A través del decreto ejecutivo 378, el Gobierno oficializó el plan de externalización de farmacias de la red pública integral de salud, que la integran el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa) y el Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol).
El proyecto debe culminar en un plazo no mayor de seis meses desde la publicación de ese decreto en el Registro Oficial. Fue emitido el 22 de marzo del 2022.
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Para dar paso al proyecto gubernamental, el presidente Guillermo Lasso reformó el reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el que incluyó que las entidades contratantes de la red pública integral de salud dispensarán, a través de la externalización de farmacias, los fármacos y bienes estratégicos en salud para consulta externa de los establecimientos que conforman ese grupo.
Además, esos ítems se adquirirán por catálogo electrónico, aunque excepcionalmente podrá ser por otros procedimientos.
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El documento establece que los profesionales de la salud recetarán los fármacos que consten en el catálogo para externalización de farmacias aprobado por el Ministerio de Salud Pública (MSP), mediante la emisión de la receta electrónica, la cual será generada a través de un sistema electrónico que cada miembro de la red utilice.
“Una vez generada la receta electrónica (...) el paciente deberá acudir a cualquiera de las farmacias particulares habilitadas para la dispensación de fármacos”, indica el decreto ejecutivo.
El Ministerio de Salud Pública deberá establecer las condiciones de funcionamiento, dispensación, entrega y pago. También elaborará el listado de fármacos para la externalización de farmacias.
Al menos tres pasos habría para obtener medicamentos en proyecto de externalización de farmacias
Esa cartera de Estado hará adicionalmente la convocatoria, calificación, control y auditoría a esas empresas. La participación de los interesados será permanente.
En el plazo máximo de un mes a partir de la publicación del decreto, las entidades que forman parte de la red pública integral de salud deberán remitir al MSP su plan de externalización de farmacias, que en su fase inicial deberá implementarse en un lapso no mayor de treinta días desde esa presentación. (I)