La Comisión ocasional de Tránsito aprobó este jueves el informe para segundo y definitivo debate del proyecto que reforma la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre una vez que se superó el nudo crítico sobre la regulación del uso de plataformas tecnológicas para el servicio de transporte de taxis en el país.

El informe pasará a conocimiento del presidente de la Asamblea, César Litardo, para su distribución a los 137 legisladores, previa a la inclusión en el orden del día del pleno.

Uno de los puntos más polémicos que demoró la aprobación del proyecto está relacionado con el uso de las plataformas tecnológicas. Frente a ello, la comisión resolvió no incluir dentro de la reforma la regulación del uso de las plataformas tecnológicas para el servicio de taxis, sino que dejó esa atribución a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), que asuman la competencia del tránsito.

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El artículo 62 del proyecto, referente a la regulación y autorización de plataformas digitales, señala: “Las plataformas digitales, constituyen herramientas tecnológicas para la optimización de la gestión del transporte terrestre establecido en la presente Ley, con excepción del servicio de transporte particular. La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales, dentro de su jurisdicción y en el ámbito de su competencia, regularán y autorizarán el funcionamiento de las mismas, siempre que cumplan con las condiciones mínimas ambientales, de calidad y seguridad”.

Fafo Gavilánez, presidente de la comisión ocasional, precisó que serán los GAD, quienes definan el modelo de gestión en función de lo que significa el uso de plataformas digitales en su respectivo territorio; sin embargo, dijo que en debate el pleno se podrá recoger cualquier inquietud o sugerencia.

Marcelo Simbaña del bloque CREO, aclaró que la herramienta tecnológica para mejorar el servicio de transporte la podrán usar el transporte comercial, público y por cuenta propia; pero será la ANT y los GAD, los encargados de determinar los requisitos específicos para que puedan operar esta clase de transporte; por ejemplo, si se necesita tener licencia profesional o estar cooperados para prestar el servicio de transporte de taxis a través del uso de plataformas.

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Su coideario, Luis Pachala, señaló que la comisión se cuidó de no abundar en requisitos para la operación de las plataformas digitales en el servicio de transporte de taxis, pues “si poníamos tantos requisitos es como pretender reglamentar; por lo tanto, la Agencia Nacional de Tránsito y los Gobiernos Autónomos serán los que regularicen, porque cada territorio tiene su realidad”.

Otros de los cambios que se introducen en la Ley de Tránsito tiene relación con el fortalecimiento de la capacitación, formación y actualización de conocimientos en materia de tránsito y seguridad vial, por lo que será parte del pensum de estudio en todas las instituciones educativas del país.

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El asambleísta Gavilanez destacó que entre los cambios se establece que para la renovación de licencias tendrán que pasar dos años; así como la atribución de los Gads, para otorgar licencias de conducir y placas de vehículos.

Se incorpora a la Policía Nacional en el control del tránsito; así mismo, se establece que si un agente de tránsito comete un error al multar o sancionar, y si el juez da la razón al afectado, será el agente de tránsito quien enfrente la sanción o multa.

Se endurecen las sanciones para los infractores; por ejemplo, si una persona es detenida en estado etílico en dos ocasiones, se eliminará su licencia de por vida. (I)