, Arturo Cabrera y Ángel Torres, declararon nulo lo actuado por Ortega y devolvieron el expediente para que se resuelva el caso.

La causa recayó en el despacho del juez Joaquín Viteri, que el 16 de septiembre requirió al Consejo le remita todo el expediente relacionado con esta iniciativa.

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Tras 19 días de espera, el magistrado emitió este 5 de octubre un auto de admisión a trámite del recurso subjetivo planteado por Carvajal, con lo que entrará a conocer la resolución del CNE de negar la solicitud de entrega de formularios para recoger las firmas.

Esta admisión a trámite se produjo un día después de que la Asamblea Nacional, con 103 votos afirmativos de sus miembros, determinó que Lasso incumplió el Plan Nacional de Desarrollo y el plan de gobierno.

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La asambleísta Mireya Pazmiño, de Pachakutik (PK), quien mocionó esta resolución al hemiciclo, advirtió que esto viabiliza la intención de cualquier “ciudadano” para pedir al Consejo Electoral los formularios para la recolección de firmas y proceder con la revocatoria.

“Porque ahora sí, con esta resolución, se está evidenciando el incumplimiento de funciones. Recordemos que el Consejo Electoral negó la entrega de formularios a un grupo de ciudadanos porque no había pruebas... Ahora la Asamblea lo está evidenciando”, sugirió la parlamentaria.

El juez sustanciador, Joaquín Viteri, aclaró en sus providencias, que este recurso no se tramitará en plazos, sino en términos. Es decir, en días laborables, ya que no está relacionado con las elecciones seccionales y de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) que se realizarán el 5 de febrero de 2023.

Tres pedidos de revocatoria de mandato a los que Guillermo Lasso y Alfredo Borrero se enfrentan por supuesto incumplimiento del plan de gobierno

De acuerdo con el artículo 188 del reglamento de Trámites del TCE los recursos contenciosos se resolverán en el plazo de “quince días” que se contarán a partir del día siguiente al de la fecha de admisión a trámite, que deberá realizarse en el plazo máximo de dos días de receptado el expediente completo.

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No obstante, a este plazo se suman también aquellos correspondientes a los de notificaciones y ejecución de sentencias, que varían entre dos y tres días.

La sentencia que emita el juez Viteri será de primera instancia, por lo que las partes procesales que se sientan afectadas podrán apelar.

La normativa establece también que en el caso de la apelación el pleno del TCE resolverá en segunda instancia en diez días contados desde la admisión. A su sentencia que es de última y definitiva instancia, los recurrentes pueden solicitar aclaración y ampliación, que no modifica el fondo del fallo.

Desde el Palacio de Gobierno no ha habido un pronunciamiento sobre la activación del trámite de este recurso, aunque reprocharon la decisión del Legislativo.

“(…) Es absurdo que se pretenda determinar, dentro del primer año de gestión, el incumplimiento de un plan que está previsto a ejecutarse en cuatro años”, se aclaró a los legisladores en un comunicado presidencial.

En esa misma misiva, divulgada la noche del martes, se advirtió a los legisladores que la “obstrucción” sistemática del cumplimiento del plan de gobierno “sí podría justificar la disolución de la Asamblea Nacional”, de acuerdo con el artículo 148 de la Carta Política. (I)