Un aproximado de 90.000 candidatos espera el Consejo Nacional Electoral (CNE) que participen en los comicios seccionales y de elección de integrantes al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) el próximo 5 de febrero del 2023.

Desde el 1 de mayo y por 164 días, es decir hasta el 11 de octubre, el CNE está levantando la información y elaboración de la base de datos de los ciudadanos para la elección de los miembros de las juntas receptoras del voto.

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¿Dónde puedo consultar mi recinto electoral?

Esta es una de las tareas que varios ecuatorianos rehuyen debido a que deben estar desde la apertura de la junta y levantar los datos sobre cómo fue la votación en la mesa. Una tarea que toma más de 10 horas ya que el horario de votación es desde las 07:00 hasta las 17:00.

A través de un reglamento, el CNE estableció los criterios de selección y requisitos que deben cumplir los ciudadanos para integrar las mesas de votación. El artículo 5 establece los requisitos que deben cumplir:

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  • Ser ecuatoriana o ecuatoriano
  • Tener entre dieciocho (18) y sesenta (60) años de edad
  • Haber concluido la instrucción general básica
  • Estar en goce de los derechos políticos o de participación
  • Constar en el registro electoral y estar domiciliado en la zona electoral a la que pertenece la junta receptora del voto.

Dentro de la normativa también se excluye a los ciudadanos que son dignatarios de elección popular en funciones, militares y policías en servicio activo; ministros, así como gobernadores, intendentes, subsecretarios de Estado, tenientes políticos; conserjes de establecimientos educativos, candidatos a elección popular, servidores de salud que laboren en salas de emergencia, estudiantes de educación superior debidamente matriculados en las carreras de obstetricia, enfermería y medicina, que se encuentren realizando el internado rotativo; entre otros.

Para la selección de los integrantes de las juntas receptoras del voto, el Consejo Nacional Electoral elaborará la base de datos de posibles miembros de Juntas Receptoras del Voto, a través de la Coordinación Nacional Técnica de Procesos Electorales, la cual emitirá las directrices para la elaboración de dicha base, así como los requerimientos funcionales para el diseño y programación del sistema informático.

El artículo 12 establece que la Coordinación Nacional Técnica de Procesos Electorales gestionará los listados generales por provincias de instituciones públicas, empresas privadas, entre otras; y tendrán el siguiente detalle:

  • El listado general de las compañías del sector privado legalmente establecidas en el país, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria; y, a la Superintendencia de Bancos;
  • El listado general de las instituciones públicas y privadas, al Servicio de Rentas Internas, al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y demás entidades que fueren del caso, a nivel nacional debidamente desglosadas por provincias;
  • El listado general de las universidades y escuelas politécnicas e instituciones educativas de nivel superior legalmente establecidas en el país, al Consejo de Educación Superior (CES);
  • El listado general de colegios y centros educativos de bachillerato, legalmente establecidos en el país, al Ministerio de Educación;
  • El listado general de centros artesanales legalmente establecidos en el país, a la Junta Nacional de Defensa del Artesano;
  • El listado general de los Centros de Privación de la Libertad, a la Dirección General del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores; y,
  • El listado de personas con discapacidad al Ministerio de Salud y/o al Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades a nivel nacional.

¿Cuándo se sabrá si soy miembro de JRV?

El sorteo para la selección de los miembros de la junta receptora del voto será el próximo 19 de octubre y la notificación respectiva será entre el 27 de octubre y el 25 de noviembre.

Desde el 8 de noviembre arrancará la capacitación respectiva.

En total serán cinco personas las seleccionadas (dos vocales principales, dos suplentes y un secretario), los criterios para la elección serán:

  1. Estudiantes legalmente matriculados en las instituciones del Sistema de Educación Superior;
  2. Empleados privados que cuenten con título profesional;
  3. Servidores públicos que cuenten con título profesional;
  4. Empleados privados bachilleres;
  5. Servidores públicos bachilleres;
  6. Estudiantes de bachillerato mayores de 18 años de colegios urbanos y rurales;
  7. Ciudadanas y ciudadanos residentes en zonas rurales que hayan concluido la instrucción general básica, que pertenezcan a Organizaciones Comunitarias de hecho y de derecho, Comités Pro Mejoras y Juntas de Agua legalmente constituidas y otras organizaciones que determine el Consejo Nacional Electoral; y,
  8. Ciudadanas y ciudadanos del registro electoral de la respectiva jurisdicción.

La entidad precisó que el cargo de presidente y secretario de la junta será ocupado por un estudiante universitario o profesional.

¿Qué beneficios recibirán los miembros de la JRV?

El artículo 30 del reglamento establece que el CNE puede otorgar incentivos para aquellos ciudadanos que fueron obligados a ser miembro de las juntas. Entre ellos están:

  • Un día adicional de vacaciones a los funcionarios o empleados de las instituciones públicas y privadas.
  • Reconocimiento académico para los estudiantes por su participación cívica y democrática en el proceso electoral.
  • En caso de difícil acceso (aéreo o fluvial) y en los centros de privación de libertad se establecerá una compensación económica que recibirán el mismo día en el sitio del día de la elección.
  • Certificado como reconocimiento público por participación cívica y democrática. (I)