Con el objetivo de que los delincuentes de cuello blanco, criminales, depredadores sexuales y narcotraficantes paguen por completo sus condenas se reformó el acceso al régimen abierto al que podían aplicar las personas condenadas por cualquier delito que cumplieran el 80% de la pena, que consta en el artículo 699 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).