Con voto de mayoría, el pleno de la Corte Constitucional (CC) aprobó el segundo filtro de las cuatro preguntas de enmienda constitucional planteadas por el presidente Daniel Noboa. Con eso suman en total diez preguntas -de las 20 propuestas inicialmente- sobre las cuales los ecuatorianos deberán pronunciarse en las urnas.

Las preguntas de enmienda aprobadas el 6 de febrero por la Corte son:

  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes?
  2. ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional?
  3. ¿Está usted de acuerdo con que el Estado ecuatoriano promueva la inversión extranjera y reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, de manera que se ofrezca a los inversores extranjeros un entorno apropiado de seguridad jurídica que genere mayores oportunidades de empleo y afiancen la dolarización?
  4. ¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores?

La jueza ponente del proyecto de dictamen fue Karla Andrade, quien revisó si los considerandos, las preguntas y los anexos cumplen ciertos requisitos, como ser claros, que tengan relación al tema, no mostrar algún tipo de sesgo, entre otros.

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En ese sentido, la jueza constitucional emitió un dictamen favorable para las cuatro preguntas de enmienda, pero en cada una dispuso que se excluyeran. reemplacen o adecúen frases o párrafos completos de los considerandos.

La sentencia establece que el presidente Daniel Noboa deberá adecuar los textos antes de emitir el Decreto Ejecutivo con la convocatoria al referendo. Y enviará el contenido final de las preguntas a la Corte Constitucional para una verificación de cumplimiento inmediata.

A estas cuatro preguntas de enmienda constitucional se añaden las seis preguntas de consulta popular que fueron aprobadas el 26 de enero, las cuales son:

  • ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de terrorismo y su financiación, producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delincuencia organizada, asesinato, sicariato, trata de personas, secuestro extorsivo, tráfico de armas, lavado de activos y actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal?
  • Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal?
  • ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio? (I)