Las entidades del sistema financiero reportaron en un año al menos 4.289 movimientos económicos realizados por personas naturales o jurídicas que no guardaban correspondencia con su perfil económico y financiero. La cifra citada corresponde a todo el año 2022 y equivale a que se realizaron al menos 12 reportes diarios sobre Operaciones Sospechosas (ROS), según informó la Asociación de Bancos Privados (Asobanca).
“Los reportes que realizan los bancos, como parte de la colaboración con las entidades de control, son de carácter reservado y no se los hace públicos ya que podrían interferir en las investigaciones que se están llevando a cabo por las autoridades competentes. Sin embargo, ninguna investigación de lavado de activos, de financiamiento del terrorismo o narcotráfico ha podido llevarse a cabo sin el apoyo de los reportes generados por las entidades financieras ecuatorianas”, explica Marco Rodríguez, presidente ejecutivo de Asobanca. Dichos reportes son clave para que los órganos competentes: Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y Fiscalía, puedan realizar las investigaciones correspondientes para judicializar estos casos.
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El representante indicó que tras los reportes realizados, en algunos casos puede pasar que mediante orden judicial se ordene a un banco el congelar los depósitos de alguna cuenta. En ese caso, la entidad financiera procede a congelarlos; es decir, los bancos dan cumplimiento estricto a lo que las autoridades judiciales en el ámbito de sus competencias ordenen. “El congelamiento de fondos procede exclusivamente bajo orden judicial y en los casos que los prevea la Ley”, dice.
¿Pero cuánto puede haber en estas cuentas reportadas y podría el fisco acceder a esos fondos de acuerdo a la Ley de Extinción de Dominio?
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No existe una cifra cierta. De acuerdo con los primeros datos reportados cuando se iba a aprobar la Ley de Extinción de Dominio, se habló de que existían unos $ 110 millones congelados y que podrían ser usados por el fisco si la ley los destrababa.
Este miércoles, el ministro de Economía y Finanzas, Juan Carlos Vega, dijo en entrevista a EL UNIVERSO que gracias a la Ley de Extinción de Dominio se conoce que habría dinero por $ 2.000 millones o $ 3.000 millones que podrían pasar al Estado y que eran del crimen organizado.
Hace pocos días, el periodista Carlos Vera, en cambio, mencionó que altos miembros del Gobierno habían comentado que los bancos tendrían congelados unos $ 6.000 millones por las detecciones de operaciones sospechosas.
Sobre el tema de las cifras, se conoció extraoficialmente desde el sector financiero que es muy difícil determinar cuánto dinero hay congelado en las cuentas de la banca y de este qué monto proviene de lavado de activos o del crimen organizado.
Entre tanto, Rodríguez comentó que los bancos cumplen con el deber de reportar, pero desconocen el resultado de la información que reportan. “Los bancos no están en conocimiento de si las operaciones o acciones que reportan configuran o no como un hecho inusual, dado que la UAFE y la Fiscalía consolidan toda la información del sistema y son quienes determinan si un hecho es sujeto de investigación o no”, dice.
Entre tanto, de acuerdo con la asambleísta Nathaly Morillo, de Construye, el artículo 71 de la Ley de Extinción de Domino recientemente reformada dice que la máxima autoridad que administra los inmuebles del Estado, es decir, el secretario técnico de Inmobiliar tiene que valorar los bienes incautados por delitos relacionados con el crimen organizado, en especial, el narcotráfico. Monetizar implica darle un valor económico, definir el costo de un bien en relación con el mercado. Cuánto costaría una casa, un carro o cualquier bien con el que se lava dinero.
La asambleísta explicó que actualmente existen $ 134 millones determinados en sentencia, que el Estado no puede cobrar por falta de una normativa eficaz. El Ministerio de Economía, mediante oficio MEF-VGF-2024-0024-O, estableció que $ 110 millones se hallan en aprehensiones sobre activos, por delitos relacionados con lavado de activos.
Sin embargo, Morillo considera que el traspaso a la Cuenta del Tesoro no sería de manera inmediata. “El Estado tiene sus procesos y sus normas que cumplir y aplicar precisamente para garantizar que los decomisos por lavado de activos. No será de un día para otro, pero será en muchísimo menor tiempo frente a lo que implicaba esperar una sentencia por años. Además, dijo que “bajo el liderazgo de una investigación fiscal y con jueces en las causas contra la impunidad, se les quitarán los bienes a los delincuentes y sus testaferros”.
De acuerdo con la Ley de Extinción, los dineros que se lograra recuperar o monetizar tendrán como destino:
- Desarrollo integral infantil.
- Prevención y erradicación de la violencia intrafamiliar.
- Atención y mitigación de desastres o fenómenos naturales.
- Elaboración de proyectos de desarrollo económico.
- Aquellas que determine el Ministerio de Finanzas.
Entre tanto, Rodríguez hizo un recuento de la normativa que rige a la banca con respecto a la prevención de lavado de activos y que está vigente. Entre ellas, la Ley para Reprimir el Lavado de Activos de octubre de 2005 y la posterior Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de delito (LOPDELAFT) de julio de 2016. Por efecto de estas, los bancos privados forman parte del listado de sujetos obligados a reportar a la UAFE, “lo cual se ha cumplido de manera oportuna”, explica Rodríguez.
En materia de prevención de lavado de activos, la actividad bancaria tiene regulación especial emitida por sus órganos de regulación y control, la Junta de Política y Regulación Financiera y la Superintendencia de Bancos, respectivamente. Estas instituciones atienden a las particularidades del sistema y a los riesgos propios de la actividad.
Rodríguez comentó que los reportes que realizan los bancos privados permiten a la Superintendencia de Bancos y a la UAFE determinar el tratamiento pertinente frente a las alertas de transacciones injustificadas e inusuales. Para el efecto, los bancos realizan procesos de debida diligencia ampliada, que consisten en intensificar los mecanismos de recolección, verificación, perfilamiento transaccional y de comportamiento.
Adicionalmente, los bancos proveen de toda la información y documentación que tanto la Fiscalía General de Estado como el Servicio de Rentas Internas (SRI) requieren como parte fundamental en las investigaciones de casos que se encuentren bajo su jurisdicción.
Producto del cumplimiento de la norma, el informe de evaluación de Ecuador realizado por GAFILAT resalta que los sujetos obligados financieros (bancos) presentan un nivel más alto de comprensión de los riesgos de lavado de activos y una mayor madurez en la implementación de medidas de mitigación. La evaluación fue realizada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a 18 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte. (I)