Es como si el presidente Noboa les hubiera dicho a los empresarios “con mi victoria, los he salvado de un ISD de más de 20 %, de ecuadólares, del desastre del socialismo del siglo XXI como padece Venezuela. Dense por bien servidos. Pero hay mucho por hacer para sacar al país adelante, y ustedes pagarán la cuenta. No se quejen”.

Se entiende que el presidente busque que las empresas contribuyan más al equilibrio fiscal. Las personas ya aportan con lo suyo. Pagan un IVA más alto y compran gasolina a precios internacionales. Pero el cúmulo de medidas adoptadas y propuestas dirigidas a empresas restan patrimonio, liquidez y competitividad y por lo tanto comprometen la inversión y el crecimiento sostenido.

El presidente ha enviado a la Asamblea un proyecto de ley para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, en que propone un impuesto de entre 0,75 % y 2,50 % a las utilidades empresariales no repartidas.

Esta situación se genera cuando los accionistas optan por dejar en las empresas las utilidades luego del pago de 36,25 % entre participación laboral e impuesto a la renta. Si se las repartiesen, el fisco cobraría impuestos sobre esa renta de los accionistas. Evidentemente las autoridades toman esta medida porque sienten que el no reparto de estas utilidades les priva de ingresos. Pero si los accionistas se abstienen de disfrutar de esas utilidades es porque creen que lo mejor es que esos fondos se inviertan, se fortalezca la empresa, crezca, lo que a la postre generará mayor rendimiento. En síntesis, el no reparto significa inversión, que es lo que necesita el país para crecer y crear empleo. Esta propuesta, si bien crea ingresos al fisco, desincentiva la inversión.

Esta es la más reciente de las iniciativas fiscales de esa índole. Ni bien posesionado, en diciembre de 2023 el presidente creó una autorretención a las empresas por hasta 10 % de sus ingresos gravables a partir de 2024. Como en 2024 tenían que pagar el impuesto a la renta de 2023, en 2024 tuvieron que pagar el impuesto a la renta de dos años. La banca ya tenía una autorretención, que se la aumentó (Ley de Eficiencia Económica). No fue un nuevo impuesto, pero les restó liquidez a las empresas.

También creó una contribución temporal por una sola vez del 3,25 % de las utilidades gravables de 2022 (Ley para Enfrentar el Conflicto Armado).

Durante 2024 se gravó con impuesto a la salida de divisas (ISD) los pagos que haga la banca sobre los créditos obtenidos en el exterior.

En 2025, por mandato de la Corte Constitucional, el ISD pagado por la importación de bienes de capital e insumos deja de causar crédito tributario: se convierte en impuesto no recuperable. Para bienes de capital es 5 %, para insumos es 2,5 %, aunque hay una larga lista de exenciones entre las que están los insumos farmacéuticos.

En 2025 se elevó la tarifa eléctrica para las grandes industrias, el diésel para la flota atunera, y se creó una tasa por hectárea a la mineras para financiar la lucha contra la minería ilegal.

Estas medidas carecen como compensación de una política pública que estimule el emprendimiento en actividades de exportación o de sustitución de importaciones sin proteccionismo excesivo. Las autoridades deben complementar su preocupación fiscal con el estímulo a la inversión. (O)