El miércoles próximo, además del amicus curiae aceptado a la Fiscalía General del Estado, durante la audiencia de apelación contra la decisión de otorgar un habeas corpus que permitió la salida de la cárcel del exvicepresidente Jorge Glas, serán escuchados en la diligencia en la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena al menos otros 32 pedidos para intervenir como terceros interesados.

Los 32 amicus curiae fueron aceptados por el Tribunal de Apelación conformado por tres jueces provinciales de Santa Elena: Silvana Caicedo (ponente), Kléber Franco y Juan Camacho.

La sala determinó que, al existir 25 amicus curiae que persiguen los mismos objetivos, como también la garantía de los derechos del afectado, todos deben nombrar un procurador común. Una decisión similar se adoptó para otras cinco personas que presentaron amicus curiae.

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El excandidato a la vicepresidencia Andrés Páez y uno de los abogados del expresidente Rafael Correa, Carlos Alvear, también serán parte de la audiencia de apelación. El primero presentará los argumentos para fundamentar la tesis de que debe ser revocado el habeas corpus entregado al ex segundo mandatario; mientras que Alvear lo hará para sustentar la teoría de que debe quedar en firme lo decidido, el 9 de abril pasado, por el juez de Manglaralto Diego Moscoso a favor de Jorge Glas.

La comparecencia de terceros interesados en una audiencia de este tipo está definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Ahí se señala que cualquier persona o grupo de personas que tenga interés en la causa podrá presentar un escrito de amicus curiae que será admitido al expediente para mejor resolver hasta antes de la sentencia.

De creerlo necesario, los jueces podrán escuchar en audiencia pública a la persona o grupo interesado. Podrán también intervenir en el proceso, en cualquier estado de la causa, como parte coadyuvante del accionado, cualquier persona natural o jurídica que tuviere interés directo en el mantenimiento del acto u omisión que motivare la acción constitucional.

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Édison Loaiza, abogado de Glas y quien representó a Nicole Maleve, solicitante del habeas corpus a favor del exbinomio presidencial de Rafael Correa, ya adelantó la semana pasada que existirían amicus curiae que sustenten la motivación del juez Diego Moscoso.

El miércoles 18 de mayo próximo se conocerán los argumentos de la apelación planteada por el Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y la Procuraduría General (PGE). Esta última institución sostiene que el proceso de habeas corpus es nulo, porque la PGE no fue notificada para la audiencia; y que el juez de Manglaralto fue incompetente, porque no es el juez del lugar donde se encontraba detenido Jorge Glas.

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El procurador general Íñigo Salvador sostiene que la PGE tuvo que haber sido notificada con la convocatoria de audiencia de habeas corpus del exvicepresidente, porque el SNAI es una persona de derecho público sin personería jurídica propia. “El SNAI está adscrita al Ministerio de Gobierno, y los ministerios no tienen personería jurídica propia; por lo tanto, la PGE tiene que ser citada con la demanda y notificada de todas las providencias, y eso no ocurrió”.

Loaiza refiere que en su argumento Salvador olvida el decreto presidencial de 2019 del presidente Lenín Moreno, cuando separó las secretarías, cuando existía el Ministerio de Justicia; entonces separó lo que es derechos humanos de lo que es el SNAI. “Quedó con autonomía administrativa y financiera; entonces, no es tal como lo indicó el procurador”.

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La PGE estaría trabajando muy de cerca con el SNAI para que tanto ese recurso de apelación como el de la Procuraduría sean debidamente fundamentados en audiencia.

Glas obtuvo un habeas corpus y salió de la cárcel el pasado 10 de abril, pese a que mantiene dos sentencias en firme por delitos de corrupción en la función pública: por el delito de asociación ilícita cumple una pena de prisión de seis años; y por cohecho pasivo agravado, en el caso Sobornos 2012-2016, tiene una condena en proceso de ejecución de ocho años de cárcel.

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También tiene una sentencia de primera instancia de ocho años de prisión por el delito de peculado relacionado con el caso Singue. Este caso está a la espera de que se defina una quinta fecha para darse la diligencia. (I)